Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26322, modificatoria del Articulo 111º del Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 420, Reglamento de Infracciones y Sanciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta resolucion, con INHABILITACION por el termino de tres (3) anos para obtener licencias de conducir, computados a partir de la fecha de la ocurrencia o de la fecha de remision de los oficios por parte de las Delegaciones de la Policia Nacional del Peru, en los casos que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 2194

Articulo Primero.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en nombre y representacion del Estado, formule denuncia penal e inicie las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y contra los que pudieren resultar responsables por la comision de Delito Contra la Fe Publica -Falsificacion de Documento Publico- en agravio del Poder Judicial. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, remitiendose los antecedentes respectivos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEZUA MORDAZA Titular del Pliego del Poder Judicial 2260 FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 095-SE-TP-CME-PJ Por Oficio Nº 326-2000-PJ-SE/SG, la Secretaria General del Poder Judicial solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 095-SE-TP-CME-PJ, publicada en nuestra edicion del dia 22 de febrero de 2000, en la pagina 184016. DICE: Senor MORDAZA YAIPEN MORDAZA DEBE DECIR: Senor MORDAZA YAIPEN MORDAZA 2249

PODER JUDICIAL
Autorizan a procuradora formular denuncia penal contra presuntos responsables de delito contra la fe publica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 103-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 23 de febrero de 2000 VISTO: El Oficio remitido por la Gerencia General y el Memorandum Nº 142-2000-OAL-GG/PJ de la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, que solicitan se autorice a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial a iniciar las acciones judiciales por presunto delito Contra la Fe Publica en agravio de este Poder del Estado; CONSIDERANDO: Que, aparece de los documentos adjuntos que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presento al Ilustre Colegio de Abogados de MORDAZA, un Certificado de Antecedentes Penales en cumplimiento de los requisitos exigidos por la Orden a efectos de su incorporacion; Que, con fecha 8 de febrero del 2000, el Ilustre Colegio de Abogados de MORDAZA consulta via fax al Centro Operativo Registro Nacional de Condenas sobre la autenticidad del Certificado en mencion; Que, del analisis del Certificado se desprende que el mismo es falsificado por cuanto se encuentra supuestamente firmado por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA el dia 8 de febrero del 2000, cuando dicha ex funcionaria habia sido removida del cargo desde el mes de setiembre de 1999; Que, mediante Carta de fecha 10 de febrero del 2000 el Ilustre Colegio de Abogados de MORDAZA remite al Centro Operativo Registro Nacional de Condenas el original del Certificado de Antecedentes Penales falsificado; Que, los hechos descritos se encuentran tipificados como Delito Contra la Fe Publica por nuestro ordenamiento penal por lo que es necesario que se inicien las acciones judiciales por el ilicito cometido; En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26546, 26623, 26695 y 27009, asi como por las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032-CME-PJ, 031-98-SETP-CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ;

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Declaran fundada peticion de magistrada sobre traslado a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1094-CME-PJ MORDAZA, 22 de febrero del 2000 LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL VISTA: La solicitud de traslado presentada por la doctora MORDAZA MORDAZA Lajo MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica a una plaza de igual nivel en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por razones de Unidad Familiar; y, CONSIDERANDO: Que la doctora MORDAZA MORDAZA Lajo MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, ha satisfecho los requisitos que establece el Articulo 5º del Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 052-CE-PJ, de fecha 28 de octubre de 1993; Que es atribucion de este Organo de Gobierno y Gestion, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias, para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; y estando a lo acordado en Sesion de la fecha; RESUELVE: Primero.- Declarar fundada la peticion de la doctora MORDAZA MORDAZA Lajo MORDAZA, Vocal Titular de la Corte

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