Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2000 (01/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 1 de junio de 2000

en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por la Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la venta o el arrendamiento financiero del bien, la empresa debera constituir una provision hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Disposicion Transitoria de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23 establece que, las empresas que hayan recibido bienes adjudicados o recuperados con anterioridad a la vigencia de la misma, no se encuentran obligadas a cumplir con lo dispuesto en su numeral 5. Sin embargo, deberan constituir provisiones por el equivalente al 100% del valor neto en libros de dichos bienes dentro de los cinco (5) dias posteriores al vencimiento de los plazos senalados en el Articulo 215º de la Ley General; De acuerdo con el Informe Nº ASIF"C" 093-OT/2000, y con la opinion favorable de la Superintendente Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99 de fecha 99.8.26; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; Ley Nº 26702; para que el Banco Wiese Sudameris proceda con la enajenacion de los bienes inmuebles que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga otorgado por el Banco Wiese Sudameris, sin que MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en la Disposicion Transitoria de la Circular Nº B-2017-98 de fecha 98.9.23. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 354-2000 Relacion de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris, prorroga por seis (6) meses para su enajenacion (venta), conforme a lo dispuesto en el Articulo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702.
FECHA DESCRIPCION/ DE UBICACION ADJUDICACION 99.6.15 Av. Panamericana Sur Nº 1050, MORDAZA Av. Seccion A, Lte. 01 MORDAZA Alta - MORDAZA MORDAZA Coricancha Nº 269 - Chiclayo MORDAZA MORDAZA Nº 129 Urb. MORDAZA - MORDAZA Alameda de las Palmas Mz. K, sublotes A, A-1, A-2, Chorrillos MORDAZA Mz. B, Lte. 2 Urb. MORDAZA MORDAZA - La MORDAZA MORDAZA MORDAZA Eguren Nº 107 Dpto. 401, Miraflores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - 2 maquinas de Salinidad Homan VALOR CONTABLE PRORROGA (En Nuevos Soles) DE TENENCIA

UNIVERSIDADES
Aprueban tasas educativas y derechos de pago del MORDAZA de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 021-2000-CU Callao, 24 de febrero de 2000 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO: Visto el Oficio Nº 035-2000-VRA de fecha 16 de febrero del 2000 por cuyo intermedio el Vicerrector Administrativo remite la propuesta de las Tasas Educativas para el Ano 2000. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la normatividad establecida en el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM vigente sobre la materia, resulta procedente aprobar anualmente las tasas educativas, asimismo actualizar los valores consignados en el rubro Derechos de Pago considerados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional del Callao; Estando a la propuesta; a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesion extraordinaria del 23 de febrero del 2000; y, en uso de las atribuciones que confiere los Arts. 143º y 161º del Estatuto de la Universidad concordantes con los Arts. 31º y 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º APROBAR, las Tasas Educativas para el Ano 2000, incluyendose ademas los valores consignados en el rubro Derechos de Pago que conforma el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional del Callao, los mismos que estan referidos a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del Ejercicio Gravable 2000, cuyo texto se anexa como parte integrante de la presente Resolucion. 2º DISPONER que las tasas educativas a aplicarse para los docentes y servidores administrativos, asi como a sus hijos y conyuge, solo abonaran como derecho el 20% de los montos establecidos en el numeral anterior, exceptuando los rubros que figuran sin excepcion, donde abonaran el integro del monto senalado. 3º AUTORIZAR al Despacho Rectoral para que apruebe las tarifas de servicios propuestos para las Facultades correspondientes de sus Centros de Produccion y Prestacion de Servicios, asi como para el uso de talleres, laboratorios y otros ambientes. 4º DISPONER que los ingresos recaudados que generan la Matricula Especial, Constancias de Egresados, MORDAZA Academicos y Titulos Profesionales en sus diversas modalidades que otorga la Universidad Nacional del Callao, se distribuya en un 35% a las Facultades o a la Escuela de Post-Grado, segun corresponda, que generen dichos recursos con caracter de ingresos propios, abonandose integramente en la cuenta de la MORDAZA Central y encargandose a la Oficina de Tesoreria y Oficina General de Administracion para que verifiquen mensualmente la transferencia de este porcentaje del 35% a las Facultades y Escuela de Post-Grado. 5º ESTABLECER que los ingresos que se obtengan por Derecho Medico diversos y de la MORDAZA Conductiva de alquiler de espacios para kioscos, fotocopiadoras y comedor de estudiantes de la MORDAZA Universitaria constituiran ingresos propios de la Oficina de Bienestar Universitario y el Comedor de Docentes es administrados por la Asociacion de Docentes de la Universidad Nacional del Callao. 6º Transcribir la presente Resolucion a los Vicerrectores, Facultades, Escuela de Post-Grado, Oficina de Informacion y Relaciones Publicas, Oficina de Admision, Comision de Admision, Centro Pre Universitario, Centro de Computo, Oficina de Planificacion, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Auditoria Interna, Oficina General de Administracion, Oficina de Archivo General y Registros Academicos, Oficina de Bienestar Universitario, Oficina de Servicios Academicos, Oficina de Infraestructura y Mantenimiento, Unidad de Registros Academicos, Unidad de Servicios Medicos, Oficina de Personal, Oficina de Contabilidad y Presupuesto, Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares, Oficina de Tesoreria, ADUNAC, SUTUNAC, MORDAZA estudiantil, para conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA VIALE Rector y Presidente del Consejo Universitario

226 800.00

2000.12.15

99.6.15

201 600.00

200.12.15

99.6.15

440 156.64

200.12.15

99.6.15

88 571.78

200.12.15

99.6.24

1 521 000.00

200.12.24

99.6.28

1 521 000.00

200.12.28

99.6.28

347 655.55

200.12.28

99.6.30

5 438.96

200.12.30

Total

4.352.222.93

6141

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