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Pág. 188876 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de junio de 2000tes, funcionarios y miembros de Comité, de no estar incursos en los siguien- torio, agotando la vía administra- tes impedimentos señalados en el Artículo 273 de la Ley del Mercado de Inafecto tiva. Valores: para la mo-i. Los que tengan impedimento para ser directores y gerentes de conformi- dificación En el caso de la modificación del dad con la Ley de Sociedades; del estatuto estatuto de la Empresa Clasifica- ii. Los quebrados, mientras no sean rehabilitados, así como los directores, dora :gerentes o representantes legales de personas jurídicas quebradas, cuando En caso de aprobación, el pro- la quiebra hubiere sido calificada como fraudulenta y no mediare sentencia nunciamiento corresponde al Di- absolutoria o auto de sobreseimiento; rectorio. Este pronunciamientoiii. Los insolventes, mientras dure esta situación; puede ser objeto de Recurso de iv. Los congresistas, así como los miembros de los órganos del Gobierno Reconsideración ante el mismo Central, y de los Gobiernos Locales y Regionales; Directorio, agotando la vía admi-v. Los que tengan categoría de director, o una más alta, en el Sector Público; nistrativa. vi. Los funcionarios de cualquier nivel de la administración pública o de otras En caso de denegatoria, el pro- entidades del Estado que tengan por finalidad normar, fiscalizar o controlar a nunciamiento será emitido por lalos emisores; Gerencia General. Este pronun- vii. Los directores, funcionarios y empleados de CONASEV; ciamiento puede ser objeto de viii. Los funcionarios y empleados de la Superintendencia de Banca y Segu- Recurso de Reconsideración y/oros, de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pen- de Apelación. siones y del Banco Central de Reserva del Perú; La Apelación será resuelta por ix. Las bolsas, sus gerentes y funcionarios, así como los miembros del Con- el Directorio, agotando la vía ad-sejo Directivo; ministrativa. x. Las instituciones de compensación y liquidación de valores, sus directo- res, accionistas y funcionarios;xi. Los agentes de intermediación, sus accionistas, directores y funcionarios; xii. Los sancionados por CONASEV por falta grave o muy grave, y; xiii. También están impedidos de ser accionistas o socios de una clasifica-dora las empresas bancarias y financieras, así como las sociedades admi- nistradoras, sociedades administradoras de fondos de inversión, adminis- tradoras de fondos de pensiones y las sociedades titulizadoras; asimismo,están impedidos los directores y gerentes de tales empresas y sus accio- nistas que, directa o indirectamente, posean más del cinco por ciento (5%) del respectivo capital social; lo están, también, los miembros del ConsejoDirectivo y los gerentes y funcionarios de las bolsas. La clasificadora y sus integrantes deben tener por actividad exclusiva larelacionada con la clasificación de riesgo. En tal sentido, deben presentar una declaración de no poseer en forma personal tenencias de valores emi- tidos por cualquier otra persona jurídica, exceptuándose de esta prohibiciónlas operaciones referidas a valores representativos de cuotas de Fondos Mutuos, de conformidad con lo señalado en el Artículo 5 del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, aprobado por Resolución CONASEV Nº074-98-EF/94.10, así como la dedicación exclusiva de que trata dicha norma; b) Declaración Jurada de cada uno de los socios organizadores o de los re- presentantes legales, directores y miembros de Comité, de carecer de ante-cedentes policiales, penales y judiciales. c) Asimismo se debe adjuntar el comprobante de pago de los derechos respectivos 3. En el caso de la modificación del estatuto, se debe adjuntar lo siguiente:a. Documento que acredite el acuerdo correspondiente de modificación del estatuto. b. Proyecto de Minuta de modificación del estatuto. c. Fundamentación de la modificación. Base Legal : Artículo 14 del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Ries- go, aprobado por Resolución CONASEV Nº 074-98/EF/94.10, publicada el25/04/98. 26AUTORIZACION A LOS ORGANOS SO-1. Solicitud dirigida al Gerente de Emisores y Empresas. 0.25 UIT 30 días útiles Trámite En caso de aprobación, el pro-CIALES DE LAS EMPRESAS AGRARIAS2. Copia simple del Acta de Junta General de Accionistas. Documentarionunciamiento corresponde al Di- AZUCARERAS PARA ACORDAR LA 3. Documentación e información que el solicitante considere relevante. de CONASEVrectorio. Este pronunciamiento EMISION DE VALORES, O EL OTORGA 4. Comprobante de pago de los derechos respectivos. puede ser objeto de Recurso deMIENTO DE DERECHOS DE SUSCRIP- Reconsideración ante el mismo CION PREFERENTE O ADQUISICION DENota explicativa: Los Actos a que se refiere el Artículo 1 del Decreto de Ur- Directorio, agotando la vía admi-Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGOAPROBACION CON EVALUACION PREVIANO REGULADODONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICAPOSITIVONEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS