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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2000 (15/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

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Pág. 190281 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de julio de 2000 ejercicio de su derecho a presentarse en Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas, y a contratar con el Estado, enten- diéndose que la sanción entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 2. Poner la correspondiente resolución en conocimiento de la Gerencia de Registros, para las anotaciones de ley. 3. Declarar que la presente Resolución es de interés público y precedente de observancia obligatoria, siendo de aplicación lo dispuesto en el Inc. 6º del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM, del 18.4.97. 4. Devolver los antecedentes administrativos a la Enti- dad, para los fines legales pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ASTETE WILLIS; VARGAS GONZALES; JESSEN ROJAS. 8043 ESSALUD Autorizan al Hospital Edgardo Reba- gliati Martins contratar el servicio de ascensores y montacargas mediante proceso de adjudicacion directa de menor cuantía RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 179-PE-ESSALUD-2000 Lima, 7 de julio del 2000 VISTA La Carta Nº 986-GLOGySERV-HNERM-ESSALUD-2000, mediante la cual la Gerencia de Logística y Servicios del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins solicita que se autorice la contratación del ítem Servicio de Ascensores y Montacargas del Concurso Público N° 002-ESSALUD-99 “Man- tenimiento de Equipos Electromecánicos”, a través del procedi- miento de Adjudicación Directa de Menor Cuantía; y, CONSIDERANDO Que, el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, establece que el Seguro Social de Salud – ESSALUD, otorga cobertura a sus asegurados y derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, reha- bilitación, prestaciones económicas y prestaciones sociales que corresponden al régimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgo humano; Que, para la contratación del Servicio de Mantenimien- to de Equipos Electromecánicos se convocó el Concurso Público N° 002-ESSALUD-99, siendo en la primera convo- catoria declarados desiertos al no presentarse postores, los siguientes ítems: I) Instalaciones Sanitarias II) Refrigera- ción y Aire Acondicionado y III) Ascensores y Montacar- gas, lo que fue dado a conocer en el acto público de adjudicación, de fecha 23 de agosto de 1999, optándose ante ello por convocar nuevamente a proceso de selección; Que, con fecha 20 de enero del año en curso, se realizó el acto público de adjudicación del Concurso Público N° 002- ESSALUD-99, en segunda convocatoria, procediendo el Comité Especial a declarar desierto el ítem Servicio de Ascensores y Montacargas, ante la ausencia de postores; Que, el inciso f) del artículo 19° de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que están exoneradas de licitación o concurso público, las adqui- siciones y contrataciones cuyo proceso de selección haya sido declarado desierto en dos oportunidades; Que, por consiguiente, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el ítem Servicio de Ascensores y Monta- cargas del Concurso Público N° 002-ESSALUD-99, es procedente autorizar, en vía de excepción, la contratación de dicho servicio a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20° de la misma norma; Que, de conformidad con lo señalado en el inciso c) del artículo 20° de la Ley N° 26850, la exoneración de licitación o concurso público debe ser aprobada, en el caso del Seguro Social de Salud, por resolución de su máxima autoridad; Que, según el artículo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, el Presidente Ejecu-tivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del pliego presupuestal; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE 1. Autorizar de conformidad con las normas legales pertinentes, la contratación del ítem Servicio de Ascenso- res y Montacargas del Concurso Público N° 002-ESSA- LUD-99 a través de la modalidad de Adjudicación Directa de Menor Cuantía, por un período de doce meses, compu- tados desde la suscripción del contrato. 2. Disponer que la Secretaría General informe de la presen- te resolución al Consejo Directivo de ESSALUD, la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, dentro del plazo establecido por la ley. 3. Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VÁSQUEZ PERALES Presidente Ejecutivo 8042 CONSEJOS TRANSITORIOS DE ADMINISTRACION REGIONAL Cesan trabajador del CTAR Ucayali por causal de excedencia RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 235-2000-CTAR UCAYALI-P Pucallpa, 8 de mayo de 2000 Visto, el Informe Final de fecha 5 de mayo del 2000, evacuado por la Presidenta de la Comisión Central de Eva- luación de Rendimiento Laboral de los Trabajadores del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali; CONSIDERANDO: Que, mediante documento del visto, la Comisión del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali, designada para la Evaluación del Rendimiento Laboral del personal Nombrado de la Entidad Regional; informa que en el estricto cumplimiento al Decreto Ley Nº 26093, se procedió a efectuar el Programa de Evaluación correspondiente al II Semestre del Año-1999 y estando a la Resolución Ministerial Nº 353-98-PRES, que aprueba la Directiva Nº 002-98-PRES, se norma el procedimiento para la Ejecución del Programa de Evaluación Semestral del Rendimiento Laboral de los Traba- jadores de los Consejos Transitorios de Administración Re- gional; Que, en el referido Informe Final, verificado y consolidado en cumplimiento al rubro VI, y habiéndose culminado el proceso de Evaluación, es elevado al Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali, a fin de que se apruebe mediante la Resolución respectiva; y, En uso de las facultades conferidas mediante la Ley Nº 26922, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES, y la emi- sión de la Resolución Suprema Nº 077-99-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Informe Final so- bre el resultado del Proceso de Evaluación del Rendi- miento Laboral de los Trabajadores de la Sede Central, Gerencia Subregional de Purus, Gerencia Subregional de Raymondi-Atalaya, Gerencia Subregional de Padre Abad- Aguaytía y Direcciones Regionales Sectoriales, del Conse- jo Transitorio de Administración Regional de Ucayali, conforme a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo Segundo.- CESAR, por causal de EXCE- DENCIA, a partir de la publicación de la presente Resolu- ción, a los trabajadores administrativos del CTAR Ucayali, que a continuación se indican, por no haber aprobado el Programa de Evaluación, correspondiente al Segundo Se- mestre de 1999: