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Pág. 188860 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de junio de 2000COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 2000 TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - CONASEV UNIDAD ORGANICA : GERENCIA DE OPERACIONES Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGOAPROBACION CON EVALUACION PREVIANO REGULADODONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICAPOSITIVONEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS 1AUTORIZACION DE ORGANIZACIÓN 1. Solicitud dirigida al Gerente de Operaciones de CONASEV, presentada 1 UIT (x) Trámite En caso de aprobación, el DE BOLSAS DE VALORES por no menos de tres (03) personas naturales o jurídicas, conteniendo la 30 días Documentariopronunciamiento correspon- información siguiente: útiles de CONASEVde al Directorio. Este pro-a. Nombre, nacionalidad, estado civil y profesión u ocupación de cada uno nunciamiento puede ser de los organizadores, o en su caso, la razón social de la persona jurídica y objeto de Recurso de Recon- los datos mencionados referidos a sus representantes legales. sideración ante el mismob. Nombre de la Bolsa, en el que ha de figurar el término “Bolsa de Directorio, agotando la vía Valores”. administrativa. c. Lugar en que funcionará. En caso de denegatoria, eld. Operaciones y servicios que proyecta realizar. pronunciamiento será emitido e. Mecanismos centralizados de negociación de valores que operarán en por la Gerencia General. ella. Este pronunciamiento puedef. Monto del patrimonio con el que se propone iniciar sus operaciones, el ser objeto de Recurso de mismo que no deberá ser menor al establecido en el artículo 133 de la Ley Reconsideración y/o de del Mercado de Valores. Apelación.2. Los organizadores deben acompañar a su solicitud la siguiente La Apelación será resuelta documentación : por el Directorio, agotando la a. Proyecto de minuta de constitución social y estatutos, de acuerdo a lo la vía administrativa. establecido en el artículo 143 y 146 de la Ley del Mercado de Valores, indicando además las funciones que va a realizar y sus obligaciones de acuerdo con lo señalado en el artículo 132 y 138 respectivamente de la mencionada Ley. b. Estudio de factibilidad económico-financiera en el que se detalle: i. El estudio de mercado.ii. Análisis de sensibilidad de mercado considerando escenarios normal, optimista y pesimista. iii. La inversión proyectada.iv. El financiamiento. v. La organización administrativa. c. Declaración jurada de cada uno de los organizadores señalando cumplircon los requisitos a que se refiere el artículo 149 de la Ley del Mercado de Valores. d. Currículum vitae de cada uno de los organizadores y de los representantes legales en el caso de personas jurídicas.e. Declaración jurada de cada uno de los organizadores o de los representantes legales, en el caso de personas jurídicas; de haber cumplido sus obligaciones tributarias por el período sujeto a prescripción,de no tener antecedentes policiales, penales y judiciales, así como de no haber sido declarados en quiebra ni tener procedimiento incoado o sobreseído de tal naturaleza, a la fecha de presentación de la solicitud.f. Comprobante de pago de los derechos respectivos. 3. Remitir copia simple del aviso a que se refiere el artículo 26º del Reglamento de Registro Público del Mercado de Valores, al día siguiente de su publicación. Base Legal : Artículos 132, 133, 138, 143 y 146 de la Ley del Mercado de Valores,Decreto Legislativo Nº 861 y artículos 24, 25 y 26 del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97.