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Pág. 187968 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 14 de junio de 2000 delito contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 6745 RESOLUCION JEFATURAL Nº 335-2000-JEF/RENIEC Lima, 9 de junio de 2000 Visto el Informe Nº 312-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 16 de mayo del 2000. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona no identificada habría incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de la ciudadana Robertina La Torre Valdeiglesias y obtener una inscripción electoral indebida; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la inscripción electoral y contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, ilícitos previstos y sancionados en el Artículo 91º del Decreto Ley Nº 14207 y en los Artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta nece- sario autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quien resulte responsa- ble, solicitándose al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investi- gaciones conducentes a la identificación de la persona que ha suplantado a la ciudadana Robertina La Torre Valdeiglesias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quien resulte responsable, por pre- sunto delito contra la inscripción electoral y la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 6746 RESOLUCION JEFATURAL Nº 336-2000-JEF/RENIEC Lima, 9 de junio de 2000 Visto el Informe Nº 313-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 16 de mayo del 2000. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentación sustentatoria del Informe del Visto se desprende que personas no identificadas habrían incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor público al hacer insertar en instrumento público declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad de los cuidadanos Ernesto Helard Cano Bustamante, Fermín Quis-pe Vásquez, Francisca Huashuayo Rimache, Mario Perales Salazar, Carlos Ramírez Vilca, Soledad Castro Castañeda, Toribio Palomino Pacheco y Juan Víctor Espinoza Azalde; Que el hecho antes descrito constituye indicio razonable de la comisión de presunto delito contra la inscripción electoral y contra la fe pública, en las modalidades de falsedad ideológica y genérica, previstos y sancionados en el Artículo 91º del Decreto Ley Nº 14207 y en los Artículos 428º y 438º del Código Penal vigente; Que, en atención al considerando precedente resulta necesa- rio autorizar al Procurador Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitándo- se al Ministerio Público y la Dirección de la Policía Nacional del Perú, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificación de los sujetos que han suplantado a los ciudada- nos Ernesto Helard Cano Bustamante, Fermín Quispe Vásquez, Francisca Huashuayo Rimache, Mario Perales Salazar, Carlos Ramírez Vilca, Soledad Castro Castañeda, Toribio Palomino Pacheco y Juan Víctor Espinoza Azalde; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la inscripción electoral y contra la fe pública, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase los actuados al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución Jefatural. Regístrese, comuníquese y publíquese. CELEDONIO MENDEZ VALDIVIA Jefe Nacional 6747 MINISTERIO PUBLICO Aceptan donación de inmueble destinado a construcción de local ins- titucional en el Distrito Judicial de Huancavelica RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO N° 170-2000-SE-TP-CEMP Lima, 13 de junio de 2000 VISTO: El Oficio N° 444-2000-GEP-SE-CEMP, de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos, que eleva las Actas de Sesiones Ordi- narias de Concejo de fechas 26 de agosto de 1999, 11 de noviembre de 1999 y 3 de febrero del 2000 de la Municipalidad Provincial de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, la Municipalidad Provincial de Huancavelica, acordó por unanimidad donar a favor del Ministerio Público el lote de terreno ubicado en el Barrio de San Cristóbal, distrito, provincia y departamento de Huancavelica, que tiene un área total de 386.50 m2 con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por el Norte, con la calle proyectada, con 21.00 m.l., por el Sur: con el muro de contención del río Ichu, con 21.50 m.l., por el Este: con el terreno libre con 16.00 m.l., por el Oeste: con la propiedad de la Municipalidad Provincial de Huancavelica, con 20.80 m.l., el mismo que se encuentra registrado a nombre de la citada Municipalidad en forma independiente en la Ficha Registral N° 003374 - 080601 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral Regional "Los Libertadores Wari" con sede en la ciudad de Huancavelica, habiéndose protocolizado esta donación conforme al Testimonio de Escritura Pública debida- mente inscrito en el Asiento 2 de la indicada Ficha Registral;