Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2000 (14/06/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 14 de junio de 2000

Articulo Segundo.- Aprobar el plano de Lotizacion y Memorias Descriptivas del mencionado Programa de Vivienda, que ocupan un area de catorce mil ochocientos cincuenticinco metros cuadrados (14,855.00 m2), debidamente firmado y visado, cuyas areas se han distribuido de la siguiente manera: CUADRO GENERAL DE AREAS Area Bruta Total Area por Recepcionar Area Util Construida Area Util Sin Construida Area de Pistas y Veredas Area de Jardines Area de Guardiania Nº Total de Bungalows construidos Guardiania : : : : : : : : : 14,855.00 14,855.00 2,460.04 4,260.46 2,010.00 6,115.50 63.50 m2 m2 m2 m2 m2 m2 m2

Estando a lo acordado por MAYORIA del Pleno del Concejo y, a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE ACUERDA: Articulo Primero.- FIJAR en 0.65 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), el monto de la dieta que percibira cada Regidor de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, durante el ejercicio presupuestal del ano 2000, por asistencia efectiva a una Sesion de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de dos sesiones al mes. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto a partir de la vigencia del presente, el Acuerdo de Concejo Nº 008-99/MDC, del 31 de marzo de 1999. Articulo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento del presente, sera afectado a la Asignacion especifica del Presupuesto Municipal vigente. Articulo Cuarto.- Dispensar de la lectura del Acta del presente acuerdo, para su inmediata ejecucion. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6702

16 Und. 01 Und.

Articulo Tercero.- Del area total del programa ya mencionado declarese cumplida por Inversiones M Y S s.a. La ejecucion de las obras de habilitacion MORDAZA de un area de 7,697.53 m2 comprendiendose en esta habilitacion los lotes siguientes: Lote 1, Lote 2, Lote 3, Lote 4, Lote 5, Lote 6, Lote 7 y 8, Lote 16, Lote 17, Lote 18, Lote 19, Lote 20, Lote 21, Lote 22, Lote 23, Lote 24, Lote 24, Lote 25, Lote 26, Lote 28 y lote 30, cuyas respectivas areas se encuentran indicadas en los Planos y Memoria descriptiva precisados en el Articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- El Programa de Viviendas Los Bungalows de la urbanizacion Playa MORDAZA MORDAZA Alta - Ancon una vez inscrito el Plano de Lotizacion y Memorias Descriptiva, se encuentra sujeto a la verificacion y Fiscalizacion que establece la sexta Disposicion Transitoria y finales del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC. Articulo Quinto.- Transcribase a los Registros Publicos para efecto de la inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6704

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Disponen quiebre e incineracion de adeudos tributarios y otros conceptos, de los anos 1994 a 1999, cuyo monto insoluto ascienda hasta un MORDAZA sol
ORDENANZA Nº 75 Miraflores, 7 de junio de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha, estando a lo dispuesto en el Articulo 36º inciso 3) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 23853, despues del debate, por UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Disponer el quiebre e incineracion de los adeudos tributarios y aquellos que por concepto de fraccionamiento de multas administrativas, acotacion catastral, notificacion-sanciones, control de obras y liquidacion de obras privadas correspondientes a los anos 1994 a 1999 cuyo monto insoluto, en cada uno de los casos y conceptos senalados, asciende hasta Un MORDAZA Sol (S/. 1.00); sin importar el estado de cobranza en que se encuentren. Articulo Segundo.- En el caso de tributos, el monto a quebrar incluye los reajustes y los intereses moratorios, ademas del monto insoluto; asi como los gastos administrativos y costas procesales, de ser el caso. Articulo Tercero.- Lo dispuesto por la presente Ordenanza no implica, en ningun caso, la devolucion de lo pagado por dichos conceptos. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Rentas y a la Subdireccion de Contabilidad el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA BEDOYA DE MORDAZA MORDAZA 6689

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Fijan monto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a sesiones de concejo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 009-2000/MDC Carabayllo, 31 de marzo de 2000 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo del dia 31 de marzo del 2000, el punto de agenda referido al monto de las dietas de los Regidores de esta Corporacion, percibiran durante el ejercicio presupuestal del ano 2000; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica vigente, establece que las Municipalidades Distritales son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, prescribe que la funcion de los Alcaldes y Regidores son rentados; estableciendo que los Alcaldes tienen derecho a una remuneracion mensual y los Regidores perciben, dietas por sesion; Que, la MORDAZA citada MORDAZA, establece que la percepcion de la dieta esta condicionada a la asistencia efectiva del Regidor a la correspondiente Sesion de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes; y,

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