Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

26486, y el Articulo 33º de la Ley Organica de Elecciones, Ley Nº 26859; RESUELVE: Articulo Unico.- Disponer que las autoridades politicas, militares, policiales, municipales y funcionarios o empleados publicos, se abstengan de realizar actos con el proposito de favorecer o perjudicar a determinadas organizaciones o candidatos que participan en el MORDAZA electoral general del ano 2000, bajo apercibimiento de interponerse las acciones penales correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 2255

MORDAZA, en la que conste que el acuerdo de vacancia ha quedado consentido, de conformidad con lo establecido por los Articulos 27º, 43º y 113º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; por lo que, no habiendose cumplido con presentar dichos requisitos, la solicitud debe ser declarada inadmisible; Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud del senor MORDAZA Montanez MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, sobre declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Chala MORDAZA, al no haberse cumplido con remitir la documentacion idonea para el caso. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA Chala MORDAZA continua en el ejercicio del cargo de regidor del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, por el periodo 1999 - 2002. Por tanto se declara nulo y se deja sin efecto el acuerdo de concejo de sesion extraordinaria Nº 002-2000, de fecha 21 de enero del 2000 que declara la vacancia de su cargo. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 2256

Declaran que regidor del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Huaylas, continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 240-2000-JNE MORDAZA, 23 de febrero de 2000 VISTO: El Oficio s/n -2000-MDSC recibido el 15 de febrero del 2000, mediante el cual el senor MORDAZA Montanez MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA - provincia de Huaylas, departamento de MORDAZA, informa al MORDAZA Nacional de Elecciones, que con fecha 21 de enero del 2000 por acuerdo de concejo, en sesion extraordinaria Nº 002-2000, se ha declarado la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Chala MORDAZA, al MORDAZA del inciso 5), Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, solicitando se nombre al reemplazante con arreglo a ley. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor, por las causales previstas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la acotada; Que, a fojas 14 y 15 aparece que el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, mediante acuerdo municipal de fecha 21 de enero del 2000 declaro la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA Chala MORDAZA, por la causal prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que establece que vaca el cargo de MORDAZA o regidor, por inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses; Que, el concejo distrital como medio probatorio, ha presentado una carta de renuncia del regidor vacado, que conforme a lo dispuesto en el Articulo 25º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 no surte efecto legal, en razon que los cargos de MORDAZA y regidor son irrenunciables; Que, las constancias expedidas por el gobernador del distrito de MORDAZA MORDAZA, en el sentido que el MORDAZA de la municipalidad distrital, se ha apersonado a su despacho, expresando que el regidor MORDAZA Chala MORDAZA, no asiste a las reuniones de concejo, no constituyen pruebas idoneas que acrediten la causal de vacancia invocada; Que, para acreditar los hechos que configuran la causal de vacancia invocada contra el regidor vacado, en observancia del debido MORDAZA, el concejo distrital debio remitir: a) Copias certificadas de cada una de las sesiones de concejo a las que no concurrio el regidor MORDAZA MORDAZA Chala Pajuelo; b) constancias de convocatoria y citacion a cada una de las sesiones mencionadas, dirigidas al regidor vacado y en caso que no exista cargo de recepcion, MORDAZA del uso de notificacion de cualquier medio permitido por el Codigo Procesal Civil; c) MORDAZA de notificacion al regidor vacado del acuerdo que declaro la vacancia de su cargo, utilizando asimismo, cualquier medio permitido por el Codigo Procesal Civil, a fin de no vulnerar el derecho de defensa que le asiste; d) certificacion expedida por el concejo distrital de MORDAZA

MINISTERIO PUBLICO
Aprueban Silabo Oficial y materiales del curso de Ofimatica Basica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 066-2000-SE-TP-CEMP MORDAZA, 23 de febrero de 2000 VISTO: El Oficio Nº 136-2000-GEP-SE-CEMP de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos, mediante el cual propone la aprobacion del Silabo y material de apoyo del curso de Ofimatica Basica que desarrolla la Gerencia de Informatica, a traves de su Area de Capacitacion; CONSIDERANDO: Que, durante el ano 1999 la Gerencia de Informatica ha venido desarrollando el curso de Ofimatica Basica con el fin de apoyar el uso de los equipos adquiridos mediante la Licitacion Publica Internacional Nº OSP/PER/359/544, realizada a traves de UNOPS, dentro del MORDAZA del MORDAZA de Modernizacion y Reorganizacion del Ministerio Publico; Que, como fruto de esta experiencia se ha logrado configurar un temario que se adecua a la realidad del Ministerio Publico, el mismo que requiere ser aprobado como el Silabo Oficial para el desarrollo del curso de Ofimatica Basica a nivel nacional; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26623 ampliada y modificada por las Leyes Nºs. 26695, 26738 y 27009, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico aprobado por Resolucion Nº 035-96-MP-FN-CEMP, modificada por Resolucion Nº 335-98-MP-FN-CEMP y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 005-96-SE-TPCEMP y modificada por las Resoluciones Nºs. 019, 381, 58697-SE-TP-CEMP, Resolucion Nº 117-98-SE-TP-CEMP y Resolucion Nº 005-2000-SE-TP-CEMP; Contando con las visaciones de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos, Gerencia de Informatica y la Gerencia de Asesoria Juridica;

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