Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2000 (12/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de MORDAZA de 2000

A fin de no perjudicar los derechos adquiridos por terceros sobre el recurso hidrico, la Empresa Administradora Chungar S.A.C. en un plazo de hasta tres (3) meses, contados a partir de la fecha de MORDAZA del proyecto de construccion y operacion del MORDAZA perimetral MORDAZA referido, debera ejecutar por su cuenta y costo la obra contemplada en dicho proyecto, bajo supervision de la Direccion Regional de Agricultura de Pasco. Articulo 3º.- Prohibase destinar o utilizar la MORDAZA Naticocha como lugar de deposito de residuos industriales, solidos, liquidos o de desmontes productos de la actividad minera, por parte de la Compania Minera Huaron S.A. y la Empresa Administradora Chungar S.A.C., debiendo esta MORDAZA presentar, en el termino de dos (2) meses contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, por separado a este Ministerio y al Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, las medidas correctivas de un Programa de Reforestacion, debidamente sustentado, en la referida MORDAZA y en especial en la parte afectada; y ejecutarlo dentro del plazo que se establezca en la Resolucion Jefatural de aprobacion de dicho Programa de Reforestacion que dicte oportunamente el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA. Articulo 4º.- El incumplimiento de lo dispuesto precedentemente generara la aplicacion de las sanciones previstas en el Articulo 114º del Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, dado por Decreto Legislativo Nº 613. Articulo 5º.- La Direccion Regional de Agricultura de Pasco queda encargada de cautelar el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion, bajo responsabilidad. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a la Administracion Tecnica del Distrito de Riego Pasco, a la Direccion Regional de Agricultura de Pasco, a las Direcciones Generales de Aguas y Suelos y de Medio Ambiente Rural del Instituto Nacional de Recursos Naturales - al Ministerio de Energia y Minas, a la Compania Minera Huaron S.A. y a la Empresa Administradora Chungar S.A.C. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 7928

Que, la Resolucion Ministerial Nº 0993-99-AG, no fue objeto de impugnacion, conforme a lo previsto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, por lo que adquirio la calidad de cosa decidida en la Administracion Publica; Que, frente al MORDAZA pedido de nulidad formulado por la Asociacion Sumac Pacha no cabe pronunciamiento alguno de la Administracion Publica toda vez que este pedido fue resuelto oportunamente y la decision administrativa ha quedado firme; Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica y lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar sin lugar la solicitud de nulidad formulada por la Asociacion Sumac Pacha contra las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0276-97-AG y 0993-99-AG, por existir anterior pronunciamiento administrativo con calidad de cosa decidida, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 7918

ECONOMIA Y FINANZAS
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 065-2000-EF Por Oficio Nº 1453-2000-EF/60, el Ministerio de Economia y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 065-2000-EF, publicado en nuestra edicion del dia 30 de junio de 2000, en la pagina 189360. En el Articulo 3º DICE: Exonerar a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria-SUNAT del requisito de Concurso Publico para la contratacion del servicio de mantenimiento del software Informix, autorizandola a efectuar dicha contratacion, mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, con la empresa Informix Software del Peru S.A. por un monto de US$ 927,432.94 (Novecientos veintisiete mil cuatrocientos treinta y dos y 94/100 dolares americanos) incluido el IGV. DEBE DECIR: Exonerar a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria-SUNAT del requisito de Concurso Publico para la contratacion del servicio de mantenimiento del software Informix, autorizandola a efectuar dicha contratacion, mediante el MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia, con la empresa Informix Software del Peru S.A. por un monto de US$ 493,004.14 (Cuatrocientos noventitres mil cuatro y 14/100 dolares americanos) incluido el IGV. 7962

Declaran sin lugar solicitud de nulidad de resoluciones formulada por la Asociacion Sumac Pacha
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0456-2000-AG MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2000 VISTA: La solicitud de nulidad de las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0276-97-AG y 0993-99-AG, formulada por la Asociacion Sumac Pacha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 993-99AG, de fecha 21 de diciembre de 1999, se declaro sin lugar la solicitud de nulidad formulada por la Asociacion Sumac Pacha contra la Resolucion Ministerial Nº 0276-97-AG; Que, mediante escrito de fojas 33, punto primero, MORDAZA y MORDAZA, de fecha 12 de enero de 2000, la Asociacion Sumac Pacha formula nulidad de la Resolucion Ministerial Nº 0993-99-AG y nueva nulidad de la Resolucion Ministerial Nº 0276-97-AG;

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