Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2000 (05/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 5 de junio de 2000

Articulo 1º.- Autorizar la donacion por parte del Instituto Nacional de Cultura a la Embajada del Peru en Manila, Filipinas, de cuarentisiete (47) replicas arqueologicas y seis (6) replicas de pintura colonial, descritas en el MORDAZA y tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura expedira los certificados correspondientes de permiso de exportacion de las replicas con destino a la Embajada del Peru en Manila, Filipinas. Articulo 3º.- Los gastos que ocasione el embalaje, tramites y traslados de los bienes materia de la presente Resolucion y cualquier otro egreso que se origine por estos conceptos, correra a cargo de la Embajada del Peru en Manila, Filipinas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 6366

Vista las solicitudes de Registros Nºs. 014379 y 014380 de fechas 30 de noviembre de 1999 y la carta de fecha 29 de febrero del 2000 del Instituto Juridico Peruano de Conciliacion y Arbitraje - Ijupeca - MORDAZA Zamora; CONSIDERANDO: Que el Instituto Juridico Peruano de Conciliacion y Arbitraje - Ijupeca - MORDAZA MORDAZA, es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se autorice el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Ijupeca MORDAZA Zamora" con sede principal en la MORDAZA de Chachapoyas - Amazonas y su filial con sede en Lima; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 092-2000-DM-STCSDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud del Instituto Juridico Peruano de Conciliacion y Arbitraje - Ijupeca - MORDAZA Zamora; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al instituto Juridico Peruano de Conciliacion y Arbitraje - Ijupeca - MORDAZA MORDAZA a funcionar como centro de conciliacion denominado "Centro de Conciliacion Ijupeca MORDAZA Zamora", con sede principal en la MORDAZA de Chachapoyas - Amazonas y su filial con sede en Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Justicia 6321 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 145-2000-JUS MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2000 Vista la solicitud de Registro Nº 02030 de fecha 14 de febrero del 2000 de la Asociacion Nacional de Arbitraje, Conciliacion y Negociacion "Justicia y Paz" - ASONAC; CONSIDERANDO: Que la Asociacion Nacional de Arbitraje, Conciliacion y Negociacion "Justicia y Paz" - ASONAC, es una asociacion civil que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora; Que la mencionada institucion ha solicitado se le autorice el funcionamiento como Centro de Conciliacion con sede en la MORDAZA de Abancay, departamento de Apurimac; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Estando a lo opinado en el Informe Nº 165-2000-DM-STCSDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la Asociacion Nacional de Arbitraje, Conciliacion y Negociacion "Justicia y Paz" - ASONAC; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR a la Asociacion Nacional de Arbitraje, Conciliacion y Negociacion "Justicia y Paz" - ASONAC, a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "Centro de Conciliacion de la Asociacion Nacional de Arbitraje, Conciliacion y Negociacion Justicia y Paz", con sede en la MORDAZA de Abancay, departamento de Apurimac. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Justicia 6322

MITINCI
Designan representante del Ministerio ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2000-ITINCI MORDAZA, 3 de junio del 2000 Vista la renuncia presentada por el senor MORDAZA De Marzo Ciccia, a la representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC); CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 005-96-ITINCI, de fecha 30 de enero de 1996, se designo al senor MORDAZA De Marzo Ciccia como representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC); Que, resulta necesario designar al MORDAZA representante de este Ministerio; De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 023-96-ITINCI; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir del 15 de MORDAZA del 2000, la renuncia formulada por el senor MORDAZA De Marzo Ciccia, a la representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC), dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar, a partir del 16 de MORDAZA del 2000, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bazo, como representante del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, ante el Directorio del Comite de Administracion de la MORDAZA de Tratamiento Especial Comercial de Tacna (ZOTAC). Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 6386

JUSTICIA
Autorizan a asociaciones funcionar como centros de conciliacion, con sedes en las ciudades de ChachapoyasAmazonas, MORDAZA y Abancay
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 144-2000-JUS MORDAZA, 31 de MORDAZA del 2000

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