Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

Nº DE ORDEN REQUISITOS APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS

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cion de las labores; c) Tener debidamente abiertos los libros contables y demas registros legales, sin perjuicio de los otros que exija CONASEV; 3. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulo 24 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos aprobado mediante Resolucion CONASEV 001-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97. 1 UIT 30 dias utiles. Tramite Documentario de CONASEV Gerente General Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de reconsideracion y/o Apelacion. La apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via Administrativa.

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INSCRIPCION DE VALORES EMITIDOS CON RESPALDO EN PATRIMONIOS FIDEICOMETIDOS EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES.

NORMAS LEGALES

1. Solicitud de inscripcion en el Registro dirigida al Gerente de Emisores y Empresas, adjuntando la siguiente documentacion: a) Comunicacion del representante legal correspondiente solicitando la inscripcion de los valores en el Registro; b) Declaracion suscrita por el originador y el emisor informando del acuerdo a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo anterior, con la fundamentacion correspondiente; c) MORDAZA simple del acuerdo del organo social competente del o de los fideicomitentes para iniciar el MORDAZA de titulizacion y decidir la transferencia fiduciaria de los activos que integraran el patrimonio fideicometido; d) Declaracion respecto de los efectos que se derivan de la transferencia fiduciaria de los activos en la situacion financiera y el patrimonio del o de los fideicomitentes, suscrita por representante autorizado de los mismos; e) Prospecto informativo, con el contenido que se senala en el Articulo 45º del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 001-97-EF/94.10; f) MORDAZA simple del instrumento relativo al contrato o acto unilateral constitutivo del fideicomiso, o el instrumento MORDAZA y su complemento, de ser el caso; g) Contrato celebrado con el servidor para la administracion del cobro de los derechos que confieren los activos, de ser el caso; h) Contrato de custodia de los activos y documentos relativos a ellos, de ser el caso; i) Instrumento por el que se emiten los valores representativos de derechos de credito, en el caso a que se refiere el inciso b) del MORDAZA parrafo del Articulo 14 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 001-97-EF/94.10.; j) Contrato suscrito con intermediario autorizado para la colocacion de los valores, de ser el caso; k) Modelo del valor, cuando los valores a emitir vayan a ser representados mediante titulos; l) Los dos (2) ultimos estados financieros auditados del patrimonio fideicometido, o por el tiempo de existencia, y ultimos estados financieros sin auditar, debiendo contar en este ultimo caso con opinion favorable de una reconocida sociedad auditora e incluir una descripcion de los principios y principales politicas contables utilizadas y a utilizar para su elaboracion; m) De no haberse efectuado a traves del acto constitutivo, instrumento por el que se designa al factor fiduciario y, cuando corresponda, a los miembros de la comision administradora u organo equivalente, acompanada de la declaracion jurada de no encontrarse sujetos a impedimentos y Curriculum Vitae de cada uno de ellos; n) Toda aquella otra documentacion e informacion que MORDAZA relevantes para los inversionistas; o) Toda aquella documentacion e informacion adicional que solicite CONASEV. 2. Sin perjuicio de los requisitos anteriores, para la inscripcion del valor en el registro se requiere obtener la clasificacion correspondiente en el caso de: a. Emision de valores representativos de derechos crediticios; b. Emision de valores que representen un derecho de participacion en un patrimonio fideicometido conformado preponderantemente por uno o mas creditos. 3. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

Base Legal: Articulos 44 y 45 del Reglamento de los Procesos de Titulizacion de Activos aprobado mediante Resolucion CONASEV 001-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97.

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