Norma Legal Oficial del día 24 de febrero del año 2000 (24/02/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 24 de febrero de 2000

NORMAS LEGALES

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cuando el delito no este relacionado con las funciones asignadas ni afecte la administracion publica"; Que, en el presente caso se trata de una condena penal consentida y ejecutoriada que impone entre otros, a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como encargada de los Ingresos del Centro Medico de Tarapoto - Gerencia Departamental San MORDAZA, a tres anos de pena privativa de la MORDAZA, mas al pago de la suma de seiscientos nuevos soles por concepto de reparacion civil a favor de la agraviada e inhabilitacion de seis meses conforme al Articulo treintiseis incisos uno y dos del codigo penal, sin perjuicio de devolver el monto de lo apropiado; suspendieron la Pena Principal que se de con caracter condicional y con un periodo de prueba de dos anos, bajo cumplimiento de reglas de conducta; en consecuencia, se debe proceder a la Destitucion Automatica de la indicada servidora, por tratarse de hechos delictivos cometidos, cuando se encontraban cumpliendo funcion asignada, afectando ademas los intereses del ex IPSS ahora ESSALUD; Por los argumentos expuestos, de conformidad con lo senalado en el Articulo 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta emitida por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Departamental San MORDAZA y en uso de las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION AUTOMATICA a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex encargada de los Ingresos del Centro Medico de Tarapoto - Gerencia Departamental San Martin; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- NOTIFIQUESE la presente resolucion conforme a ley. Registrese y comuniquese.

cuando el delito no este relacionado con las funciones asignadas ni afecte la administracion publica"; Que, en el presente caso se trata de una condena penal consentida y ejecutoriada que impone entre otros, al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como encargado del manejo de la MORDAZA chica de Cobranzas Coactivas de la Oficina Sucursal de Tarapoto - Gerencia Departamental San MORDAZA, a tres anos de pena privativa de la MORDAZA, cuya ejecucion se suspende con un periodo de prueba de dos anos bajo reglas de conducta y al pago de la suma de seiscientos nuevos soles por concepto de reparacion civil a favor del Estado, con la obligacion de devolver la suma de trescientos nuevos soles indebidamente apropiado, asi mismo la inhabilitacion previsto en el Articulo cuatrocientos veintiseis del codigo penal; en consecuencia, se debe proceder a la Destitucion Automatica del indicado servidor, por tratarse de hechos delictivos cometidos, cuando se encontraban cumpliendo funcion asignada, afectando ademas los intereses del ex IPSS ahora ESSALUD; Por los argumentos expuestos, de conformidad con lo senalado en el Articulo 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a lo recomendado en el Acta emitida por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Departamental San MORDAZA y en uso de las facultades delegadas; SE RESUELVE: Primero.- IMPONER la sancion disciplinaria de DESTITUCION AUTOMATICA al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex encargado del manejo de la MORDAZA Chica de Cobranzas Coactivas de la Oficina Sucursal de Tarapoto - Gerencia Departamental San Martin; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276, concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90PCM, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- NOTIFIQUESE la presente resolucion conforme a ley. Registrese y comuniquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Departamental Gerencia Departamental San MORDAZA ESSALUD 2241

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Departamental Gerencia Departamental San MORDAZA ESSALUD 2234

RESOLUCION GERENCIAL Nº 047-GDSM-ESSALUD-2000 Moyobamba, 8 de febrero de 2000 VISTA: La Carta Nº 001-CPAD-GDSM-ESSALUD-2000, sobre pronunciamiento de la situacion laboral del servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Acta de fecha veintiocho de enero del dos mil, emitida por la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Gerencia Departamental de San Martin; CONSIDERANDO:

OSIPTEL
Modifican resolucion que aprobo normas complementarias en materia de interconexion
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 006-2000-CD/OSIPTEL MORDAZA, 22 de febrero de 2000 CONSIDERANDO:

Que, mediante Sentencia emitida por la Sala Mixta Corte Superior de San MORDAZA, de fecha veintiuno de setiembre de mil novecientos noventinueve MORDAZA condenando condicionalmente por el delito contra la administracion publica en la modalidad de peculado al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en agravio del ex IPSS ahora ESSALUD y el Estado; Que, el Articulo 29º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276 concordante con el Articulo 161º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa aprobada por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, disponen que "la condena privativa de la MORDAZA por delito doloso cometido por un servidor publico lleva consigo la destitucion automatica"...; y que ... "la condena penal consentida y ejecutoriada privativa de la MORDAZA por delito doloso acarrea destitucion automatica. En el caso de condena condicional la Comision Permanente de Procesos Administrativos evalua si el servidor puede seguir prestando servicios siempre y

Que el numeral 49 de los Lineamientos de politica de apertura del MORDAZA de telecomunicaciones del Peru aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, establece que las modificaciones en las redes de los operadores que se interconectan estaran sujetas a una lista de precios por defecto preparada por OSIPTEL basada en la informacion proporcionada por las empresas; Que dicho numeral establece que las partes negociaran, de acuerdo al proyecto tecnico de interconexion, los pagos que deberan realizarse para la implementacion de dicho proyecto; Que el MORDAZA parrafo del Articulo 4º de la Resolucion Nº 014-99-CD/OSIPTEL del 20 de MORDAZA de 1999 (Normas Complementarias en Materia de Interconexion) especifica los elementos de red que no formarian parte de la adecuacion de red; Que dichos elementos de red forman parte de la adecuacion de red cuando son requeridos en la central telefonica

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