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Pág. 187331 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de junio de 2000 NOTA: Los empleadores con varios centros de trabajo, deberán CONSOLIDAR por provincia, la información del número de trabajadores y remuneraciones. (1) Del número de trabajadores del casillero Nº 21, Consignar aquellos que perciben Remuneración Mínima Vital (S/. 410.00 mensual). (2) Corresponde a las remuneraciones pagadas al número total de trabajadores del casillero Nº 21, se divide en: (a)Pagos Permanentes: Son aquellas remuneraciones de libre disponibilidad del trabajador tales como: remuneración básica, asignación familiar, alimentación principal, remuneración principal imprecisa (comisión o destajo), incremento por AFP, entre otras. La remuneración de cada trabajador deberá considerarse por 30 días, independiente si laboró algunos días del mes, se encuentre con subsidio o licencia con goce de haber. (b)Pagos No Permanentes: Son aquellas remuneraciones, que eventualmente percibe el trabajador tales como: horas extras, bonificación por turno, bono por productividad, reintegros, entre otras. (3) Son contratos individuales de trabajo que no tienen plazo de vencimiento y pueden celebrarse en forma verbal o escrita. (4) Son contratos de trabajo a plazo fijo que deberán constar por escrito, debiendo consignarse en forma expresa su duración y la causa que los motiva. (5) Son contratos de trabajo con jornada de labor no mayor de 4 horas diarias en promedio, dependiendo de la jornada del centro de trabajo. III.TRABAJADORES SINDICALIZADOS Y SUJETOS A NEGOCIACION COLECTIVA 24.- 25.- NUMERO DE 26.- NUMERO DE TRABAJADORES CATEGORIA TRABAJADORES SUJETOS A NEGOCIACION OCUPACIONAL SINDICALIZADOS (1) COLECTIVA (2) -EMPLEADOS -OBREROS (1) Considerar a los trabajadores afiliados en sindicatos, comité sindical, delegación de trabajadores u otros. (2) Son aquellos trabajadores comprendidos dentro de su ámbito, que negocian sus aumentos remunerativos a través del pliego de reclamos.II. NUMERO DE TRABAJADORES Y REMUNERACIONES DE PLANILLA DE PAGO DEL MES DE JUNIO Deberán llenar esta información los empleadores y cooperativas de trabajadores (socios trabajadores en el rubro VIII) que cuentan con trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. 20.- TIPO DE 21.- NUMERO 22. NUMERO DE 23.- REMUNERACIONES MENSUALES TOTALES (SIN CENTIMOS) (2) CONTRATO Y TOTAL DE TRABAJADORES PAGOS PAGOS CATEGORIA TRABAJA- CON REMUNERA. PERMANENTES NO PERMANENTES TOTAL GENERAL OCUPACIONAL DORES MINIMA VITAL MENSUALES (Reintegros, horas extras y otros) [a]+[b] S/. 410 (1) [a] [b] A. INDETERMINADOS (3) -EJECUTIVOS -EMPLEADOS -OBREROS B. SUJETOS A MODALIDAD (4) -EJECUTIVOS -EMPLEADOS -OBREROS C. A TIEMPO PARCIAL (5) -EJECUTIVOS -EMPLEADOS -OBREROS TOTAL (1) Corresponde a los años depositados en la misma empresa mediante convenios individuales de sustitución de depósito. (2) Corresponde a los años depositados en Entidades Financieras. (3) Corresponde a los años adeudados de la Reserva Acumulada al 31/12/90, que están pendientes de transferir a un depositario. V. PROGRAMAS DE CAPACITACION PARA EL TRABAJO (DEL MES DE JUNIO) 28.- PROGRAMASNUMERO TOTAL DE PARTICIPANTESSUBVENCION O ASIGNACION MENSUAL DEL TOTAL DE PARTICIPANTES 29.- FORMACION LABORAL JUVENIL 30.- PRACTICAS PRE PROFESIONALES 31.- CONTRATO DE APRENDIZAJE TOTALIV. TIEMPO DE SERVICIOS DE LA RESERVA ACUMULADA AL 31/12/90 27. AÑOS DE SERVICIOS DE LA RESERVA ACUMULADA AL 31/12/90 NUMERO DE AÑOS DE SERVICIOS CANCELADOS AÑOS DE SERVICIOS CATEGORIA OCUPACIONALTRABAJADORES INVOLUCRADOSPOR CONVENIO INDIVIDUAL DE SUSTITUCION (1)DEPOSITADOS EN ENTIDADES FINANCIERAS (2)PENDIENTES DE CANCELACION (3) -EJECUTIVOS -EMPLEADOS -OBREROS