Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

Nº DE ORDEN REQUISITOS 0,25UIT APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO

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INSCRIPCION DE VALORES MOBILIARIOS, PREVIAMENTE EMITIDOS Y QUE SERAN NEGOCIADOS EN MECANISMOS CENTRALIZADOS DE NEGOCIACION DE VALORES, EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES.

1. Expediente de inscripcion del valor mobiliario presentado por la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, dentro de los cinco dias de adoptado el acuerdo. 2. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO 10 dias utiles.

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Tramite Documentario de CONASEV

Nota: El pago de los derechos respectivos debera ser efectuado en la tesoreria de CONASEV, presentando dicho comprobante de pago en las oficinas de la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, a efectos de iniciar el tramite ante la misma.

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS Gerente de Emisores y Empresas Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

Base Legal: Articulos 16 y 17 del Reglamento de Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 079-97EF/94.10, publicada el 14/02/97. Articulos 22, 23 y 24 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobada mediante Resolucion CONASEV N° 125-98-EF/94.10, publicada el 11/09/98. Inafecto 10 dias utiles. Tramite Documentario de CONASEV

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EXCLUSION DE VALORES DEL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES, QUE SIMULTANEAMENTE ESTEN INSCRITOS EN UN MECANISMO CENTRALIZADO DE NEGOCIACION DE VALORES. 0,25 UIT (*)

1. Expediente de exclusion del valor mobiliario presentado por la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, dentro de los cinco dias de adoptado el acuerdo. 2. Comprobante de pago de los derechos respectivos (*)

(*) Cuando la exclusion se realice en virtud del articulo 37, inciso a) de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, publicado el 22/10/96:

Gerente de Emisores y Empresas Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

Nota: El pago de los derechos respectivos debera ser efectuado en la tesoreria de CONASEV, presentando dicho comprobante de pago en las oficinas de la Bolsa de Valores o entidad responsable del Mecanismo Centralizado de Negociacion de Valores, a efectos de iniciar el tramite ante la misma.

NORMAS LEGALES

Base Legal: Articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Resolucion CONASEV N° 079-97-EF/94.10, publicada el 14/02/97. Articulos 22, 23 y 29 del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobada mediante Resolucion CONASEV N° 125-98-EF/94.10, publicada el 11/09/98. 0,25 UIT 30 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV Gerente de Emisores y Empresas Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por la Gerencia General, agotando la via administrativa.

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EXCLUSION DE VALORES INSCRITOS UNICAMENTE EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES CUANDO LA EXCLUSION SE REALICE A SOLICITUD DE PARTE.

1. Solicitud del emisor dirigida al Gerente de Emisores y Empresas, solicitando la exclusion del valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores o, 2. Solicitud realizada por los titulares de los valores a ser excluidos, respaldada por el MORDAZA favorable de quienes representen no menos de dos terceras (2/3) partes de los valores emitidos. 3. Comprobante de pago de los derechos respectivos.

Base Legal: Articulos 37, 38 y 39 de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo N° 861, publicada el 22/10/96. 0,25 UIT 5 dias utiles Tramite Documentario de CONASEV Gerente General Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de reconsideracion y/o Apelacion. La apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la via Administrativa.

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AUTORIZACION PARA EFECTUAR UNA OFERTA PUBLICA DE COMPRA EN EL CASO DE VALORES QUE SE ENCUENTREN INSCRITOS UNICAMENTE EN EL REGISTRO PUBLICO DEL MORDAZA DE VALORES.

1. Solicitud dirigida al Gerente de Emisores y Empresas, comunicando la realizacion de una oferta publica de compra, acompanando la siguiente documentacion: a) Modelo de aviso de la oferta, que contiene como minimo la siguiente informacion: - Identificacion del o de los oferentes; - Nombre de la sociedad agente de bolsa por cuyo conducto se realiza la oferta; - Resolucion de CONASEV que dispone la exclusion del valor del Registro, condicionada a la realizacion y liquidacion de la OPC; - Nombre del Emisor cuyos valores se pretende comprar; - Denominacion y clase del valor que se pretende comprar; - Precio que se ofrece pagar, el cual debe expresar la moneda de pago y el MORDAZA de cambio, de ser el caso; - Plazo de liquidacion y modalidad de pago; - Plazo de la oferta, indicando fecha y hora limite;

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