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Pág. 189362 NORMAS LEGALES Lima, viernes 30 de junio de 2000 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República JUAN CARLOS HURTADO MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 7539 JUSTICIA Autorizan viaje de miembro de la Comi- sión Consultiva del Ministerio a Suiza para participar en conferencia sobre iniciativas de cooperación para resolu- ción de conflictos RESOLUCION SUPREMA Nº 109-2000-JUS Lima, 27 de junio del 2000 Vista la carta del Presidente de la Fundación Crans Montana Forum de fecha 7 de abril del 2000; CONSIDERANDO: Que del 28 de junio al 2 de julio del 2000, la Funda- ción Crans Montana Forum, realizará una Conferencia con la participación de Ministros de diversos países para abordar entre otros temas el desarrollo regional de iniciativas de cooperación para la resolución de conflic- tos, en la ciudad de Ginebra - Suiza; Que el doctor JAIME DELGADO BARRERA, Miem- bro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Justicia, ha sido designado para participar en el mencionado evento; Que en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario, así como los gastos a realizarse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 031-89-EF y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor JAIME DEL- GADO BARRERA, Miembro de la Comisión Consultiva del Ministerio de Justicia, del 28 de junio al 2 de julio del 2000, a la ciudad de Ginebra - Suiza, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolu- ción Suprema por concepto de pasajes US$ 2,711.20, viáti- cos US$ 1,300.00, tarifa de aeropuerto - Lima de US$ 25.00 y tarifa de aeropuerto - Suiza US$ 37.80 serán cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia 7504P R E S Aprueban la actualización y modifica- ción del Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos del Fondo Nacio- nal de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES DECRETO SUPREMO Nº 011-2000-PRES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Compensación y Desa- rrollo Social - FONCODES tiene como misión financiar proyectos de inversión social en todo el país, presenta- dos por organismos creados por la propia población, por comunidades campesinas y nativas, por diferentes orga- nismos religiosos asentados en las zonas populares, por Organismos No Gubernamentales, por Municipalida- des Provinciales o Distritales, por Organismos del Esta- do y en general por cualquier Institución o Grupo Social que represente a una comunidad organizada o que trabaje en beneficio de la comunidad y que busque un beneficio de tipo social para ésta; Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha estableci- do la obligación a todas las Entidades de la Administra- ción Pública de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), así como su actualización anual; Que, mediante Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se han determinado las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de las obligaciones a que se refiere el considerando precedente; Que, mediante Oficio Nº 865-2000-FONCODES/DE el Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Compen- sación y Desarrollo Social - FONCODES ha remitido un proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de su Institución, el cual incor- pora procedimientos administrativos y actualiza los consignados en el TUPA que fuera aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-99-PRES; Que, resulta necesario aprobar la actualización y modificación del Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos - TUPA del Fondo Nacional de Compensa- ción y Desarrollo Social - FONCODES; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Legislativo Nº 757 y el Decreto Supremo Nº 094-92-PCM; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la actualización y modifica- ción del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES, que en anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Déjese sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente norma. Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de la Presidencia. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- trés días del mes de junio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia