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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (01/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 187334 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de junio de 2000 Que, haciendo uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorro- gadas, por Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibili- zar su Reorganización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, ubicado en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia de Lima, departamento y Distrito Judicial de Lima, autorizando su funcionamiento a partir del 2 de junio del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales Especializados: - Tres (3) Juzgados Penales. - Un (1) Juzgado Civil. - Un (1) Juzgado de Familia. Los Juzgados Especializados Penales conocerán las materias correspondientes a su naturaleza. En lo relacionado a los procesos en materia penal con Reos en Cárcel, éstos serán remitidos previa calificación a los Juzgados Especializados correspondientes de la Corte Superior de Justicia de Lima. Los procesos de delitos especiales, establecidos por disposicio- nes legales, seguirán siendo conocidos por los órganos jurisdiccio- nales correspondientes. El Juzgado Especializado de Familia sólo conocerá los proce- sos en materia Civil y Tutelar; en materia de Infracciones, éstos serán conocidos por los órganos jurisdiccionales de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Crear en el Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, los órganos jurisdiccionales especializa- dos que se indican a continuación: a. El Primer Juzgado Penal. b. El Segundo Juzgado Penal. c. El Tercero Juzgado Penal. d. El Juzgado Civil. e. El Juzgado de Familia. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales creados en el artículo anterior, que funcionen en el Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, compren- de al distrito de Villa María del Triunfo de la provincia y departa- mento de Lima. Artículo Cuarto.- Los Juzgados de Paz Letrados de Villa María del Triunfo, tendrán como instancia de apelación los Juzga- dos Especializados del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo. Artículo Quinto.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente Resolución, será con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego Poder Judicial del Presupuesto vigente. Artículo Sexto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según correspon- da, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sétimo.- Facultar al señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima de adoptar las acciones jurisdiccio- nales y administrativas que sean necesarias para el cumplimien- to de la presente Resolución. Artículo Octavo.- Quedan sin efecto, todas las disposiciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Noveno.- Poner la presente resolución en conoci- miento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecutiva del Minis- terio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Secretaría Ejecu- tiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial y sus Organos de Línea, así como del señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 6137CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Prorrogan plazo de designaciones de vocales superiores y jueces especiali- zados en el delito de tráfico ilícito de drogas RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 104-STP-TID Lima, 26 de mayo del 2000 SEGUNDA SALA PENAL TRANSITORIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ESPECIALIZADA EN EL DELITO DE TRAFICO ILICITO DE DROGAS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 328-CME-PJ de fecha 25 de febrero de 1997 se facultó a la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia para conocer en última instancia los casos de delito de tráfico ilícito de drogas, así como crear las Salas Superiores y Juzgados Especializados en tráfico ilícito de drogas que fueran necesarios, con competencia en el territorio nacional. Que, debido a la recargada labor jurisdiccional a nivel nacio- nal por el volumen de causas en trámite y pendientes de juicio oral señalados es necesario prorrogar el plazo fijado para los señores Vocales doctores, César José Hinostroza Pariachi, José Teodoro Torres Toro, Rogelio Galván García, Carlos Rodríguez Ramírez, Marco Ventura Cueva, Edwin Elías Vásquez Puris, José Ramiro Chunga Purizaca, James Enrique Cruzado Olazo, Gina Norry Portugal Hidalgo, Estela Hurtado Herrera, Miguel Angel Estrada Choque, Oscar León Sagástegui, José Alberto Infantes Vargas hasta el 30 de junio del 2000. En uso de la facultad conferida por la Resolución Nº 328-CME- PJ y, estando a lo acordado en sesión de la fecha. SE RESUELVE: Primero.- Prorrogar a partir de la vigencia de la presente Resolución la designación de los señores Vocales Superiores Especializados en delito de Tráfico Ilícito de Drogas, señores Vocales doctores, César José Hinostroza Pariachi, José Teodoro Torres Toro, Rogelio Galván García, Carlos Rodríguez Ramírez, Marco Ventura Cueva, Edwin Elías Vásquez Puris, José Ramiro Chunga Purizaca, James Enrique Cruzado Olazo, Gina Norry Portugal Hidalgo, Estela Hurtado Herrera, Miguel Angel Estrada Choque, Oscar León Sagástegui y José Alberto Infantes Vargas hasta el 30 de junio del 2000. Segundo.- Vencido que sea el término a que se contrae la presente Resolución los Magistrados se reincorporarán al lugar y ocupación de su procedencia. Tercero.- Las causas en las que ha intervenido la doctora Mariela Yolanda Rodríguez Vega deberá culminarlas en el plazo de diez días calendario. Cuarto.- Transcribir la presente Resolución al señor Presi- dente de la Corte Suprema de Justicia de la República, al señor Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, a la Gerencia Central de la Reforma, a la señorita Fiscal de la Nación, al señor Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Suprema en lo Penal y Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, a los señores Presidentes de las Cortes Superiores del país, al señor Fiscal Superior de la Fiscalía Superior Penal Especializada en el delito de tráfico ilícito de drogas, a la Gerencia General del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistra- tura, al Jefe del Instituto Nacional Penitenciario y al señor Director de la Dirección Nacional contra el Tráfico Ilícito de Drogas de la Policía Nacional del Perú (DINANDRO). Quinto.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. CARLOS SAPONARA MILLIGAN JULIO FERNANDEZ URDAY JOSE BACIGALUPO HURTADO ISMAEL PAREDES LOZANO LUIS HERNAN ROJAS TAZZA 6115