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Pág. 190282 NORMAS LEGALES Lima, sábado 15 de julio de 2000 DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE SALUD DE UCAYALI: Nº DE NIVEL PUNTAJE ORD. APELLIDOS Y NOMBRES REMUN. TOTAL 01 PINCHI RIOS, Juan STC 54 Segundo Artículo Tercero.- COMUNICAR, la presente Resolu- ción al Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la Presidencia, respectivamente, para los fines pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación en el Diario Oficial El Peruano y el diario de mayor circulación de la localidad, el texto de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. OLGA Z. RIOS DEL AGUILA Presidenta Ejecutiva Consejo Transitorio de Administración Regional de Ucayali 8077 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2000-MDB Barranco, 12 de julio del 2000 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO; CONSIDERANDO: Que, es política de la actual Gestión Municipal, incen- tivar la participación cívica del vecindario, afirmando los sentimientos de respeto a nuestros símbolos nacionales; Que, con motivo de celebrarse el 179º Aniversario de la Independencia del Perú, la Municipalidad de Barranco ha elaborado un Programa de Actividades a fin de expresar el sentimiento patriótico de la comunidad barranquina; y, Ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Barranco, desde el 15 al 31 de julio del 2000, con motivo de celebrarse el 179º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Instar a los propietarios y/o inquili- nos de viviendas y establecimientos comerciales, a realizar la limpieza y/o pintado de las fachadas de los mismos. Artículo Tercero.- El incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo primero del presente Decreto, dará lugar a las sanciones estipuladas por Ley. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de RR.PP. y Comunicación Social, y a la División de Policía Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSEFINA ESTRADA DE CAPRIATA Alcaldesa 8037 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Disponen el embanderamiento del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-2000-DASS Santiago de Surco, 11 de julio de 2000EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del 2000 se celebrará el 179º Aniver- sario de la Proclamación de la Independencia del Perú; Que, es política de la Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identi- dad, fomentando a los vecinos de esta Comuna el respeto y la participación en los actos cívicos conmemorativos; Que, somos de la opinión que el deber cívico y el amor a la patria son propios de cada individuo, por lo que esperamos que el izamiento de nuestra Bandera se haga por convicción personal y no por temor a una sanción administrativa; Que, estando a lo dispuesto en las Leyes Nºs. 8916 y 15253, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 23853; DECRETA: Primero.- Disponer el EMBANDERAMIENTO DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO, del 17 al 31 de julio con ocasión de conmemorarse el 179º Aniversario de la Independencia del Perú. Segundo.- Encargar a la Dirección de Seguridad Ciu- dadana el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 8040 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Disponen el embanderamiento gene- ral del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2000/MDS Surquillo EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 11058, de fecha 15 de julio de 1949, se creó el distrito de Surquillo en la provincia y departamento de Lima; por lo que la presente semana se conmemora el Quincuagésimo primer Aniversario de su creación política; Que, la actual administración, en aras de darle a la presente efemérides el realce que se merece, ha previs- to la realización de un nutrido programa de activida- des, el mismo que incluye el tradicional embandera- miento general del distrito, como una forma de contri- buir a consolidar el civismo que caracteriza a la pobla- ción surquillana; Que, en el mes de julio se conmemora también el 179º Aniversario de la Declaración de Independencia Nacional, fecha que todos los peruanos recuerdan con gran unción patriótica; Por lo que, en uso de las facultades que confiere el Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipa- lidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general del distrito de Surquillo, durante el lapso compren- dido entre el 13 y el 31 de julio del presente año; en homenaje al 51º Aniversario de la creación política del distrito y al 179º Aniversario de la Independencia Nacional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Ima- gen Institucional la difusión del presente decreto y a la Unidad de Policía Municipal la verificación de su cumpli- miento. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO CUSSIANOVICH MONTOYA Regidor Encargado de la Alcaldía 8039