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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2000 (29/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

Pág. 185168 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de marzo de 2000 Artículo 2º.- El viaje autorizado precedentemente será con cargo al presupuesto del INICTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 300.00 Tarifa por uso de aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no da dere- cho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3642 Modifican resolución que otorgó a em- presa permiso para prestar servicio de transporte aereo internacional regular de pasajeros, carga y correo RESOLUCION DIRECTORAL Nº 044-2000-MTC/15.16 Lima, 17 de febrero del 2000 Vista la solicitud de KLM - COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIACION, sobre Modificación de Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasaje- ros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 656-97-MTC/ 15.16 del 22 de diciembre de 1997, modificada por la Reso- lución Directoral Nº 193-99-MTC/15.16 del 27 de setiembre de 1999, se otorgó a KLM - COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIACION, de conformidad a lo establecido en el "Acuer- do Bilateral sobre Transporte Aéreo celebrado entre los Gobiernos del Perú y el Reino de los Países Bajos" Permiso de Operación para prestar un Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de tres (3) años; Que, KLM - COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIA- CION, en el presente trámite de Modificación de Permiso de Opera- ción solicita el incremento de una (1) frecuencia semanal en la ruta Amsterdam - Aruba - Lima - Santiago de Chile y vv., con derechos de tráfico de Tercera, Cuarta y Quinta Libertad del Aire, en adición a las frecuencias que tiene autorizadas en su Permiso de Operación; Que, KLM - COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIA- CION cuenta con la designación correspondiente emitida por la Dirección General de Aeronáutica Civil del Gobierno de los Países Bajos, para efectuar servicios de transporte aéreo regu- lar internacional de pasajeros, carga y correo; Que, según los términos del Memorándum Nº 004-2000- MTC/15.16.02 emitido por la Dirección de Asesoría Legal, se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; y demás normas vigentes; De conformidad con la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronáutica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; la Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; las Regulaciones Aero- náuticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar -en el extremo pertinente- el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 656-97-MTC/15.16, modificada por la Resolución Directoral Nº 193-99-MTC/15.16, que otorgó a KLM - COMPAÑIA REAL HOLANDESA DE AVIACION, Permiso de Operación de Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, quedando de la siguiente forma: RUTAS, FRECUENCIAS Y DERECHOS AERO- COMERCIALES: DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA Y CUARTA LIBERTAD DEL AIRE:- AMSTERDAM - ARUBA - LIMA y vv., con seis (6) frecuen- cias semanales. DERECHOS DE TRAFICO DE QUINTA LIBERTAD DEL AIRE: - LIMA - SANTIAGO DE CHILE y vv., con seis (6) frecuen- cias semanales. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Ministe- rial Nº 656-97-MTC/15.16 del 22 de diciembre de 1997, modifi- cada por la Resolución Directoral Nº 193-99-MTC/15.16 del 27 de setiembre de 1999, continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS HARMES BOURONCLE Director General de Transporte Aéreo 3566 Aprueban Instrumento de Inscripción y/o Rectificación de Título de Propie- dad, a utilizarse en formalización de propiedad en programas de vivienda del Estado a cargo de COFOPRI COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 052-2000-COFOPRI/GG Lima, 23 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Pro- moción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - CO- FOPRI, como organismo rector máximo encargado de dise- ñar y ejecutar de manera integral, comprehensiva y rápida un programa de formalización de la propiedad y su mante- nimiento dentro de la formalidad, a nivel nacional, centra- lizando las competencias y toma de decisiones a este respec- to; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2000-MTC de fecha 13 de marzo de 2000, se aprobó el Reglamento de Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de COFOPRI; Que, el Artículo 22º del Reglamento señala que tratándose de Títulos de Propiedad con deficiencias subsanables, una vez subsanadas éstas por el adjudicatario, COFOPRI emitirá el Instrumento de Inscripción y/o Rectificación de Título de Propie- dad, con la finalidad de que el Título sea presentado al Registro Predial Urbano; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Final del Reglamento señala que, mediante Resolución de Gerencia Ge- neral se establecen las características, el contenido y el formato de los Instrumentos de Inscripción y/o Rectificación de Títulos de Propiedad; Que, es necesario aprobar el formato referido en el conside- rando que antecede a efectos de continuar con el proceso de formalización; Con la opinión favorable de las Gerencias de Planeamiento y Operaciones, Titulación, Asesoría Legal y Campo; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aprobar las características, el conte- nido y el formato del Instrumento de Inscripción y/o Rectifi- cación de Título de Propiedad, que será utilizado dentro del proceso de Formalización de la Propiedad en Programas de Vivienda del Estado a cargo de COFOPRI. (Artículo 22º del Reglamento). Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DELGADO BARREDA Gerente General de COFOPRI