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Pág. 184095 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de febrero de 2000 RESUELVE: 1º.- AUTORIZAR, la realización del Matrimonio Civil Masivo, en la Plaza de Armas del distrito de Puente Piedra, el mismo que se llevará a cabo el día 27 de febrero del año 2000 siendo el único derecho de pago la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles) por pago administrativo y con la exoneración de derecho de pago por Examen Médico, Expediente Matrimonial y Ceremonia, así como la exonera- ción de la Dispensa de Publicación del Edicto Matrimonial. 2º.- ESTABLECER, que los contrayentes deberán ade- cuarse a lo dispuesto por la Ley de Simplificación Adminis- trativa y su Reglamento, señalándose como requisitos los siguientes: - Partida de Nacimiento original de ambos contrayentes o dispensa judicial de ella. - Fotocopia simple de la Libreta Electoral. - Certificado Domiciliario. - 2 Testigos. 3º.- ENCARGAR, a la Dirección Municipal, Oficina de Administración General y Registros Civiles, adopten las acciones que correspondan para el cumplimiento de la pre- sente disposición. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 2253 Aprueban Plan Anual de Adquisicio- nes y Contrataciones de la municipa- lidad RESOLUCION Nº 000050 Puente Piedra, 25 de enero de 2000 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26850, Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado Supremo Nº 039-98- PCM, establece que cada entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año fiscal correspondiente; Que, la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racio- nalización e Informática, en coordinación con la Oficina de Administración General, previo Informe Nº 003-ULCP-MDPP de la Unidad de Logística y Control Patrimonial, han pro- puesto el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2000; en el cual se consolida la información de las Licitaciones y Concursos Públicos que se realizarán de acuer- do a los requerimientos formulados por las dependencias de la Municipalidad, en concordancia con la Directiva Nº 007- 99-EF/76.01; Directiva para la Programación, Formulación y Aprobación de los Presupuestos Institucionales de los Gobiernos Locales para el año 2000 aprobado con Resolución Directoral Nº 039-99-EF/76.01 y que estarán debidamente coberturadas en el presupuesto para el año 2000, de la Municipalidad, el mismo que resulta necesario aprobar; De conformidad con la Ley Nº 26850, Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento aprobado con D.S. Nº 039-98-PLM y Resolución Directoral Nº 036-99- EF/76.01 y a lo dispuesto por la Ley Orgánica de Municipa- lidades - Ley Nº 23853; RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio 2000 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, el cual forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- ENCARGAR, a la Oficina de Adminis- tración General, su implementación de acuerdo a los objeti- vos institucionales de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 2248MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban régimen tributario de los ar- bitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Relleno Sanitario ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015 San Juan de Miraflores, 25 de enero del 2000 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO: El Concejo Distrital de San Juan de Miraflores en Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con Autonomía Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia conforme a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política de Estado, que asimismo de conformidad con los Artículos 74º y 192º del mismo cuerpo Legal, las Municipalidades tienen potestad tributaria, pu- diendo administrar los tributos creados por el Poder Legis- lativo en su favor y adicionalmente crear tasas y contribucio- nes de acuerdo a los procedimientos y límites que le otorga la Ley; Que, de conformidad con la Norma IV del Título Prelimi- nar del Código Tributario y el Artículo 62º del Decreto Legislativo Nº 776, los Gobiernos Locales pueden crear Arbitrios, por la prestación de un Servicio Público que se brinde dentro de la Jurisdicción del distrito; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y de conformidad con lo dispuesto por la Norma IV del Código Tributario, Decreto Legislativo Nº 776, el Concejo por mayoría de votos ha dado: O R D E N A N Z A REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS POR LA PRESTACION DE SERVICIOS MUNICIPALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- ALCANCE La presente Ordenanza regula la determinación y apli- cación de los Arbitrios por la prestación de los servicios públicos locales que se dan en forma general en la Jurisdic- ción del distrito de San Juan de Miraflores. Artículo 2º.- ARBITRIOS COMPRENDIDOS Los arbitrios regulados en la presente ordenanza son los siguientes: - Arbitrios de Limpieza Publica. - Arbitrios de Parques y Jardines. - Arbitrios de Relleno Sanitario. Artículo 3º.- HECHO GENERADOR Los servicios públicos municipales prestados en forma general en la jurisdicción del distrito de San Juan de Mira- flores y que constituyen el hecho generador de la obligación de pago de los Arbitrios Municipales. a).- Servicio de Limpieza Publica .- Comprende el servicio de recolección domiciliaria de residuos, recojo de maleza. b).- Servicio de Parques y Jardines .- Comprende el servicio de Organización, mejora y mantenimiento de las áreas verdes de parques públicos, de plazas públicas y jardines en berma central.