Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2000 (14/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 14 de junio de 2000

La Comision Metropolitana de Habilitaciones Urbanas recomienda, que todo MORDAZA de Habilitacion MORDAZA que se lleve a cabo dentro del perimetro de la Lotizacion "Casas Huertas" de Surquillo, deberan reajustarse a la Zonificacion "R3" como es el caso del Expediente Nº 708322-97 seguido por la Sucesion Limas Cruz; Que, por Acuerdo Nº 01 tomado por la Comision Metropolitana de Habilitaciones Urbanas en Sesion Nº 001-2000 del 13-Ene-2000, se acordo: 1).- Modificar sus Acuerdos Nº 05 y Nº 02 tomados en Sesiones Nº 05-99 del 5-Feb-99 y Nº 10-99 del 26-Mar-99, mediante los cuales se aprobo los planos de Trazado y lotizacion de Habilitacion MORDAZA en Via de Regularizacion de los terrenos de 4,781.00 m2 y 2,100.00 m2 de propiedad de la Sucesion Limas MORDAZA y MORDAZA Ocharan MORDAZA respectivamente, ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, en el sentido que ambos procesos gozaran de las excepciones reglamentarias consideradas en la regularizacion del Area de Renovacion MORDAZA de Tratamiento Especial aprobado por Resolucion Nº 327-94-MLM-SMDU de fecha 19-Dic-94, por cuanto forman parte del mismo, y que los lotes estaran destinados al Uso Residencial. 2).- Recomendar a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA, oficie a la Municipalidad Distrital de Surquillo a fin de que formule su propuesta sobre los parametros normativos de estas MORDAZA de Reglamentacion Especial y sea presentado a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para aprobacion, teniendose en consideracion las Normas Especiales sobre Renovacion MORDAZA, Decreto Legislativo Nº 696 del 7/11/91, Decreto Supremo Nº 1195-MTC del 25/7/95 y el Capitulo VI del Reglamento de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana aprobado por Resolucion Suprema Nº 045-79-VC-5500 del 5/ 2/79 y sus modificatorias, entre otras. Que, por Resolucion Nº 035-99-MML-DMDU-DHU del 13-Oct-99 se resolvio, aprobar la valorizacion que debia abonar la Sucesion Limas MORDAZA a la Municipalidad Distrital de Surquillo, por concepto del 2% del aporte de Otros Fines de 89.75 m2 correspondiente al terreno de 4,781.00 m2 calificado con el Uso Residencial de Densidad Media "R3" ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; Que, por Resolucion Nº 004-2000-MML-DMDU-DHU del 14-Mar-2000 se resolvio, aprobar la valorizacion ascendente a la suma de S/. 4,238.50 que debera abonar la Sucesion Limas MORDAZA a la Municipalidad Distrital de Surquillo, por concepto del 2% faltante del aporte de Otros Fines equivalente a 89.75 m2 correspondiente al terreno de 4,781.00 m2 de los cuales 4,487.52 m2 estan calificados para Uso Residencial de Densidad Alta "R5" y 293.48 m2 para uso de Comercio Sectorial "C3" ubicado en el distrito de Surquillo, provincia y departamento de Lima; Que, de conformidad con el Reglamento Nacional de Construcciones, Capitulo VI, Cuadro de Aportes de Areas (En porcentajes de sus Areas Brutas), se establece que el aporte de Otros Fines para la Zonificacion "R5" es del 4% (179.50 m2), y habiendo convenido mediante Carta de Compromiso de Pago de Fraccionamiento del 26-Oct-99 emitido por la Municipalidad Distrital de Surquillo, el pago del 2% (89.75 m2), por lo tanto, queda pendiente de cancelacion del 2% faltante (89.75 m2), el mismo que quedara como carga inscribible en los Registros Publicos; Que, con Oficio Nº 556-99-MML-DMDU-DHU del 13Jul-99 se remite el Informe Nº 85-99-MML-DMDU-DGODHU-DCO del 25-Mar-99 a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control a fin de que determine sobre la procedencia de la exoneracion de la multa impuesta; debiendo remitirse MORDAZA de lo resuelto a la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; Que, estando con el Informe Nº 56-2000-MLM-DMDUDHU-DCO del 14 de marzo del 2000 emitido por la Division de Control de Obras de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y practicada la Inspeccion Ocular por el personal Tecnico de la Division MORDAZA mencionada, se verifico que las Obras de Agua Potable, Alcantarillado y de Electrificacion se encuentran concluidas; Asi mismo, los recurrentes han cumplido con cancelar a las entidades correspondientes las valorizaciones por concepto de los deficits de aportes para el Ministerio de Educacion y SERPAR, asi como la MORDAZA de la documentacion y pagos requeridos en el MORDAZA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Con lo recomendado por la Directora de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Articulo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, el Informe Nº 457-99-MML-OGAJ, la Ordenanza Nº 133

