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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2000 (30/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 191078 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de julio de 2000 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Tra- bajo y Promoción Social, al doctor EDGARDO MOS- QUEIRA MEDINA. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente del Consejo de Ministros 8727 Nombran Ministro de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales RESOLUCION SUPREMA Nº 322-2000-PCM Lima, 29 de julio del 2000 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales, al señor GONZALO ROMERO DE LA PUENTE. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente del Consejo de Ministros 8728 Nombran Ministro de Energía y Minas RESOLUCION SUPREMA Nº 323-2000-PCM Lima, 29 de julio del 2000 Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Energía y Minas, al ingeniero JORGE ALFREDO CHAMOT SAR- MIENTO. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente del Consejo de Ministros 8729 Nombran Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano RESOLUCION SUPREMA Nº 324-2000-PCM Lima, 29 de julio del 2000Vista la propuesta del señor Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con el Artículo 122º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministra de Estado en el Despacho de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano, a la señora LUISA MARIA CUCULIZA TORRE. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUIS FEDERICO SALAS GUEVARA SCHULTZ Presidente del Consejo de Ministros 8730 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos del OSIPTEL DECRETO SUPREMO Nº 084-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, establece en sus Artí- culos 20º, 21º y 22º que las entidades del Sector Público están obligadas a aprobar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) mediante Decreto Supremo del Sector correspondiente; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se han esta- blecido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el conside- rando anterior; Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-99-EF de fecha veintidós de octubre de 1999, se aprobó la actualización del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Organismo Supervisor de la Inversión Privada de Telecomu- nicaciones - OSIPTEL; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 757, Ley Marco para el Crecimientos de la Inversión Privada y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos (TUPA) del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, según Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El TUPA del Organismo Supervisor de la Inversión privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL- entra- rá en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas