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Pág. 184544 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de marzo de 2000 DESCRIPCION VALOR US$ - Una Camioneta Pick-up 24 490,00 Marca :MAZDA Tipo de carrocería :Cabina doble. Modelo :B2500 4x4 C/D STD 02 Año :1998 Color :Plata Serie / Chasis :JM7UFYOW5W0137863 Motor Nº :WL402389. - Alarma a control remoto y aire acondicionado 1 150,00 - Logotipo 177,00 - Póliza de Seguro 1 774,18 --------------- TOTAL US$ 27 591,18 Artículo 2º.- Agradecer al Programa de Cooperación Técnica para la Pesca CEE-VECEP ALA 92/43 por su importante contribución. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a la Contraloría General de la República dentro de los cinco (5) días de su expedición y a la Superintendencia de Bienes Nacionales dentro de plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 2860 Otorgan licencia a empresa para ope- rar plantas de congelado, enlatado y curado de productos hidrobiológicos RESOLUCION DIRECTORAL Nº 027-2000-PE/DNPP Lima, 8 de marzo del 2000 Visto los escritos con Registro Nº CE-00130003 de fechas 23 de agosto y 22 de noviembre de 1999 presenta- dos por la empresa AMERICAN FOOD S.A. CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º inciso b) numeral 4), 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la instalación de establecimientos industriales pesqueros se requiere de autorización, la que constituye un derecho específico que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que el Artículo 55º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 09- 94-PE, establece que las personas naturales y jurídicas que se dediquen al procesamiento o transformación de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo e indirecto, requerirán de autorización para la instalación o aumento de la capacidad de operación del estable- cimiento industrial; Que mediante Resolución Ministerial Nº 411-96- PE de fecha 8 de agosto de 1996, se otorgó a AMERI- CAN FOOD S.A., licencia de operación, en adecuación a la Ley General de Pesca y su Reglamento, para que desarrolle la actividad de procesamiento pesquero de productos hidrobiológicos a través de su planta de congelado, en su establecimiento industrial ubicado en la Av. San Martín Nº 115, distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica; con una capacidad instalada de 4 t/día; Que a través de los escritos del visto, la empresa AMERICAN FOOD S.A. solicita autorización para incre- mentar la capacidad instalada de su planta de congelado a 20 t/día, autorización para la instalación de plantas de enlatado y curado, y licencia para la operación de las plantas mencionadas, ubicadas en su establecimiento industrial pesquero citado en el considerando anterior; Que la Dirección del Medio Ambiente mediante Oficio Nº 639-99-PE/DIREMA de fecha 7 de octubre de 1999, manifiesta que ha recaído calificación favorable sobre elEstudio de Impacto Ambiental presentado por la recu- rrente; Estando a lo informado por la Dirección de Normas de la Dirección Nacional de Procesamiento Pesquero, me- diante Informe Nº 155-99-PE/DNPP-Dn de fecha 24 de setiembre de 1999, el cual sustenta la procedencia técnica de lo solicitado y señala que la recurrente ha cumplido con los requisitos establecidos en los Procedimientos Nºs. 16 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 001-98-PE y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con los Artículos 43º inciso b) numeral 4, 44º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, los Artículos 55º, 57º y 60º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 09-94-PE, Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a AMERICAN FOOD S.A. (ALA- MESA), autorización, en vía de regularización, para in- crementar la capacidad instalada de su planta de conge- lado de 4 a 20 t/día y para la instalación de las plantas de enlatado y curado de productos hidrobiológicos con las capacidades proyectadas de 640 cajas/turno y 43 t/mes, respectivamente, con destino al consumo humano direc- to, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la calle San Martín Nº 115, distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica. Artículo 2º.- Otorgar a AMERICAN FOOD S.A. licen- cia para la operación de sus plantas de congelado, enlata- do y curado, destinadas a las actividades de procesamien- to de recursos hidrobiológicos para el consumo humano directo, en el establecimiento industrial pesquero referi- do en el artículo precedente, con las siguientes capacida- des instaladas: Congelado :20t/día Enlatado :640 cajas/turno Curado :43t/mes La planta de congelado incluye una cámara para el almacenamiento de productos congelados con una capaci- dad de 103 t. Artículo 3º.- AMERICAN FOOD S.A., deberá operar sus plantas de congelado, enlatado y curado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que garanticen el desarro- llo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo deberá implementar un sistema de control del proceso que garan- tice la óptima calidad del producto final y cumplir con ejecutar las medidas de mitigación planteadas en su Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente, a través del Oficio Nº 639-99-PE/DIREMA de fecha 7 de octubre de 1999. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo establecido en el artículo precedente será causal de caducidad del derecho otorgado. Artículo 5º.- Incorporar a los Anexos Nºs. II y IV "Plantas de Procesamiento Pesquero Enlatado y Curado" a las plantas de enlatado y curado de AMERICAN FOOD S.A. instaladas en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la calle San Martín Nº 115, distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica, con las capacidades de 640 cajas/turno y 43 t/mes, respectiva- mente. Artículo 6º.- Modificar la Resolución Ministerial Nº 394-98-PE con respecto a la capacidad de la planta de congelado de la empresa AMERICAN FOOD S.A., de- biendo consignar una capacidad verificada de 20 t/día. Artículo 7º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección Regional de Pesquería Ica. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN CANALES SALVATIERRA Director Nacional de Procesamiento Pesquero (e) 2861