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Pág. 187617 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de junio de 2000 De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612, inciso i) del Artículo 3º e inciso i) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolución Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la Primera Edición Oficial de la "Legislación sobre Instituciones del Sistema Financiero y de Segu- ros", en un tiraje de 2000 ejemplares, debidamente numerados. Artículo 2º.- AUTORIZAR al Director Nacional de Asuntos Jurídicos para autenticar cada uno de los ejemplares que confor- man la Edición Oficial a que se refiere la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Justicia 6326 Aceptan donación efectuada por la Bolsa de Valores de Lima, destinada a las labores de fiscalización del Conse- jo de Supervigilancia de Fundaciones RESOLUCION MINISTERIAL Nº 151-2000-JUS Lima, 31 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que la Bolsa de Valores de Lima S.A.A., ha efectuado una donación a favor del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones del Ministerio de Justicia hasta por la suma de DOS MIL QUI- NIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500,00), para ser destinado a labores de supervisión, control, gastos judiciales y administrativos que conlleva la fiscalización de las Fundaciones; Que el inciso b) del Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 04-94- JUS, que aprueba el Reglamento del Fondo del Consejo de Super- vigilancia de Fundaciones, establece como recursos del Fondo las donaciones que se constituyan a su favor; Que en consecuencia es necesario aceptar la referida donación para su utilización por el indicado Consejo, de acuerdo con las normas presupuestarias; Estando a lo informado por la Oficina General de Economía y Desarrollo y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, los Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia y el inciso b) del Artículo 3º del Reglamento del Fondo del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 04-94-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación de la Bolsa de Valores de Lima, S.A.A., consistente en la suma de DOS MIL QUINIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 500,00), destinada a complemen- tar las labores del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones del Ministerio de Justicia, descritas en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Economía y Desarrollo a incorporar la referida donación en el Presupuesto Institucional del Pliego, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13º de la Ley Nº 27212 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2000 y demás normas reglamentarias. Artículo 3º.- Dar las gracias a la Bolsa de Valores de Lima, por la importante contribución otorgada. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a la Con- traloría General de la República y a la Bolsa de Valores de Lima S.A.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Justicia 6327 Oficializan el Seminario "Reformas al Código Civil y al Código de Comercio", a realizarse en la ciudad de Puno RESOLUCION MINISTERIAL Nº 152-2000-JUS Lima, 31 de mayo del 2000 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio Nº 168/2000-CORECO-CR de fecha 27 de abril del 2000, la Presidencia de la Comisión de Reforma de Códigos del Congreso de la República, solicita la oficialización del Seminario: "REFORMAS AL CODIGO CIVIL Y AL CODIGO DE COMERCIO", organizado por la citada Comisión, así como por la Comisión de Reforma del Código Civil y el Ilustre Colegio de Abogados de Puno, a realizarse en dicha ciudad del 22 al 24 de junio del año en curso; Que durante el desarrollo del mencionado evento, se analiza- rán los proyectos de reforma del Código Civil y Código de Comercio por parte de destacados especialistas en materia civil y comercial; Que el Ministerio de Justicia tiene entre sus funciones siste- matizar la legislación y promover su estudio y difusión, así como ejecutar y coordinar su edición oficial; De conformidad con lo dispuesto en el inciso h) del Artículo 6º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, modificado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 26612, inciso i) del Artículo 3º e inciso i) del Artículo 80º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, aprobado por Resolución Ministerial Nº 190-99-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR CARACTER OFICIAL al Seminario "RE- FORMAS AL CODIGO CIVIL Y AL CODIGO DE COMERCIO", organizado por la Comisión de Reforma de Códigos del Congreso de la República, Comisión de Reforma del Código Civil y el Ilustre Colegio de Abogados de Puno, a realizarse en la citada ciudad los días 22, 23 y 24 de junio del año 2000. Artículo 2º.- La presente Resolución no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería Encargado de la Cartera de Justicia 6328 «VIGENCIA DEL TUPA» "Instituto Tecnológico Pesquero del Perú" Se comunica al público en general de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 «Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada»: Que, mediante Decreto Supremo Nº 03-94-PE del 9-3-94, se aprobó el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del «Instituto Tecnológico Pesquero del Perú» para el año 1994, y que el referido texto no ha sido modificado, por lo cual mantiene su vigencia anual. Lima, 9 de mayo del 2000 6225MINISTERIO DE PESQUERIA