Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2000 (11/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2000

PCM
Encargan la Cartera de Relaciones Exteriores al Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 130-2000-PCM MORDAZA, 9 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Relaciones Exteriores, doctor MORDAZA de Trazegnies Granda, se ausentara del MORDAZA del 10 al 11 de marzo del 2000, con la finalidad de participar en las ceremonias de Transmision de Mando Presidencial en la Republica de Chile; Que, en consecuencia, es necesario encargar el Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al ingeniero MORDAZA Pandolfi Arbulu, Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a partir del 10 de marzo del 2000 y mientras dure la ausencia del titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 2956

Que, en consecuencia, es necesario modificar la referida norma; De conformidad con lo establecido en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, en el Decreto Legislativo Nº 560 -Ley del Poder Ejecutivo-, asi como en el Articulo 6º de la Ley Nº 26889 -Ley MORDAZA para la Produccion y Sistematizacion Legislativa-; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el Decreto Supremo Nº 16099-EF, a fin de establecer que el propietario de los inmuebles a que se refiere el citado Decreto Supremo es la Empresa Minero Peru S.A. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de marzo del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 2953

Aprueban operacion de endeudamiento externo destinada a financiar parcialmente el "Programa Sectorial de Reforma de las Finanzas Publicas"
DECRETO SUPREMO Nº 021-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 16º de la Ley Nº 27211, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 900 000 000,00 (DOS MIL NOVECIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo mediante la forma de Cooperacion Tecnica Reembolsable con el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por US$ 6 500 000,00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar, parcialmente, el "Programa Sectorial de Reforma de las Finanzas Publicas"; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 6º de la Ley Nº 27211; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27211; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo que, mediante la forma de Cooperacion Tecnica Reembolsable, concertara el Gobierno de la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por US$ 6 500 000,00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinada a financiar, parcialmente, el "Programa Sectorial de Reforma de las Finanzas Publicas". El prestamo sera cancelado en un plazo total de veinte (20) anos, que incluye tres (3) anos de periodo de MORDAZA, mediante cuotas de amortizacion semestrales, consecuti-

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el D.S. Nº 160-99-EF, a fin de precisar que la Empresa Minero Peru S.A. es propietaria de inmuebles que seran transferidos al Ministerio de Relaciones Exteriores
DECRETO SUPREMO Nº 020-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 160-99-EF de fecha 6 de octubre de 1999, se aprobo la transferencia de inmuebles de propiedad del Banco Minero del Peru en Liquidacion, a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que este en nombre del Gobierno de la Republica del Peru lo transfiera en propiedad privada a la Republica de Bolivia; Que, los inmuebles referidos en el citado Decreto Supremo, ubicados en el edificio situado en la primera cuadra de la MORDAZA Bolivia, en la jurisdiccion del distrito de Pueblo MORDAZA, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, no son de propiedad del Banco Minero del Peru, en Liquidacion, sino de la Empresa Minero Peru S.A.;

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