del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARESE, cumplidas por MORDAZA LIMAS MORDAZA, MORDAZA LIMAS MORDAZA, MORDAZA LIMAS MORDAZA, MORDAZA LIMAS MORDAZA, MORDAZA LIMAS MORDAZA y MORDAZA LIMAS MORDAZA, de conformidad con el Plano signado con el Nº 007-2000MLM-DMDU-DHU las Obras de Habilitacion MORDAZA de MORDAZA PROGRESIVO para Uso Residencial de Densidad Alta "R5" y Comercio Sectorial "C3" al terreno de CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTIUNO METROS CUADRADOS (4,781.00 m2) ubicado entre el Jr. El MORDAZA, MORDAZA San MORDAZA y Jr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, dejandose diferida la ejecucion de las Obras de pavimentacion de calzadas y aceras de los pasajes peatonales para ser ejecutadas por los futuros adquirentes de los lotes en un plazo MORDAZA de DIEZ (10) ANOS, contados a partir de la notificacion de la presente Resolucion, y en consecuencia autorizase a la LIBRE VENTA de los lotes que se recepcionan de conformidad con el siguiente cuadro de areas: Del Area Bruta de 4,781.00 m2 corresponde a Area Util de Vivienda destinado al Uso Residencial de Densidad Alta "R5" 3,502.85 m2 y a Uso de Comercio Sectorial "C3" 293.48 m2, distribuidos de la siguiente manera: MANZANA B4 B5 B6 B7 TOTAL Nº LOTES 14 24 11 02 51 NUMERACION 1 AL 14 1 AL 24 1 AL 11 1 AL 02 AREA (m2) 781.20 m2 1,507.13 m2 663.52 m2 844.48 m2 3,796.33 m2

La diferencia de 984.67 m2 esta destinado al uso de pasajes peatonales. El lote Nº 1 de la Manzana "B7" con 293.48 m2 esta destinado al Uso de Comercio Sectorial "C3" ubicado con frente al Jr. MORDAZA MORDAZA Lujan. Articulo Segundo.- EL PROPIETARIO de la presente Habilitacion en los contratos de Compraventa que celebre debera insertar una clausula que establezca la indivisibilidad de los lotes los cuales estaran destinados al Uso Residencial a excepcion del lote Nº 1 de la manzana "B7" destinado al Uso de Comercio Sectorial "C3". Articulo Tercero.- DISPONER, que los propietarios de la presente Habilitacion puedan acogerse a los parametros Normativos de la MORDAZA de Reglamentacion Especial (ZRE) de Renovacion MORDAZA, que se establezcan al momento de su vigencia. Articulo Cuarto.- DEJESE, como carga inscribible en la Oficina Registral de MORDAZA y Callao el pago pendiente por el deficit de aporte para Recreacion Publica de 1,077.00 m2 hasta cuando el Organo de Control de dicho servicio asi lo disponga. Articulo Quinto.- DEJESE, como carga inscribible en la Oficina Registral de MORDAZA y Callao el pago por el deficit del 2% faltante del aporte de Otros Fines equivalente a 89.75 m2 ascendente a la suma de S/. 4,238.50 cuya valorizacion fue aprobada mediante Resolucion Nº 004-2000MML-DMDU-DHU del 14-Mar-2000, hasta la ratificacion de la presente Resolucion por la Municipalidad Distrital de Surquillo quien determinara sobre la obligatoriedad de dicho pago. Articulo Sexto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario contados a partir de la notificacion de la presente, el cual estara a cargo de los interesados. Articulo Septimo.- TRANSCRIBASE, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de Surquillo para que incorpore al radio de su jurisdiccion la presente Habilitacion que se recepciona, y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT), para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 5665

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