Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2000 (29/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

DIARIO OFICIAL

FUNDADO EN 1825

POR EL

LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

Director: MORDAZA MORDAZA Orbegozo

NORMAS LEGALES
"ANO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR"
ANO XVIII - Nº 7219

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MORDAZA, miercoles 29 de marzo de 2000

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AGRICULTURA
Declaran en situacion de urgencia continuidad de operaciones de transporte maritimo y extraccion de Guano de las Islas que ejecuta PROABONOS
DECRETO SUPREMO Nº 007-2000-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26857 se crea el Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, como organo tecnico, desconcentrado del Ministerio de Agricultura, encargado de la extraccion, procesamiento y comercializacion del Guano de las Islas, en el MORDAZA de la actividad empresarial subsidiaria del Estado; Que, PROABONOS requiere contratar los servicios de mantenimiento y reparacion de sus dos principales embarcaciones, la barcaza "Rio Previsto" y el remolcador "Alcatraz", las cuales constituyen una sola unidad operativa para el transporte maritimo del Guano de las Islas; Que, la empresa Servicios Industriales de la MORDAZA Sociedad Anonima, MORDAZA - PERU S.A., es la unica empresa que esta en capacidad de ofrecer dichos servicios a la barcaza "Rio Previsto", dado que cuenta con la infraestructura idonea para ejecutar trabajos en buques de alto calado; Que, la necesidad de contar con MORDAZA embarcaciones en buenas condiciones, a partir del mes de marzo del 2000, configura una situacion de urgencia, dado que se requiere garantizar el servicio de transporte maritimo del Guano de las Islas durante la MORDAZA de extraccion de guano del presente ano; Que, asimismo, las embarcaciones de PROABONOS requieren del continuo abastecimiento de petroleo diesel Nº 2 para el desarrollo de sus actividades de cabotaje y de maniobras de embarque de Guano de las Islas, siendo Petroleos del Peru Petroperu S.A., el unico proveedor de dicho combustible en la rada del Puerto del Callao; Que, la existencia de un solo proveedor, en cada uno de los casos MORDAZA mencionados, hace que el MORDAZA de seleccion que se convoque, concurso publico y licitacion publica, respectivamente, no cumpla funcion alguna;

Que, de otra parte, la ejecucion de la "Campana de Extraccion de Guano de las Islas 2000", demanda del abastecimiento de alimentos para el personal, como son viveres frescos, viveres secos, animales en pie y agua potable, con un monto total anual que corresponde a un MORDAZA de licitacion publica, cuyos plazos de ejecucion comprometerian en forma directa e inminente el inicio de las labores de extraccion programadas para el mes de febrero proximo; Que, es indispensable asegurar la continuidad de las operaciones de transporte maritimo y de extraccion de Guano de las Islas que ejecuta PROABONOS; Que, la ausencia de dichos bienes constituye una situacion de urgencia prevista en los Articulos 19º, literal c), y 21º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en consecuencia, resulta necesario exonera a PROABONOS de los requisitos de licitacion publica y concurso publico para la adquisicion de los bienes y servicios MORDAZA mencionados; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2000, en los Articulos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y en el Articulo 44º, literal c) de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Declarase en situacion de urgencia, por el plazo de 180 dias, la continuidad de las operaciones de transporte maritimo y de extraccion de Guano de las Islas que ejecuta el Proyecto Especial de Promocion del Aprovechamiento de Abonos Provenientes de Aves Marinas - PROABONOS, del Ministerio de Agricultura, en el MORDAZA de su plan anual de extraccion en islas y puntas guaneras del litoral peruano. Articulo 2º.- Exonerase a PROABONOS del requisito de Concurso Publico para la contratacion de los servicios de mantenimiento y reparacion de la barcaza "Rio Previsto" y de su remolcador "Alcatraz", hasta por el monto de S/. 1 200 000,00 (Un Millon Doscientos Mil y 00/100 Nuevos Soles); asi como del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de petroleo diesel Nº 2, hasta por la suma de S/. 374 000,00 (Trescientos Setenticuatro Mil y 00/100 Nuevos Soles) y de alimentos para personas, hasta por la suma de S/. 800 000,00 (Ochocientos Mil y 00/100 Nuevos Soles); autorizandolo a efectuarlas por adjudicacion directa de menor cuantia. Articulo 3º.- Autorizase a PROABONOS a contratar con la empresa Servicios Industriales de la MORDAZA Sociedad Anonima, MORDAZA - PERU S.A. el servicio de mantenimiento y reparacion de la barcaza "Rio Previsto" y de su remolcador "Alcatraz", y con Petroleos del Peru - Petroperu S.A., el abastecimiento de Petroleo Diesel Nº 2 para sus embarcaciones.

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