Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

respecto a declaracion de Urgencia de los Servicios de Recoleccion de Residuos Solidos en el distrito de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, con Acuerdo de Concejo Nº 083-A-00-SEGE-06MDEA, el Concejo Municipal de El MORDAZA autoriza la adquisicion de tres unidades camiones de baranda, para el recojo de residuos solidos, con la finalidad de dar cobertura a la demanda de dichos servicios en el distrito de El MORDAZA con maquinaria propia; Que, del Informe de vistos se establece que los vehiculos adquiridos, resultan insuficientes para coberturar en forma objetiva las necesidades del distrito para el recojo de residuos solidos; Que, mediante Oficio Nº 1619-DISDA-IV-LE/DG/DTA/ DESA-99 de la Direccion de Salud IV MORDAZA Este, Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental, la que afirma que la recoleccion de residuos solidos en el distrito de El MORDAZA alcanza un riesgo del 65.74% que podria poner en peligro la salud de la poblacion, por lo que resulta necesario tomar las medidas excepcionales, para mejorar la calidad del servicio y garantizar la salud e integridad fisica de los contribuyentes del distrito; Que, es voluntad del Concejo Municipal cautelar con extremo cuidado no solo lo adecuado en cuanto el recojo de residuos solidos, sino tambien la salud del vecindario; Que, la inminencia de los efectos nocivos de una insuficiente recoleccion de residuos solidos por las condiciones climaticas de la temporada, podria agudizar el problema de descomposicion de la basura dejada en la via publica de la jurisdiccion; Por lo expuesto y en concordancia con lo senalado por el Articulo 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones del Estado, en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades por votacion en mayoria y con dispensa de aprobacion de acta; ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en situacion de Urgencia el Servicio de Recoleccion de Residuos Solidos en la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, autorizando al senor MORDAZA adquirir por adjudicacion directa la prestacion de dichos servicios, mientras dure el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo 2º.- Pongase en conocimiento con el presente acuerdo a las diversas Oficinas de esta Municipalidad, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA ANTIPORTA LAYMITO MORDAZA 2175

trios municipales, que hayan sido presentados MORDAZA de la vigencia de la Ordenanza Nº 011-99/CDLO de fecha 7 de MORDAZA de 1999 y que se encuentren pendientes de solucion, se resolveran conforme a los dispositivos legales enumerados en la MORDAZA Disposicion Transitoria y Final de dicha ordenanza; Que, en la actualidad existen expedientes en tramite, de exoneracion del pago de arbitrios de limpieza publica y parques y jardines publicos, los mismos que han sido presentados con anterioridad a la vigencia de la Ordenanza Nº 01199/CDLO; Que, el actual Cuadro de Comisiones Permanentes del Concejo Distrital de Los MORDAZA, aprobado mediante Acuerdo Nº 001-2000/CDLO, no considera a la Comision de Servicios Sociales, la misma que existia hasta el 31 de diciembre de 1998; Que, las funciones de la precitada Comision de Servicios Sociales han sido asumidas por las actuales Comisiones de Desarrollo Humano y de Servicios a la Comunidad; Que, la actual estructura organica de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA considera a la Division de Servicios Medicos y Asistencia Social como parte de la Direccion de Servicios a la Comunidad, por lo que los asuntos de competencia del Concejo Distrital, referidos a asistencia social, deberian ser atendidos por la Comision Permanente de Servicios a la Comunidad; Estando a lo expuesto en la Mocion presentada y en uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y POR UNANIMIDAD, aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 003-2000/CDLO, QUE PRECISA TRAMITE DE EXPEDIENTES SOBRE EXONERACION AL PAGO DE ARBITRIOS PRESENTADOS MORDAZA DE VIGENCIA DE ORDENANZA Nº 011-99/CDLO Articulo Primero.- ESTABLECER, que los expedientes sobre exoneracion al pago de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos, presentados MORDAZA de la vigencia de la Ordenanza Nº 011-99/CDLO, seran objeto de Dictamen por la Comision Permanente de Servicios a la Comunidad. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Unidad de Imagen Institucional la difusion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2146

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA

Establecen disposiciones para el tra- Autorizan celebracion de matrimonio mite de expedientes sobre exonera- civil masivo en el distrito RESOLUCION Nº 000049 cion de pago de arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos MORDAZA MORDAZA, 25 de enero de 2000
ORDENANZA Nº 003-2000/CDLO Los MORDAZA, 3 de febrero del 2000 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA POR CUANTO: Que, la Ordenanza Nº 012-97/CDLO, en su Articulo MORDAZA, establece que los predios ocupados por contribuyentes en situacion economica precaria o indigencia debidamente comprobada, previo Dictamen de la Comision Permanente de Servicios Sociales de la Municipalidad, y mediante Acuerdo de Concejo seran exonerados del Pago del Tributo comprendido en dicha ordenanza; Que, la Ordenanza Nº 012-99/CDLO en su Articulo Primero dispone que los expedientes administrativos tributarios de exoneraciones y/o reclamos, al pago de arbiEL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, es politica de la actual Gestion Municipal, dentro de sus funciones de caracter social y comunal, brindar las facilidades necesarias a todos los ciudadanos que residan en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA, y que deseen regularizar y/o formular su estado civil, de acuerdo a lo preceptuado en el Codigo Civil; Que, tradicionalmente todos los anos y con motivo del Aniversario de la creacion Politica del distrito de MORDAZA MORDAZA, esta Municipalidad en cumplimiento de sus funciones de caracter social y comunal, realiza MATRIMONIOS MASIVOS, estableciendo asimismo los requisitos necesarios para la realizacion de los mismos; Y estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Art. 47º numeral 6);

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