Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2000 (08/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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SLANT TGM-G RULETA VPOKO-POO VPOKO-S05 96419100 IB5136DCI BJ ­ 5 C­V MORDAZA SLANT TG ­ 025 VCM-027 VMCS-060 VMS-059 VSG-630 VSM-037 VSM-038 VSM-068 WSM-037 WSM-038 WSM-046 WSM-064 WSM-068 WSM-620 WSM-746 WSTG-038 DERBY W­D C­7 C018 PT-4B SG-50-BM

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2000
Admiral CTSA/ NOVOMATIC I.GMBH Admiral CTSA/ NOVOMATIC I.GMBH Atronic Bally Gaming Inc. Bally Gaming Inc. International Game Technology International Game Technology Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH Novomatic I.GMBH SEGA SEGA SIGMA SIGMA SIGMA SIGMA

5020

Autorizan a empresas explotar juegos de maquinas tragamonedas en establecimientos ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 109-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 4 de MORDAZA del 2000 Vistos, el Expediente Nº 002985-2000-MITINCI, presentado por la empresa NEGOCIACIONES JFK S.A.C. solicitando Autorizacion para Explotar Juegos de Maquinas Tragamonedas en el establecimiento denominado "LA BALLENA" ubicado en la Av. Aviacion Nº 3242, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; el Informe Legal Nº 129-2000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/a.g.; el Informe Economico Financiero Nº 004-2000-MITINCI/ VMT/DNT/DE-JCMT/LAT. y el Informe Tecnico Nº 0092000-MITINCI/VMT/DNT/DE-JCMT/AT-e.b.; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de febrero del 2000 la empresa NEGOCIACIONES JFK S.A.C. solicita autorizacion para explotar juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "LA BALLENA", ubicado en la Av. Aviacion Nº 3242, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, la Ley Nº 27153, "Ley que regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas", le otorga a la Direccion Nacional de Turismo las facultades administrativas de autorizacion vinculadas a la aplicacion de dicha Ley, estableciendose en el inciso a) del Articulo 25º que a la Direccion Nacional de Turismo le corresponde expedir y revocar las autorizaciones de explotacion de juegos de maquinas tragamonedas;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI se le faculta a la Direccion Nacional de Turismo a permitir hasta el 31 de MORDAZA del 2000, la explotacion de maquinas tragamonedas o memorias de solo lectura que no correspondan a modelos y programas de juego autorizados y registrados; Que, de la evaluacion del Expediente Nº 002985-2000MITINCI se advierte que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos para obtener la Autorizacion Expresa exigidos en la Ley Nº 27153 como en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI; De conformidad con la Ley Nº 27153, su modificatoria Ley Nº 27232, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, el Decreto Supremo Nº 004-2000-ITINCI y el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa NEGOCIACIONES JFK S.A.C. la explotacion de los juegos de maquinas tragamonedas en el establecimiento denominado "LA BALLENA", con giro principal de funcionamiento correspondiente a Discoteca, ubicado en la Av. Aviacion Nº 3242, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa NEGOCIACIONES JFK S.A.C. a instalar y explotar en su sala de juegos, Ciento Veinte (120) maquinas tragamonedas y Ciento Setenta (170) programas de juego cuyas caracteristicas aparecen descritas, respectivamente, en el Anexo I y Anexo II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados. Articulo 3º.- Los modelos de maquinas tragamonedas y aquellas memorias de solo lectura que conforman los programas de juego autorizados en la presente Resolucion, que no se encuentren autorizados ni registrados por la Direccion Nacional de Turismo, unicamente podran ser explotados hasta el 31 de MORDAZA del 2000 fecha en la cual de no haber obtenido la Autorizacion y Registro correspondiente tendran que ser retirados o reemplazados, bajo

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