Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2000 (15/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 190273

FISCALIZACION POSTERIOR MEDIANTE INSPECCIONES Y AUDITORIAS
INTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION ADUANERA ( INFA )
GERENCIA INVESTIGACIONES ADUANERAS GERENCIA DE FISCALIZACION GERENCIA INVESTIGACIONES ADUANERAS Division de Controversias

Division de Inteligencia Aduanera

Inicio Gerente de Fiscalizacion recibe el Programa de Fiscalizacion, toma conocimiento y forma "Comision de Fiscalizacion" Comision analiza el Programa y lo complementa

"Oficio de Presentacion" para acreditar a la Comision ante la Empresa

MORDAZA de informacion para la programacion

- Plan de Fiscalizacion - Estudios - Denuncias - Fichas Informativas - Indicadores de Riesgo - MORDAZA MORDAZA - Otras

Visita de Auditoria en el domicilio o locales de los operadores decomercio exterior

Trabajo de Gabinete (en la Gerencia de Fiscalizacion)

"Reunion de Cierre" con representantes del sujeto fiscalizado (opcional)

Programadores investigan, analizan

"Programa de Fiscalizacion" Evaluacion de la Impugnacion por personal de la Division de Controversias

"Informe de Fiscalizacion" Jefe de Division de Inteligencia Aduanera aprueba el Programa y lo despacha con Gerente de Investigaciones Aduaneras Memorandum del Gerente de Investigaciones Aduaneras para remitir Programa de Fiscalizacion

¿Incidencias?

Si

Implementacion de Recomendaciones del Informe de Fiscaliz.

No Si

Proyectan Resolucion de Intendencia para resolver Reclamacion o Recurso de Reconsideracion

1

1

Informe Tecnico e Informe Legal (Delitos Aduaneros) para la Procuraduria MORDAZA del Informe y Actuados para la INTA (sanciones a Empresas Verificadoras, Despachadores de Aduana y Almacenes Aduaneros Resolucion de Intendencia (Multas y otras sanciones) + Liq. Cob. cuando corresponde Cargo (Tributos) + Liquidacion de Cobranza

1
No En caso de Apelacion: preparan expediente y lo elevan a instancia que resuelve (Tribunal Fiscal o Superintendente Nacional de Aduanas)

Archivo

"Programa de Evaluacion y Retroalimentacion"

¿Reclamo o Reconsideracion?

Fin

De parte de los sujetos fiscalizados y/ o los responsables solidarios

1

VISITAS DE AUDITORIA A DESPACHADORES DE ADUANA I. OBJETIVO Impartir instrucciones y recomendaciones para la fiscalizacion de los Despachadores de Aduana, incluyendo a los Concesionarios Postales, mediante Visitas de Auditoria en sus domicilios y locales. II. ALCANCE En este procedimiento estan involucrados el personal de la Gerencia de Fiscalizacion de la INFA y los Operadores de Comercio Exterior facultados para el despacho aduanero, entre ellos los Concesionarios Postales. III. RESPONSABILIDAD Su aplicacion es responsabilidad de: - el Intendente Nacional de Fiscalizacion Aduanera; y - el Gerente y el personal de la Gerencia de Fiscalizacion. IV. VIGENCIA A partir del 10/7/2000. V. BASE LEGAL - Decreto Ley 26020,Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, publicada el 28.12.92; - Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 1223 del 24.11.99, modificada por la Resolucion de Superintendencia Nº 000320 del 23.2.2000, Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; - Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas, publicada el 19.4.96 y vigente desde el 25.12.96; - D. S. Nº 121-96-EF. Reglamento de la Ley General de Aduanas, publicado el 24.12.96; - D.S. Nº 122-96-EF, Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas por la Ley General de Aduanas, publicado el 24.12.96 modificado por D.S. Nº 027-2000EF; - D.S. Nº 135-99-EF. Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, publicado el 19.8.99; - Ley Nº 26461, Ley de los Delitos Aduaneros, publicada el 8.6.95; - D.S. Nº 121-95-EF. Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, publicado el 15.8.95;

- D.S. Nº 071-98-EF, Reglamento de la Destinacion Aduanera Especial de Envios o Paquetes Postales, publicado el 6.7.98; - D.S. N° 02-94-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, publicado el l 31.1.94; - Ley 25035, Ley de Simplificacion Administrativa, del 10.6.89; - D.S. Nº 70-89-PCM, Reglamento de la Ley de Simplificacion Administrativa publicado el 2.9.89; - D.S. Nº 45-94-EF. Texto Unico Ordenado de la anterior Ley General de Aduanas (Decreto Leg. 722) del 25.4.94; - D.S. Nº 058-92-EF. Reglamento de la anterior Ley General de Aduanas, publicado el 27.3.92.; VI. NORMAS GENERALES 1. De conformidad con el Articulo 94 de la Ley General de Aduanas y el Articulo 141 de su Reglamento, los "Despachadores de Aduana" son las personas facultadas para el despacho aduanero de las mercancias. Esta categoria comprende a: a) Los duenos o consignatarios de las mercancias b) Los Despachadores Oficiales c) Las Agencias de Aduana 2. Los Concesionarios Postales tambien tienen la calidad de Despachadores de Aduana, porque estan facultados para realizar despacho aduanero de los bienes que transportan. 3. La Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera (INTA) autoriza el funcionamiento y/o registra a los Despachadores de Aduana, asimismo, supervisa el cumplimiento de los requisitos con los que fueron autorizados a operar. 4. La Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera (INFA) fiscaliza a los Despachadores de Aduana, mediante visitas de auditoria y trabajos de gabinete, con el objetivo de verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributario-aduaneras, y las de los operadores de comercio exterior que hacen uso de sus servicios. 5. El Procedimiento "Fiscalizacion Posterior mediante Inspecciones y Auditorias" (INFA-PG.01), MORDAZA la programacion y ejecucion de la fiscalizacion de todo MORDAZA de

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