Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2000 (08/05/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

Pag. 186403

apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa NEGOCIACIONES JFK S.A.C. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa NEGOCIACIONES JFK S.A.C. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5021 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 110-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002984-2000-MITINCI, presentado por la empresa LIGHT S.A.C. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "Lucky Seven" ubicado en la Av. Aviacion Nº 3224, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 130-2000MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 005-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/ LAT. y el Informe Tecnico Nº 008-2000-MITINCI/VMT/ DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa LIGHT S.A.C. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Lucky Seven", ubicado en la Av. Aviacion Nº 3224, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 002984-2000MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa LIGHT S.A.C. la explotacion de los juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "Lucky Seven", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca, ubicado en la Av. Aviacion Nº 3224, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa LIGHT S.A.C. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ciento Trece (113) maquinas tragamonedas y Noventicuatro (94) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados

a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo apercibimiento de aplicarse las sanciones establecidas en la Ley Nº 27153. Articulo 4º.- Debido a que la empresa LIGHT S.A.C. se encontraba autorizada para explotar juegos de maquinas tragamonedas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153 y a fin de no perjudicar el normal desarrollo de dicha actividad, deberan cumplir con presentar la documentacion y requisitos descritos en el procedimiento establecido en el Articulo 23º de la Ley Nº 27153 y el Articulo 30º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en el plazo de 20 dias habiles de publicada la presente Resolucion. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa LIGHT S.A.C. es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA Directora Nacional de Turismo 5022

RELACIONES EXTERIORES
Oficializan reunion del Grupo de Trabajo sobre Conservacion del Recurso MORDAZA del APEC, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 240-2000-RE MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2000 Teniendo en cuenta el Oficio Nº PCD-300-216-2000PE/IMP, del Presidente del Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), de 7 de MORDAZA del ano 2000, mediante el cual solicita la oficializacion de la Decima Tercera Reunion Anual del Grupo de Trabajo sobre Conservacion del Recurso MORDAZA del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA Pacifico-APEC, organizada por el Instituto MORDAZA del Peru, evento a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 7 al 9 de junio del ano 2000; Considerando la Hoja de Tramite (GAC) Nº 1248, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 25 de MORDAZA del ano 2000; De conformidad con el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 0006-76-RE, de 25 de octubre de 1976; y, el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: 1º.- Oficializar la Decima Tercera Reunion Anual del Grupo de Trabajo sobre Conservacion del Recurso MORDAZA del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA Pacifico-APEC, organizada por el Instituto MORDAZA del Peru, evento a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, del 7 al 9 de junio del ano 2000. 2º.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Pesqueria Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 5093

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.