Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2000

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TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV

UNIDAD ORGANICA : GERENCIA DE OPERACIONES
REQUISITOS 1 UIT DERECHO DE PAGO APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

Nº DE ORDEN

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

1

AUTORIZACION DE ORGANIZACION DE BOLSAS DE VALORES

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO (x) 30 dias utiles

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Tramite Documentario de CONASEV

1. Solicitud dirigida al Gerente de Operaciones de CONASEV, presentada por no menos de tres (03) personas naturales o juridicas, conteniendo la informacion siguiente: a. Nombre, nacionalidad, estado civil y profesion u ocupacion de cada uno de los organizadores, o en su caso, la razon social de la persona juridica y los datos mencionados referidos a sus representantes legales. b. Nombre de la Bolsa, en el que ha de figurar el termino "Bolsa de Valores". c. Lugar en que funcionara. d. Operaciones y servicios que proyecta realizar. e. Mecanismos centralizados de negociacion de valores que operaran en ella. f. Monto del patrimonio con el que se propone iniciar sus operaciones, el mismo que no debera ser menor al establecido en el articulo 133 de la Ley del MORDAZA de Valores. 2. Los organizadores deben acompanar a su solicitud la siguiente documentacion : a. Proyecto de minuta de constitucion social y estatutos, de acuerdo a lo establecido en el articulo 143 y 146 de la Ley del MORDAZA de Valores, indicando ademas las funciones que va a realizar y sus obligaciones de acuerdo con lo senalado en el articulo 132 y 138 respectivamente de la mencionada Ley. b. Estudio de factibilidad economico-financiera en el que se detalle: i. El estudio de mercado. ii. Analisis de sensibilidad de MORDAZA considerando escenarios normal, optimista y pesimista. iii. La inversion proyectada. iv. El financiamiento. v. La organizacion administrativa. c. Declaracion jurada de cada uno de los organizadores senalando cumplir con los requisitos a que se refiere el articulo 149 de la Ley del MORDAZA de Valores. d. Curriculum vitae de cada uno de los organizadores y de los representantes legales en el caso de personas juridicas. e. Declaracion jurada de cada uno de los organizadores o de los representantes legales, en el caso de personas juridicas; de haber cumplido sus obligaciones tributarias por el periodo sujeto a prescripcion, de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales, asi como de no haber sido declarados en quiebra ni tener procedimiento incoado o sobreseido de tal naturaleza, a la fecha de MORDAZA de la solicitud. f. Comprobante de pago de los derechos respectivos. 3. Remitir MORDAZA simple del aviso a que se refiere el articulo 26º del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, al dia siguiente de su publicacion.

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la la via administrativa.

NORMAS LEGALES
MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

Base Legal : Articulos 132, 133, 138, 143 y 146 de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y articulos 24, 25 y 26 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97.

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