Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2000 (28/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

Nº DE ORDEN REQUISITOS APROBACION AUTOMATICA NO REGULADO

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DERECHO DE PAGO

CALIFICACION CON EVALUACION PREVIA POSITIVO NEGATIVO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE

DE VALORES

Pag. 188862

Base Legal : Articulo 164 de la Ley de MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, publicada el 22/10/96.

AUTORIDAD Y RECURSOS IMPUGNATIVOS objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la la via administrativa. En caso de aprobacion, el pronunciamiento corresponde al Directorio. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion ante el mismo Directorio, agotando la via administrativa. En caso de denegatoria, el pronunciamiento sera emitido por la Gerencia General. Este pronunciamiento puede ser objeto de Recurso de Reconsideracion y/o de Apelacion. La Apelacion sera resuelta por el Directorio, agotando la la via administrativa.

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AUTORIZACION DE ORGANIZACION DE LAS INSTITUCIONES DE COMPENSACION Y LIQUIDACION DE VALORES (ICLV)

1UIT

(x) 30 dias utiles

Tramite Documentario de CONASEV

NORMAS LEGALES
MORDAZA, miercoles 28 de junio de 2000

1. Solicitud dirigida al Gerente de Operaciones de CONASEV por el numero de organizadores que satisfaga lo establecido en el inciso d) del articulo 226 de la Ley del MORDAZA de Valores, conteniendo la siguiente informacion : a. Respecto de los organizadores : i. Denominacion social, numero de RUC, datos de constitucion e inscripcion en los Registros Publicos o en la dependencia equivalente en caso de organizadores constituidos en el extranjero, la identidad de sus diez principales accionistas, precisando aquellos que posean en forma directa o indirecta mas del diez por ciento (10%) del capital social o la identidad de sus asociados, segun el caso. ii. Nombre, documento de identidad, domicilio, numero de Registro Unico de Contribuyente de ser el caso, nacionalidad, estado civil, profesion u ocupacion del representante legal de los organizadores. iii. Nombre y documento de identidad de la persona que represente a los organizadores ante CONASEV. iv. Domicilio donde se remitiran las comunicaciones. b. Respecto de la ICLV a organizar: i. Denominacion social, la que debera incluir la expresion Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores o su abreviatura "ICLV". ii. Perfil del negocio, precisando las operaciones y servicios a realizar de conformidad con los articulos 223 y 227 de la Ley del MORDAZA de Valores y articulo 13 del Reglamento de ICLV. iii. El lugar en el que funcionara la sede principal, sus demas sedes y los Mecanismos Centralizados donde se efectuen las operaciones cuya compensacion y liquidacion llevara a cabo. iv. El monto del capital social con el que se propone iniciar sus actividades, con indicacion de la modalidad de pago de los aportes. 2. Los organizadores deben acompanar a su solicitud, la siguiente documentacion : a. Curriculum vitae de sus representantes legales. b. Declaracion jurada de cada uno de los organizadores suscrita por sus representantes legales de no estar incursos en los impedimentos senalados en el MORDAZA parrafo del articulo 15 del Reglamento de ICLV. c. Declaracion jurada de cada uno de sus representantes legales de no tener antecedentes penales ni policiales. d. Adicionalmente en el caso de organizadores extranjeros presentar MORDAZA que acredite que desempenan actividades vinculadas a la compensacion y liquidacion expedida por autoridad competente de su respectivo MORDAZA, haciendo mencion a la denominacion y domicilio de la MORDAZA, si existiere o en su defecto, otro documento que lo acredite. e. Proyecto de minuta de constitucion social de la institucion de compensacion y liquidacion por organizar, la misma que contendra el estatuto, el cual debe sujetarse a la Ley del MORDAZA de Valores, Ley de Sociedades, Ley 26887 e incorporar lo siguiente: i. La denominacion social la que debera incluir la expresion "Institucion de Compensacion y Liquidacion de Valores" o su abreviatura "ICLV". ii. El objeto social en forma expresa, observando la exclusividad prevista

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