Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

- Declaracion: Declaracion Anual del Impuesto correspondiente al ejercicio gravable de 1999. - PDT-Renta 99: Programa de Declaracion Telematica del Impuesto correspondiente al ejercicio gravable de 1999. Es el medio informatico desarrollado por la SUNAT para la Declaracion de las rentas de tercera categoria que hayan obtenido los deudores tributarios en dicho ejercicio. Cuando se mencionen Articulos sin indicar la MORDAZA a la que corresponden, se entenderan referidos a la presente resolucion. Articulo 2º.- AMBITO DE APLICACION La Declaracion de las empresas que cuenten con uno o mas contratos de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos suscritos al MORDAZA de la Ley Nº 26221, asi como aquellas que hayan ejercido la opcion prevista en la Tercera Disposicion Transitoria de dicha Ley, se efectuara de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolucion, aun cuando cuenten con otros contratos de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos sujetos a otros dispositivos legales. Articulo 3º.- FORMA DE DECLARAR 3.1. Las empresas indicadas en el Articulo 2º declararan su Impuesto utilizando el PDT- Renta 99, debiendo consignar informacion necesariamente en los siguientes rubros: - RUC. - Apellidos y nombres, denominacion o razon social. - Telefono. - Informacion sobre convenios de estabilidad tributaria consignar el numero de orden del Formulario Nº 2305 donde senale los datos del convenio - MORDAZA 224. - Estados Financieros - Balance General y Estado de Ganancias y Perdidas. - Impuesto a la Renta - De ser el caso, consignar el monto del Impuesto - MORDAZA 113. - Creditos contra el Impuesto a la Renta - De ser el caso, consignar los creditos a los que tenga derecho. - Determinacion de la deuda tributaria - De ser el caso, consignar informacion en los siguientes rubros: ° Actualizacion del saldo - MORDAZA 140. ° Saldo a favor del exportador - MORDAZA 141. ° Pagos contra el total de la deuda tributaria, realizados con anterioridad a la MORDAZA del PDT-Renta 99 - MORDAZA 144. ° Interes moratorio - MORDAZA 145. ° Importe a pagar - MORDAZA 180 y la forma de pago. - Informacion adicional relacionada al contador, representante legal, y de ser el caso inversiones efectuadas e ingresos anuales atribuidos. - Informacion de los principales socios. 3.2. Al disquete que contiene la Declaracion debera adjuntarse como anexos, un Formulario Nº 174 por cada contrato y por cada actividad relacionada, asi como un Formulario Nº 174 en caso de realizar otras actividades, en los que se consignara el integro de la informacion requerida en los mismos, a fin de determinar los impuestos correspondientes. Articulo 4º.- CONTRIBUYENTES QUE CUENTEN CON UN UNICO CONTRATO DE EXPLORACION Y/O EXPLOTACION Los contribuyentes que cuenten con un unico contrato de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos sujetos a lo dispuesto por la Ley Nº 26221 y no realicen actividades relacionadas u otras actividades, consignaran el integro de la informacion utilizando el PDT-Renta 99. Articulo 5º.- CONTRIBUYENTES QUE LLEVAN CONTABILIDAD EN MONEDA EXTRANJERA Los contribuyentes que cuenten con contratos de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos sujetos a lo dispuesto por la Ley Nº 26221 y que lleven contabilidad en moneda extranjera, al emplear el PDT-Renta 99 deberan tener en cuenta lo siguiente: - Consignaran la informacion a que se refiere el numeral 3.1. del Articulo 3º. - Deberan cancelar en moneda nacional el importe determinado en moneda extranjera, convirtiendolo al MORDAZA de cambio venta correspondiente a la cotizacion de oferta y demanda que publique la Superintendencia de Banca y Seguros, en la fecha en que se efectue el pago o en su defecto en la fecha anterior mas reciente. Para tal efecto consignaran

el monto resultante en moneda nacional, en la MORDAZA 180 Importe a pagar del PDT-Renta 99. Articulo 6º.- LUGAR PARA LA MORDAZA DE LA DECLARACION Y EFECTUAR EL PAGO DE REGULARIZACION El lugar para presentar la Declaracion y efectuar el pago de regularizacion es el siguiente: 6.1. PRINCIPALES CONTRIBUYENTES El disquete que contiene la Declaracion generada por el PDT-Renta 99 y los anexos a que se refiere el numeral 3.2. del Articulo 3º, seran presentados en la Oficina de Principales Contribuyentes de la SUNAT que corresponda al contribuyente. 6.2. DEMAS DEUDORES TRIBUTARIOS - El disquete que contiene la Declaracion generada por el PDT-Renta 99, sera presentado en las sucursales y agencias bancarias autorizadas a recibir el mencionado PDT. - Los anexos a que se refiere el numeral 3.2. del Articulo 3º, seran presentados en la Intendencia Regional u Oficina Zonal a la que pertenezca el contribuyente. La MORDAZA del disquete que contiene la Declaracion y de los anexos a que se refiere el numeral 3.2. del Articulo 3º, se efectuara de acuerdo al cronograma senalado en el Articulo 8º de la Resolucion de Superintendencia Nº 0192000/SUNAT. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Aquellos contribuyentes que, en virtud de contratos de estabilidad, deben pagar el Impuesto a la Renta aplicando las normas del Impuesto Minimo a la Renta, deberan consignar el monto que resulte de la comparacion correspondiente en la MORDAZA 113. Para efectos de la fiscalizacion o verificacion de la obligacion tributaria, los contribuyentes deberan poner a disposicion de la Administracion Tributaria, cuando esta asi lo requiera, los papeles de trabajo relacionados con la determinacion de la base imponible y consecuente liquidacion del impuesto. Segunda.- Respecto a la forma y condiciones generales para la utilizacion y MORDAZA del PDT-Renta 99 se considerara lo establecido en la Resolucion de Superintendencia Nº 002-2000/SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA Superintendente 2145

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Otorgan facilidades a contribuyentes que cancelen Impuesto Predial y Arbitrios dentro del primer trimestre del ano
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 14 Chaclacayo, 31 de enero del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO: Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de fecha 13 de enero del 2000, bajo la presidencia de la senora Alcaldesa y con el quorum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica, las Municipalidades son los Organos

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