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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2000 (29/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 185166 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 29 de marzo de 2000 Autorizan a armador incrementar flota para construcción de embarcación pesquera de bandera nacional RESOLUCION DIRECTORAL Nº 056-2000-PE/DNE Lima, 24 de marzo del 2000 Visto el Expediente de Registro Nº CE-00247003 con escri- tos del 21 de diciembre de 1999, 18 de febrero y 10 de marzo del 2000, presentados por el armador PEDRO PASCUAL ECHE RAMIREZ. CONSIDERANDO: Que mediante los escritos del visto, el recurrente solicita autorización de incremento de flota para la construcción de una embarcación pesquera de madera a denominarse "MARIA AN- GELITA IV" de 94.17 m3 de volumen de bodega, cajas con hielo como medio de preservación a bordo, para la extracción de los recursos hidrobiológicos perico, dorado, pez volador, mero con el uso de palangre, sierra y bagre con red de cerco de 3 pulgadas (76 mm.), y bereche, aguja, ojón y periche con red de cerco de 1½ pulgadas (38 mm.) con destino al consumo humano directo; Que lo solicitado guarda conformidad con la normativa vigente excepto en lo referido a la extracción de los recursos bereche, aguja, ojón y periche con red de cerco de 1½ pulgadas (38 mm.), por tratarse de recursos costeros con bajos niveles poblacionales asociados a la actividad artesanal, cuyas características biológico pesqueras no permiten un mayor es- fuerzo pesquero en particular con embarcaciones de mayor escala equipadas con redes de cerco o arrastre, dado que ello desestabilizaría tales pesquerías afectando su equilibrio, lo cual es corroborado por el Instituto del Mar del Perú en su Informe contenido en el Oficio Nº 100-040-2000-PE/IMP; Estando a lo informado por la Dirección de Administración y Control Pesquero mediante Informe Nº 030-2000-PE/DNE- Dacp y complementario, y con la conformidad legal según las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 010-2000- PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Atún y Especies Afines aprobado por Resolución Ministerial Nº 550-97-PE, el Plan de Ordena- miento del Recurso Merluza aprobado por Resolución Ministe- rial Nº 107-98-PE, la Resolución Ministerial Nº 222-99-PE, el Procedimiento Nº 14 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería aprobado por De- creto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE y la Resolución Ministerial Nº 500-98-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al armador PEDRO PASCUAL ECHE RAMIREZ el incremento de flota para la construcción de una embarcación pesquera de bandera nacional a denominarse "MARIA ANGELITA IV" de 94.17 m3 de volumen de bodega, cajas con hielo como medio de preservación a bordo, equipada con palangre para la extracción de los recursos hidrobiológicos perico, dorado, pez volador y mero, y red de cerco de 3 pulgadas (76 mm.) de longitud mínima de abertura de malla para la extracción de sierra y bagre, con destino al consumo humano directo. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de au- torización de incremento de flota solicitada por el recurrente en el extremo referido a la extracción de los recursos bere- che, aguja, ojón y periche con red de cerco de 1½ pulgadas (38 mm.) de longitud mínima de abertura de malla, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3º.- La autorización otorgada por la presente Resolución tendrá vigencia por un único plazo improrrogable de veinticuatro (24) meses, contados a partir de la fecha de su expedición. Asimismo será causal de caducidad construir la embarcación pesquera excediendo la capacidad de bodega auto- rizada. Artículo 4º.- El armador PEDRO PASCUAL ECHE RAMI- REZ, deberá cumplir con solicitar el permiso de pesca dentro del plazo improrrogable de tres (3) meses contados a partir de la fecha del vencimiento del plazo de la autorización de incremento de flota, bajo sanción de caducidad de pleno derecho de la citada autorización. Artículo 5º.- Incorporar la presente autorización de incre- mento de flota al Anexo II de la Resolución Ministerial Nº 500- 98-PE.Artículo 6º.- Transcribir la presente Resolución a la Direc- ción General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 3561 PROMUDEH Aceptan donación efectuada a favor del Programa Nacional Wawa Wasi RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2000-PROMUDEH Lima, 21 de marzo de 2000 Vistos la Carta de fecha 14 de marzo del 2000, del Gerente de Operaciones de Bechtel Overseas Corporation Sucursal del Perú; CONSIDERANDO: Que el Programa Nacional Wawa Wasi constituye la Unidad Ejecutora 002 del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, siendo el órgano técnico encargado de promover, dirigir, ejecutar, supervisar y eva- luar las acciones destinadas a brindar a las mujeres madres, priorizando a las que se encuentran en extrema pobreza, servicios de cuidado diurno para sus hijos, incluyendo alimentación, control de crecimiento, desarrollo y estimula- ción psicosocial; Que mediante el documento de vistos, el Gerente de Operaciones de Bechtel Overseas Corporation Sucursal del Perú, manifiesta la intención de promover a través de la Fundación Bechtel la ejecución de programas sociales como los desarrollados por el Programa Nacional Wawa Wasi, para lo cual donan la cantidad de US$ 1,000.00 (Un Mil y 00/ 100 Dólares Americanos), por lo que resulta necesario acep- tar la donación efectuada así como agradecer a la men- cionada empresa por el valioso aporte brindado a favor de las mujeres madres así como de las niñas y niños sujetos a su entorno de acción; Que de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 025-78-VC que aprueba el Reglamento de "Administración de la Propiedad Fiscal", la aprobación de donación de bienes muebles se resolverá por Resolución Ministerial expedida por el Ministro Titular del Sector al cual pertenezca el Organismo del Gobierno Central que recibe el bien mueble que se dona; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893 y Ley Nº 27050, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 004- 99-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación efectuada a favor del Programa Nacional Wawa Wasi Unidad Ejecutora 002 del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, proveniente de la Fundación Bechtel, consisten- te en Un Mil y 00/100 Dólares Americanos (US$ 1,000.00), que serán destinados a sufragar los gastos de la Sede 3 del mencio- nado Programa. Artículo 2º.- Agradecer a la Fundación Bechtel, por su importante contribución a favor de las mujeres madres, las niñas y niños sujetos al ámbito de acción del Programa Nacional Wawa Wasi del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUISA MARIA CUCULIZA TORRE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 3578