Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2000 (11/03/2000)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 11 de marzo de 2000

parte de las Delegaciones de la Policia Nacional del Peru, en los casos que corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial el Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 2891

Articulo 1º.- Modificar el extremo pertinente del Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 249-99-MTC/ 15.16, que otorgo a SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A., Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Complementario Privado, en el sentido siguiente: "ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS AUTORIZADOS. DEPARTAMENTOS: ICA, MORDAZA Y HUANCAVELICA - MORDAZA, Churropampa, Nasca, Palmapampa, MORDAZA, San MORDAZA de Marcona (Militar)." Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 249-99-MTC/15.16 del 2 de octubre de 1999, continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aereo 2915

Modifican resolucion que otorgo a empresa permiso de operacion de servicio aereo especial complementario privado
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 056-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 28 de febrero del 2000 Vista la solicitud de SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A., sobre Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio Aereo Especial Complementario Privado; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 249-99-MTC/ 15.16 del 2 de octubre de 1999 se concedio a SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A., la Renovacion de su Permiso de Operacion para prestar Servicio Aereo Especial Complementario Privado, por un plazo de cinco (5) anos contados a partir del 26 de noviembre de 1999; Que, en el presente tramite la recurrente solicita la Modificacion del Permiso de Operacion MORDAZA mencionado, en el sentido de incrementar sus zonas de operacion con el aerodromo de San MORDAZA de Marcona; Que, SHOUGANG HIERRO PERU S.A.A ha presentado el convenio que tiene suscrito con el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el cual se acredita que esta MORDAZA le autoriza el uso del aerodromo (militar) de San MORDAZA de Marcona, por el plazo de veinte (20) anos contados a partir del 5 de enero de 1994; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 0342000-MTC/15.16.02, emitido por la Direccion de Asesoria Legal; Memorandum Nº 0058-2000-MTC/15.16.6, emitido por la Direccion de Seguridad de Vuelo y Personal Aeronautico; Memorandum Nº 038-2000-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdireccion de Material Aeronautico; Informe Nº 006-2000-MTC/15.16.05.3, emitido por la Subdireccion de Operaciones Aereas; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670; su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento, las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes;

ONPE
Autorizan contratacion de diversos bienes y servicios que seran utilizados en el desarrollo del MORDAZA electoral del ano 2000
RESOLUCION JEFATURAL Nº 095-2000-J/ONPE MORDAZA, 16 de febrero del 2000 VISTO: Visto el Informe Nº 006-2000-GAF/ONPE de fecha 15 de febrero del 2000, presentado por la Gerencia de Administracion y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, es un organismo MORDAZA dispuesto por la Constitucion Politica del Estado; Que, como tal, adecua sus acciones administrativas en materia de provision de bienes y contratacion de servicios a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y a su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, de acuerdo a lo informado por la Gerencia de Administracion y Finanzas, los procesos de adquisiciones de bienes y servicios detallados en el Oficio Nº 048-2000GAF/ONPE, necesarios para el desarrollo del MORDAZA Electoral del ano 2000 convocado mediante Decreto Supremo Nº 040-99/PCM, constituyen casos de adquisiciones de urgencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" Ley Nº 26850 y su Reglamento, asi como por el Decreto Supremo Nº 039-98/PCM, se ha configurado la situacion de Urgencia, de conformidad con el supuesto de hecho del Articulo 21º de la Ley; en consecuencia, las adquisiciones de bienes y servicios incluidos en los informes mencionados, se encuentran inmersos en la causal de exoneracion prevista en el Articulo 19º inciso c) de la mencionada Ley; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 13º de la Ley Nº 26487 "Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales" y el Articulo 20º de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado"; Con las visaciones de la Gerencia de Administracion y Finanzas y la Gerencia de Asesoria Juridica;

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