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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2000 (03/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

Pág. 189694 NORMAS LEGALES Lima, lunes 3 de julio de 2000 espacios y áreas urbanas que por su valor arqueológico, histórico y artístico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 01, de fecha 12 de mayo de 2000, propone se declare monumento al Templo de Belén, ubicado en la calle Comercio Nº 215 del distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica, por cuanto es una edificación que pertenece al primer tercio del siglo XX y constituye un ejemplo representativo de la arquitectura ecléctica, identificado con el entorno urbano de Pisco; Con las visaciones de la Dirección General del Patri- monio Monumental y Cultural, la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo Uno.- DECLARAR MONUMENTO integrante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al Templo de Belén, ubicado en la calle Comercio Nº 215 del distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo Dos.- Exigir a la Hermandad del Señor de la Agonía que el piso del templo, que está siendo retirado, sea reemplazado por otro similar al existente; así como la restitución del comulgatorio abalaustrado que separaba el presbítero de la nave. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS O. REPETTO MALAGA Director Nacional 7437 Declaran cementerios ubicados en las provincias de Paita y Piura como Pa- trimonio Cultural de la Nación RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 744/INC Lima, 23 de junio de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 11/31.05.2000 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos y demás documentos adjuntos; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimo- nio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificación y registro de inmuebles, espacios y áreas urbanas que por su valor arqueológico, histórico y artístico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 11, de fecha 31 de mayo de 2000, propone se declare monumento al Cementerio San Pedro de Paita, ubicado en la Zona Alta El Tablazo, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, por cuanto constituye un hito importante en la evolución histórica del distrito, además de poseer lápidas con peculiares características en cuanto a diseño y mate- riales; Con las visaciones de la Dirección General del Patri- monio Monumental y Cultural, la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Dirección Ejecutiva;De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo Uno.- DECLARAR MONUMENTO integran- te del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACION al Cementerio San Pedro de Paita, ubicado en la Zona Alta El Tablazo, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Dos.- Recomendar a la filial departamental de Piura del Instituto Nacional de Cultura, realizar un inven- tario de las lápidas de madera que se ubican en el monumen- to declarado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS O. REPETTO MALAGA Director Nacional 7438 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 745/INC Lima, 23 de junio de 2000 VISTO, el Acuerdo Nº 10/31.05.2000 de la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos y demás documentos adjuntos; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimo- nio Cultural de la Nación; Que, de conformidad con el Artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", el Instituto Nacional de Cultura viene realizando una permanente identificación y registro de inmuebles, espacios y áreas urbanas que por su valor arqueológico, histórico y artístico deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Comisión Nacional Técnica Calificadora de Proyectos Arquitectónicos mediante Acuerdo Nº 10, de fecha 31 de mayo de 2000, propone se declare monumento al Cementerio San Teodoro de Piura, ubicado en la prime- ra cuadra de la Av. Loreto, Barrio "La Mangachería", distrito, provincia y departamento de Piura, por cuanto las estructuras del cementerio datan del año 1838, el mismo que posee esculturas, lápidas y mausoleos de gran valor artístico e histórico; Con las visaciones de la Dirección General del Patri- monio Monumental y Cultural, la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Dirección Ejecutiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación"; Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el Reglamento Nacional de Construcciones; Decreto Ley Nº 25762, "Ley Orgánica del Ministerio de Educación" y su modificatoria Ley Nº 26510; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DECLARAR MONUMENTO inte- grante del PATRIMONIO CULTURAL DE LA NA- CION al Cementerio San Teodoro de Piura, ubicado en la primera cuadra de la Av. Loreto, Barrio "La Mangache- ría", distrito, provincia y departamento de Piura, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS O. REPETTO MALAGA Director Nacional 7439