Norma Legal Oficial del día 15 de julio del año 2000 (15/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES
INTA DESPACHADOR DE ADUANAS

Pag. 190277
DIVISION DE AUTORIZACION DE OPERADORES Y LIBERACIONES

INTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION ADUANERA (INFA) GERENCIA DE FISCALIZACION

PROCURADURIA PUBLICA DE ADUANAS

Inicio

Programa de Fiscalizacion de Despachador de Aduanas

Gerente de Fiscalizacion toma conocimiento del Programa y designa "Comision de Fiscalizacion" y su responsable

Comision de Fiscalizacion analiza y complementa el Programa

Oficio de MORDAZA

Visita de Auditoria en el domicilio o local del Despachador de Aduana

Trabajo de Gabinete

RESULTADOS
Aplicar sancion de Multa

MORDAZA de R.I.N para INTA y Aduana Operativa R.I.N de Multa Liquidacion de Cobranza Notificacion al Despachador de Aduana 1

R.I.N. y otras medidas para aplicar sancion

"Informe de Fiscalizacion"

Aplicar sancion de "Suspension", "Cancelacion" o "Inhabilitacion para operar"

Informe de Fiscalizacion y actuados

Toma conocimiento

Indicios de Delitos Aduaneros u otros Ilicitos Penales

Informes Tecnico y Legal

Toma conocimiento y dispone medidas pertinentes

Archivo Div. Inteligencia Aduanera Sin Incidencia

1
1

Fin

VISITAS DE AUDITORIA A ALMACENES ADUANEROS I. OBJETIVO Impartir instrucciones y recomendaciones para la fiscalizacion de los Almacenes Aduaneros, mediante visitas de Auditoria en sus domicilios y locales. II. ALCANCE En el presente procedimiento estan involucrados el personal de la Gerencia de Fiscalizacion de la INFA y los conductores de Almacenes Aduaneros. III. RESPONSABILIDAD Su aplicacion es responsabilidad de: - El Intendente Nacional de Fiscalizacion Aduanera; y - El Gerente de Fiscalizacion y personal de la Gerencia. IV. VIGENCIA A partir del 10/07/2000. V. BASE LEGAL - Decreto Ley 26020, Ley Organica de la Superintendencia Nacional de Aduanas, publicada el 28.12.92; - Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 1223 del 24.11.99 modificada por Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 000320 del 23.02.2000, Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas; - Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas, publicada el 19.04.96 y vigente desde el 25.12.96; - D. S. Nº 121-96-EF, Reglamento de la Ley General de Aduanas, publicado el 24.12.96; - D.S. Nº 122-96-EF, Tabla de Sanciones aplicables a las Infracciones previstas por la Ley General de Aduanas, publicado el 24.12.96, modificado por D.S. Nº 027-2000EF. del 27.03.2000; - D.S. Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, publicado el 19.08.99; - Ley Nº 26461, Ley de los Delitos Aduaneros, publicada el 08.06.95; - D.S. Nº 121-95-EF, Reglamento de la Ley de los Delitos Aduaneros, publicada el 15.08.95; - D.S. Nº 08-95-EF, Reglamento de Almacenes Aduaneros, del 05.02.95;

- D.S. Nº 071-98-EF, Reglamento de la Destinacion Aduanera Especial de Envios o Paquetes Postales, del 06.07.98; - D.S. 02-94-JUS, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, publicado el 31.01.94; - Ley Nº 25035, Ley de Simplificacion Administrativa, del 10.06.89; - D.S. Nº 70-89-PCM, Reglamento de la Ley de Simplificacion Administrativa, publicado el 02.09.89; - D.S. Nº 045-94-EF, Texto Unico Ordenado de la anterior Ley General de Aduanas (Decreto Legislativo Nº 722), del 25.04.94; - D.S. Nº 058-92-EF, Reglamento de la anterior Ley General de Aduanas, publicado el 27.03.92 y modificatorias; VI. NORMAS GENERALES 1. Se denomina "Almacenes Aduaneros" a: a) Los Terminales de Almacenamiento (Maritimos, Aereos, Terrestres, Postales, Fluviales y/o Lacustres); y b) Los Depositos Aduaneros Autorizados (Publicos y Privados). 2. La Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera (INTA) autoriza el funcionamiento y registra a los Almacenes Aduaneros, asimismo supervisa el cumplimiento de los requisitos con los que fueron autorizados. 3. La Intendencia Nacional de Fiscalizacion Aduanera (INFA) fiscaliza a los Almacenes Aduaneros, mediante visitas de auditoria y trabajos de gabinete, con el objetivo de verificar el cumplimiento de sus obligaciones tributario-aduaneras y las de los operadores de comercio exterior que hacen uso de sus servicios. 4. El Procedimiento "Fiscalizacion Posterior mediante Inspecciones y Auditorias" (INFA-PG.01), MORDAZA la programacion y ejecucion de la fiscalizacion de todo MORDAZA de operadores de comercio exterior. El presente procedimiento detalla dicho MORDAZA, cuando el sujeto fiscalizado es un Almacen Aduanero. 5. De conformidad con el primer parrafo del Articulo 166 del Reglamento de la Ley General de Aduanas, en caso de cancelacion o revocacion de la autorizacion de

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