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Pág. 190218 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de julio de 2000 Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento Gene- ral del distrito del Rímac, del 26 al 31 de julio del 2000, con motivo de celebrarse el 179º Aniversario de la Independencia Nacional, incluyéndose en esta disposición todos los predios, sean privados o públicos, de vivienda o comercio. Artículo Segundo.- DISPONER que los predios señala- dos en el artículo precedente deberán estar debidamente presentados, con la limpieza adecuada de los mismos y en la medida de las posibilidades del vecino, se recomienda el pintado. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Dirección de Seguridad Ciudadana y Policía Munici- pal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 7937 MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO MENOR SANTA MARIA DE HUACHIPA Disponen el embanderamiento gene- ral del Centro Poblado Menor DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-00-MCPMSMH C.P.M. Santa María de Huachipa, 10 de julio de 2000 EL ALCALDE DEL CENTRO POBLADO MENOR DE SANTA MARIA DE HUACHIPA CONSIDERANDO: Que el 28 de julio del presente año, se celebra el 179º Aniver- sario de la Independencia del Perú; Que ante este magno acontecimiento, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los símbolos de la Patria; En uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- Disponer el EMBANDERAMIENTO GENE- RAL DEL CENTRO POBLADO MENOR DE SANTA MARIA DE HUACHIPA, los días 27, 28 y 29 de julio del año 2000, con ocasión de conmemorarse el 179º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo 2º.- Los vecinos que incumplan esta disposición municipal se le sancionará conforme a Ley. Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Administración y Rentas y Unidad de Servicios Sociales y Municipales, el cumpli- miento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. ROGELIO RUIZ PORTOCARRERO Alcalde 7938 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Ratifican resolución mediante la cual se aprobaron proyectos de habilita-ción urbana y ampliación de terreno de propiedad del Jockey Club del Perú RESOLUCION Nº 748-2000-RASS EXPEDIENTE Nº 003813.2000.2 Santiago de Surco, 4 de julio de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Expediente Nº 003813.2000.2 relativo al petitorio del Jockey Club del Perú debidamente representado por Carlos Alvarez Ramírez, solicitando la ratificación de la Resolución Nº 062-99-MML-DMDU de fecha 24.6.99; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 062-99-MML-DMDU de fecha 24.6.99, expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprueban los Proyectos de Habilitación Urbana de las nuevas Parcelas "F", "G", "H" e "I"; así como la ampliación de la Parcela "C" para Uso de Comercio Interdistrital "C7" del terreno total de 128,065.43 m2 que forman parte de un área mayor de 943,343.16 m2, de propiedad del Jockey Club del Perú; Que, la recurrente cumple con adjuntar la documentación prevista en la Ordenanza Nº 010-99-MSS, consistente en: a.- Copia Certificada de la Resolución Nº 062-99-MML-DMDU expedida por la Municipalidad Metropolitana de Lima (fs. 54 al 60). b.- Copia Literal de la Ficha Nº 186238 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima (fs. 6 al 14). c.- Copia Literal de la Ficha Nº 4174-F del Registro de Perso- nas Jurídicas (fs. 176). d.- Planos Nº 061-99-MLM-DGO-DHU, Nº 060-99-MLM-DGO- DHU y Nº 059-99-MLM-DGO-DHU, certificados por la Municipa- lidad Metropolitana de Lima (fs. 62 al 64). e.- Comprobante Unico de Pago Nº 113983 del 18.4.2000 por la suma de S/. 600.00 por concepto de derecho de trámite (fs. 2); Que, efectuada la respectiva inspección ocular por la Subdi- rección de Obras Privadas al inmueble materia del presente petitorio, se encuentra conforme, de acuerdo al Informe Nº 099- 2000-SDOPRIV-DDU (fs. 214 a 218); Estando a la normatividad prevista en Ley General de Habi- litaciones Urbanas Nº 26878, Ordenanza Nº 010-99-MSS y facul- tad expresa prevista en el Artículo 47º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud del Jockey Club del Perú, en consecuencia RATIFICAR en todos sus extremos la Resolución Nº 062-99-MML-DMDU, de conformidad con el Plano signado con el Nº 024.01-2000-MSS-DDU-SDOPRIV el nuevo Planeamiento Integral del terreno de 1'228,342.20 m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, en sustitución del aprobado mediante Resolución Nº 181-MML-DMDU del 14.8.97 y Autorizar la Independización del terreno rústico de 943,343.16 m2 constituido por la Parcela "A" de conformidad con el Plano signado con el Nº 024.02-2000-MSS-DDU-SDOPRIV; así como la autorización para la libre venta de las seis (6) subparcelas de acuerdo al detalle siguiente: Denominación Area (m2) Uso Ampliación Parcela "C" 9,636.77 "C-7" "F" 30,468.29 "C-7" "G"16,160.96 "C-7" "H"56,552.31 "C-7" "I" 15,247.10 "C-7" Parcela "A" modificada 814,328.44 "OU" Debiendo considerarse además un área de servidumbre de 949.29 m2, que forma parte de la parcela "A" modificada. Artículo Segundo.- Aprobar de conformidad con el Plano Nº 024.03-2000-MSS-DDU-SDOPRIV los Proyectos referentes a Tra- zado, Lotización y Pavimentación de Calzadas y Aceras correspon- dientes a la Habilitación Urbana para Uso de Comercio Interdistri- tal "C-7" del terreno constituido por las subparcelas denominadas: Ampliación Parcela "C", Parcela "F", Parcela "G", Parcela "H" y Parcela "I" con 9,636.77 m2, 30,468.29 m2, 16,160.96 m2, 56,552.31 m2 y 15,247.10 m2, respectivamente que forman parte de un área mayor de 943,343.16 m2 ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, en concordancia con lo aproba- do por unanimidad por la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana según Acuerdo Nº 1 tomado en Sesión Nº 18-99 del 11.6.99. Artículo Tercero.- Autorizar al Jockey Club del Perú para ejecutar en el plazo de 18 meses las Obras de Habilitación Urbana de los terrenos descritos, cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos firmados y sellados por la Comisión Metropolitana de Habilitación Urbana.