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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2000 (29/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 185172 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de marzo de 2000 Vistos; la invitación remitida al Defensor del Pueblo, por la Asociación Internacional para la Vigilancia Civil del Cumpli- miento de la Ley (IACOLE), para que participe en la reunión de su Consejo Directivo los días 31 de marzo y 1 de abril del 2000, en la ciudad de Madrid, España; y asimismo el Memorando Nº 183-2000-DP/GAF con su correspondiente Anexo 3A Nº 006; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Madrid, España, del 31 de marzo al 1 de abril del presente, tendrá lugar la reunión del Consejo Directivo de la Asociación Internacional para la Vigilancia Civil del Cumplimiento de la Ley (conocido por su acrónimo en inglés, IACOLE), al que asistirá el Defensor del Pueblo en su calidad de miembro de dicho consejo según la decisión realizada a tal efecto por la asamblea general de la Asociación reunida en Sidney, Australia en setiembre de 1999; Que, con ocasión de su visita a España, el Defensor del Pueblo se entrevistará con su homólogo español en funciones, el doctor Antonio Rovira Viñas, para evaluar las acciones de cooperación entre las instituciones del Ombudsman en España y el Perú; y asimismo tendrá la ocasión de coordinar con su homólogo en Cataluña, el doctor Antón Cañellas, las actividades que desarrollarán en conjunto en el ámbito de la Federación Iberoamericana de Ombudsman de la que ambos son vicepresidentes; Que, asimismo, con el fin de asegurar la continuidad de la gestión institucional debe encargarse el Despacho del Defensor del Pueblo al Primer Adjunto del 30 de marzo al 2 de abril, período que incluye el itinerario de viaje, en tanto dure la ausencia del titular, conforme a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, Ley Nº 26520 y el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 32-99/DP; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, y en concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y 031-89- EF, en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 5º y 9º inciso 7), de la Ley Nº 26520 y 7º incisos a) y k) del Reglamento aprobado mediante la Resolución Defensorial Nº 32-99/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la atención del Despacho defensorial al señor doctor don Walter ALBAN PERALTA, Primer Adjunto al Defensor del Pueblo, del 30 de marzo al 2 de abril del 2000, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumpli- miento de la presente resolución se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional, según el detalle siguiente: Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias AID, US$ 1,091.20 por concepto de pasajes internacionales y US$ 836.00 por concepto de viáticos y asignaciones, totalizando US$ 1,927.20 (UN MIL NOVECIENTOS VEINTISIETE Y 20/100 DOLARES AMERICANOS); y con cargo a la Fuente Recursos Ordinarios, US$ 260.00 por concepto de viáticos y asignaciones y US$ 25.00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA - CORPAC, totalizando US$ 285.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA Defensor del Pueblo 3628 S B S Autorizan al Banco de Crédito el cierre de agencias ubicadas en los departa- mentos de Lambayeque, Piura y Lima RESOLUCION SBS Nº 0167-2000 Lima, 13 de marzo de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice el cierre de cuatro (4) Agencias ubicadas en: esquina de F. Gonzales Burga y Nicanor Carmona, distrito y provin- cia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; Plaza de Armas s/ n, distrito de El Alto, provincia de Talara, departamento de Piura; Av. Panamericana s/n, distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de Piura; y, calle Callao Nº 202, distrito de Puerto Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica los cierres solicitados;Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº ASIF "A" 030- OT/2000; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolu- ción SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, el cierre de cuatro (4) Agencias ubicadas en: esquina de F. Gonza- les Burga y Nicanor Carmona, distrito y provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque; Plaza de Armas s/n, distrito de El Alto, provincia de Talara, departamento de Piura; Av. Pana- mericana s/n, distrito de Los Organos, provincia de Talara, departamento de Piura; y, calle Callao Nº 202, distrito de Puerto Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 3604 CONSUCODE Declaran subsistente otorgamiento de buena pro de concurso público convo- cado por Centromin Perú S.A. para con- tratar servicio de vigilancia TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 070/2000.TC-S1 Lima, 23 de marzo de 2000 Visto en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 22.3.2000, el Expediente Nº 079.2000.TC, referente al recurso de revisión interpuesto por el postor SERVICIOS COMERCIALES Y SE- GURIDAD S.A. - SERCO SEGUR S.A., relacionado con su reclamo sobre otorgamiento de la Buena Pro del C.P. Nº 022-99, convocado por la Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - Centromin Perú S.A., para la contratación del servicio de vigi- lancia para su sede institucional y depósito. CONSIDERANDO: Que, el 2.2.2000, el Comité Especial designado para condu- cir el Concurso de la referencia, recibió las ofertas presentadas por los postores intervinientes, y el 8.2.2000, luego de dar a conocer a estos últimos los resultados de la evaluación técnica, procedió a abrir los sobres conteniendo las propuestas económi- cas; producida la evaluación integral, otorgó la Buena Pro a la empresa Serco Segur S.A.; Que, el 11.2.2000, habiendo tomado conocimiento de que la oferta de Serco Segur S.A. podría no ajustarse a la verdad, el Comité Especial, mediante Carta GLE/DLIC-223-00 recibida el 14.2.2000, solicitó al indicado postor las fichas registrales pro- porcionadas por los Registros Públicos que acrediten que su representada es dueña de los inmuebles indicados en su pro- puesta técnica; ante lo cual, el 15.2.2000, el indicado postor presentó ante la Entidad las fichas registrales y documentación pertinente; Que, el 15.2.2000, el postor Esvicsa informó a la Entidad, que la empresa Serco Segur S.A. ha proporcionado información inexacta en su propuesta técnica, pues respecto al factor infra- estructura de la empresa, el mencionado postor declaró como propios los locales ubicados en la Av. Santa Cruz 357 - Miraflo- res, y el de la calle Los Halcones 135 - San Isidro, lo cual es inexacto conforme al certificado negativo de propiedad que adjunta, expedido por la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, por Memorándum Interno GLE-LR-191-2000 de 16.2.2000, la Gerencia Legal comunicó al Coordinador de Licita- ciones de la Entidad, que del análisis efectuado a la documenta- ción remitida por el postor Serco Segur S.A. se ha podido determinar que, respecto al inmueble ubicado en la calle Los Halcones, la minuta de compraventa presentada resulta inade- cuada a efectos de sustentar su titularidad, toda vez que me- diante resolución judicial, se anuló el asiento registral que acreditaba la titularidad del vendedor; y que, con relación a los inmuebles ubicados en la Av. Santa Cruz y en el distrito de La