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Pág. 187322 NORMAS LEGALES Lima, jueves 1 de junio de 2000 Fines Sociales y las Promociones Comerciales; mecanismo de control que, dentro del proceso de Simplificación Administrativa, el crecimiento de la actividad comercial y la promoción de la Inversión privada y modernización del Estado, resultan necesa- rios actualizar; Que, con las sugerencias emitidas por los demás Sectores, en relación a la prepublicación efectuada el 13.JUN.99 en el Diario Oficial El Peruano, se ha formulado el proyecto de "Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales"; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 3º y 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Apruébase el "REGLAMENTO DE PROMO- CIONES COMERCIALES Y RIFAS CON FINES SOCIALES" que consta de cinco (5) Títulos, seis (6) Capítulos, veintiséis (26) Artículos, tres (3) Disposiciones Complementarias, una (1) Dispo- sición Transitoria y una (1) Disposición Final; cuyo texto forma parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro del Interior y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º .- Deróganse la Resolución Suprema Nº 42 de 08.NOV.62 y los Decretos Supremos Nº 90 y 10, de 14.OCT.63 y 06.ABR.64 respectivamente y toda disposición que se oponga al presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de mayo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior REGLAMENTO DE PROMOCIONES COMERCIALES Y RIFAS CON FINES SOCIALES INDICE TÍTULO I :GENERALIDADES Capítulo I :DEL OBJETO, FINALIDAD, ALCANCE Y COMPETENCIA Capítulo II :DE LAS DEFINICIONES DE TERMINOS TÍTULO II :DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Capítulo I :DE LA AUTORIZACION Capítulo II :DEL MECANISMO Y PUBLICIDAD DE PROMOCIONES COMERCIALES Y RIFAS CON FINES SOCIALES Capítulo III :DE LA SUPERVISION Y CONTROL Capítulo IV :DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES TÍTULO III :DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TÍTULO IV : DISPOSICIÓN TRANSITORIA TITULO V : DISPOSICION FINAL TITULO I GENERALIDADES CAPITULO I DEL OBJETO, FINALIDAD, ALCANCE Y COMPETENCIA Artículo 1º.- Es objeto del presente Reglamento establecer las disposiciones que regulen los procedimientos para la autoriza- ción, supervisión y control de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales y la aplicación de las sanciones por su contra- vención. Artículo 2º.- Su finalidad es velar por los derechos de las personas que participan en actividades de Promociones Comer- ciales y Rifas con Fines Sociales, garantizando que las entidades organizadoras cumplan con desarrollar los eventos conforme a lo autorizado y en el marco de las normas sobre el particular. Artículo 3º.- Alcanza a todas las personas jurídicas legalmen- te constituidas que realicen, bajo cualquier modalidad, Promocio- nes Comerciales y Rifas con Fines Sociales, a las que para efectosDPTO. / PROV. / DISTRITO S/. U.S. $ LIMA/OYON OYON 0,00 240,00 LORETO/ALTO AMAZONAS MORONA 0,00 40,00 MADRE DE DIOS/MANU MADRE DE DIOS 0,00 911,25 MOQUEGUA/ILO ILO 0,00 80,00 PACOCHA 0,00 120,00 PASCO/DANIEL ALCIDES CARRION SANTA ANA DE TUSI 0,00 200,00 PASCO/PASCO HUAYLLAY 0,00 915,58 PIURA/PAITA AMOTAPE 0,00 4,46 PIURA/PIURA TAMBO GRANDE 0,00 760,00 PIURA/TALARA LA BREA 0,00 35,54 PUNO/AZANGARO CAMINACA 0,00 40,00 JOSE DOMINGO CHOQUEHUANCA 0,00 2,03 SANTIAGO DE PUPUJA 0,00 77,97 PUNO/CARABAYA AYAPATA 66,60 40,00 CRUCERO 0,00 1099,88 PUNO/CHUCUITO JULI 0,00 320,00 PUNO/EL COLLAO CONDURIRI 0,00 200,00 PUNO/LAMPA OCUVIRI 0,00 126,54 PALCA 0,00 48,25 PARATIA 0,00 1145,21 PUNO/SANDIA PATAMBUCO 0,00 100,12 PHARA 0,00 17,60 SAN MARTIN/MARISCAL CACERES HUICUNGO 0,00 195,30 TACNA/CANDARAVE CAMILACA 0,00 1760,00 CANDARAVE 0,00 240,00 TOTAL POR DISTRITOS 4494,58 60438,49 6057 INTERIOR Aprueban el Reglamento de Promo- ciones Comerciales y Rifas con Fines Sociales DECRETO SUPREMO Nº 006-2000-IN EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que, la Dirección General de Gobierno Interior, órgano ejecutivo del Ministerio del Interior, desde los años 1962 y 1963 a la fecha, viene efectuando a nivel nacional el control de las Rifas con Fines Sociales y Promociones Comerciales respectivamente, velando por la seguridad y transparencia de dichas actividades, así como la entrega de los premios o artículos ofrecidos en salvaguarda de la buena fe y respeto de los derechos de las personas que participan en las mismas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 42 de 08.NOV.62 y Decreto Supremo Nº 90 de 14.OCT.63, modificado por Decreto Supremo Nº 10 de 6.ABR.64, se regula el control de las Rifas con