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Pág. 190046 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de julio de 2000 Que, conforme a los Arts. 32º y 34º del D.S. Nº 094- 92-PCM, los TUPAS están sujetos a la actualización anual obligatoria, por lo que es conveniente aprobar el correspondiente TUPA de la Municipalidad Pro- vincial de Barranca, para el Ejercicio 2000, con las modificaciones y nuevos procedimientos que son los necesarios para brindar un servicio de calidad al usuario o administrado; En uso de las facultades que le confiere los Arts. 36º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipa- lidades y con el voto unánime aprobatorio de los miembros del Concejo Municipal, se aprobó la si- guiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA PARA EL PERIODO 2000 Artículo 1º.- APROBAR el TEXTO UNICO DE PRO- CEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA, de la Municipalidad Provincial de Barranca, para el ejercicio 2000, conjuntamente con los derechos contenidos en el mismo documento, cuyo texto forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2º.- Las Disposiciones contenidas en el presente Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos, aprobado en la presente Ordenanza, será de estricto cumplimiento por todas las Direcciones, ofi- cinas y Jefaturas de la Municipalidad Provincial de Barranca. Artículo 3º.- Derogar cualesquier disposición ante- rior que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Dirección Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secre- taría General, la publicación de la misma en el Diario Oficial El Peruano y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos en los Bandos Municipales según Orde- nanza Municipal Nº 009-2000-AL/CPB. POR TANTO: En uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades, la promulgo y mando: Registre, publique y cumpla. Dado en la Casa Municipal, a los veintiocho días del mes de junio del dos mil. PAULINO LEON SOTO Alcalde 7809 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Aprueban cambio de uso de terreno destinado al proyecto "Complejo Cen- tral de Comercialización de la ciudad de Trujillo" ORDENANZA Nº 010-2000-MPT EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLOCONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 05-95-MPT de fecha 30 de noviembre de 1995, se aprobó el Plan de Desarrollo Metropolitano de Trujillo y el Esquema Director del Continuo Urbano de Trujillo al 2010; Que, según el Plan de Zonificación General de Usos de Suelo (Plano Nº 02-2-EDT), que forma parte del Esquema Director de Trujillo, el Centro Cívico Monu- mental de Trujillo delimitado por la Av. España, se encuentra considerado como Zona de Reglamentación Especial; Que, en el Plano Nº 02-2-EDT, de Zonificación Gene- ral de Usos de Suelo, las áreas de terreno comprendidas por la Mz. "A" delimitada por los jirones Bolívar, Gama- rra y los pasajes Armas y San Agustín y por la Mz. "B" delimitada por los jirones Gamarra, Ayacucho y los pasajes San Agustín y Armas, en el Plano Nº 02-2-EDT de Zonificación General de Usos de Suelo, figura que están destinadas a uso de Mercado (M); Que, la Municipalidad Provincial de Trujillo, en ejer- cicio de sus atribuciones y en su condición de propietaria de las áreas de terreno comprendida por las manzanas A y B que se mencionan en el considerando que antecede; y, con el objeto de revalorar el Centro Cívico Monumen- tal de la ciudad, viene ejecutando desde 1997, el proyecto "Complejo Central de Comercialización de la ciudad de Trujillo", en dos etapas: - Primera Etapa: Edificio de Tiendas, Oficinas y Estacionamiento Vehicular. - Segunda Etapa: Edificio de pequeñas y medianas tiendas. Que, por razones de interés público, es necesario dictar la norma pertinente con rango de ley y en efecto, aprobar el cambio de uso de dichos terrenos, de Mercado a Uso Especial y de esa forma dotar de seguridad jurídica a la Institución para el desarrollo y ejecución del proyec- to; En sesión de fecha 22 de junio del año dos mil y, en ejercicio de las facultades que confiere la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar el cambio de uso, de Mercado a Uso Especial "Complejo Central de Comercialización de la ciudad de Trujillo", a las áreas de terreno comprendi- das por: - Manzana "A": Delimitada por los jirones Bolívar, Gamarra, Psje. Armas y Psje. San Agustín. - Manzana "B": Delimitada por los jirones Gamarra, Ayacucho, Psje. San Agustín y Psje. Armas. Artículo 2º.- Calificar, a las áreas de terreno com- prendidas por las manzanas A y B a que se refiere el Artículo Primero que antecede, como Zona para Uso Especial de carácter intangible, destinada al proyecto "Complejo Central de Comercialización de la ciudad de Trujillo". Artículo 3º.- Autorizar la inscripción del cambio de uso, en el Registro de Propiedad Inmueble de La Liber- tad. Artículo 4º.- Derogar las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Trujillo a los veintidós días del mes de junio del año dos mil. JOSE MURGIA ZANNIER Alcalde 7810