Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2000 (01/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 1 de junio de 2000

NORMAS LEGALES
ANEXO A

Pag. 187319

ENERGIA Y MINAS
Asignan monto recaudado por derecho de vigencia de nuevos petitorios y antiguos derechos mineros a diversas municipalidades, correspondiente al mes de MORDAZA del ano 2000
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 092-2000-EM/DGM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2000 Visto, el Oficio Nº 510-00-RPM/J del Registro Publico de Mineria de fecha 15 de MORDAZA del 2000; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, modificado por el Articulo 5º del D.S. Nº 052-99-EM, la Direccion General de Mineria asignara los montos que le correspondan a las Instituciones Publicas Descentralizadas y Organismos a que se refieren los incisos a), b) y c) del Articulo 57º de la Ley; Que, de conformidad con el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, de los ingresos que se obtengan por concepto de Derecho de Vigencia, asi como de la penalidad, se distribuiran un 40% a los Gobiernos Locales en que se encuentra localizado el petitorio o la concesion afecta. Para efectos del inciso a) del Articulo 57º de la Ley, y de conformidad con el Articulo 1º del D.U. Nº 036-95, se entiende por Gobiernos Locales a las Municipalidades Provinciales y Distritales; Que, de acuerdo al Articulo 92º del Reglamento de Diversos Titulos de la Ley General de Mineria, modificado por el D.S. Nº 052-99-EM, el Registro Publico de Mineria determinara los ingresos por derecho de vigencia y penalidad hasta el mes anterior; Que, por Oficio Nº 510-00-RPM/J del 15 de MORDAZA del 2000, el Registro Publico de Mineria informa a la Direccion General de Mineria, que durante el mes de MORDAZA del 2000 se han registrado las boletas de deposito del Banco Wiese Sudameris por concepto de nuevos petitorios formulados en dicho mes; asi como de antiguos derechos por las sumas de S/. 22,472.92 (Veintidos Mil Cuatrocientos Setentidos y 92/100 Nuevos Soles) y US$ 302,192.43 (Trescientos Dos Mil Ciento Noventidos y 43/100 Dolares Norteamericanos), las mismas que se encuentran debidamente sustentadas; Que, el Registro Publico de Mineria ha efectuado los descuentos por concepto de saldos pendientes, ajustes por descuentos indebidos y emision de certificados de devolucion por un monto total de US$ 435.30 (Cuatrocientos Treinticinco y 30/100 Dolares Norteamericanos), resultando un importe neto por asignar de US$ 301,757.13 (Trescientos Un Mil Setecientos Cincuentisiete y 13/100 Dolares Norteamericanos) y S/. 22,472.92 (Veintidos Mil Cuatrocientos Setentidos y 92/100 Nuevos Soles); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Asignar el monto recaudado por concepto de Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios Mineros asi como de Antiguos Derechos Mineros correspondiente al mes de MORDAZA del 2000, a las Municipalidades Distritales y Provinciales que se detallan en los anexos que forman parte de la presente Resolucion, por un total de S/. 4,494.58 (Cuatro Mil Cuatrocientos Noventicuatro y 58/100 Nuevos Soles) y US$ 60,438.49 (Sesenta Mil Cuatrocientos Treintiocho y 49/100 Dolares Norteamericanos), a nivel de Gobiernos Locales Distritales; asi como S/. 4,494.58 (Cuatro Mil Cuatrocientos Noventicuatro y 58/100 Nuevos Soles) y US$ 60,123.19 (Sesenta Mil Ciento Veintitres y 19/100 Dolares Norteamericanos), a nivel de Gobiernos Locales Provinciales; respectivamente. Articulo 2º.- La utilizacion de los recursos MORDAZA mencionados correspondiente al Derecho de Vigencia asignados a las Municipalidades, estara sujeto a lo dispuesto por los Articulos 97º y 99º de la Ley Nº 23853 Ley Organica de Municipalidades y al Decreto de Urgencia Nº 036-95. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion al Registro Publico de Mineria para su conocimiento y fines consiguientes. Articulo 4º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano para conocimiento de las Municipalidades que se senalan en los anexos que forman parte de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Director General de Mineria

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIALES: DERECHO DE VIGENCIA DE MINAS De conformidad con el Art. 92º del D.S. Nº 03-94-EM, Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria y el Art. 1º del D.U. Nº 036-95, se cumple con distribuir el Derecho de Vigencia de Nuevos Petitorios formulados durante el mes de Abril; asi como, los derechos antiguos procesados del 1/4/00 al 30/ 4/00, distribuyendose a las siguientes Municipalidades Provinciales: DPTO. / PROV. MORDAZA HUARMEY HUAYLAS PALLASCA MORDAZA MORDAZA YUNGAY MORDAZA ABANCAY ANDAHUAYLAS ANTABAMBA AYMARAES GRAU MORDAZA MORDAZA CAMANA CARAVELI MORDAZA CAYLLOMA CONDESUYOS LA UNION MORDAZA CANGALLO HUAMANGA MORDAZA SANCOS HUANTA LA MAR LUCANAS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUALGAYOC SAN MORDAZA CALLAO(LIMA) CALLAO MORDAZA CHUMBIVILCAS MORDAZA LA CONVENCION QUISPICANCHI HUANCAVELICA ACOBAMBA ANGARAES CASTROVIRREYNA CHURCAMPA HUAYTARA MORDAZA DOS DE MORDAZA HUACAYBAMBA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PACHITEA YAROWILCA ICA ICA NASCA PALPA MORDAZA MORDAZA CHANCHAMAYO CHUPACA MORDAZA HUANCAYO JAUJA MORDAZA SATIPO TARMA YAULI LA MORDAZA CHEPEN JULCAN OTUZCO S/. 580,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 U.S. $ 1240,00 479,20 252,40 231,62 80,80 84,00 4070,11 2229,49 252,33 530,51 1889,89 320,49 1904,06 543,20 557,44 922,56 399,60 3657,67 38,45 283,23 1200,00 1,57 18,72 3635,46 966,09 280,00 80,00 640,00 57,77 80,00 80,00 981,28 201,75 13,95 8,00 760,00 266,05 2836,51 466,43 40,00 21,78 40,00 18,22 197,57 770,00 724,84 526,14 180,98 40,00 39,37 753,90 183,34 119,40 40,00 143,39 560,49 796,33 40,00 120,00 247,20

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