Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2000 (08/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2000

de ESSALUD utilicen un sistema de Dialisis Peritoneal Compatible entre si, no solamente de elementos desechables sino tambien de elementos permanentes y que la Entidad debe ajustarse a las Bases, para lo cual debio haberse nombrado un Comite Asesor de Especialistas que se pronuncie, no solo sobre la calidad del producto, sino tambien sobre la seguridad; Que, lo actuado nos indica que el Comite Especial no tuvo en cuenta la complejidad y especializacion del material a adquirir, lo que hacia necesaria la participacion de expertos especialistas, como lo precisan los profesionales consultados por el Tribunal; Que, en el caso que nos ocupa, ninguno de los miembros del Comite Especial es un profesional especializado en la materia objeto de la Licitacion Publica en sus items Nºs. 332, 333 y 334, lo que queda comprobado con la documentacion y los curriculums vitae que la Entidad adjunto al remitir antecedentes; Que, lo expuesto nos indica en consecuencia, que en el MORDAZA de autos no se han observado a cabalidad, tal cual exige el objeto de la Licitacion, las normas legales ni las seguridades que se requiere cumplir cuando se trata de asuntos relacionados con la salud y la MORDAZA de las personas y que, en efecto, en el caso que nos ocupa, no se MORDAZA con los elementos tecnico-profesionales indispensables para tomar la decision de otorgar la Buena Pro, y que ademas, al no haberse conformado debidamente el Comite Especial, se ha infringido el Art. 59º del D.S. Nº 039.98.PCM, por lo cual debe declararse la nulidad total del MORDAZA, debiendo la Entidad nombrar un MORDAZA Comite Especial para los items impugnados; Que, la presente resolucion sienta precedente de observancia obligatoria, siendo de aplicacion lo dispuesto por el Inc. 6) del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM del 18.4.97; Que, de conformidad con las facultades conferidas por el Titulo V de la Ley Nº 26850 y los Arts. 8º y 9º del D.S. Nº 047.98.PCM, los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate; SE RESUELVE: 1. Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por el Postor LABORATORIOS MORDAZA DEL PERU S.A., relacionado con su reclamo sobre el otorgamiento de la Buena Pro de los items Nºs. 332, 333 y 334 de la L.P. Nº 046ESSALUD-99, convocada por ESSALUD para la ADQUISICION DE MEDICAMENTOS y, en consecuencia, la nulidad total del MORDAZA, debiendo la Entidad proceder al nombramiento de un MORDAZA Comite Especial para los items impugnados, que cumpla los requerimientos del Art. 59º del D.S. Nº 039.98.PCM. 2. Devolver al Postor impugnante las cartas fianza con que recaudo su recurso de apelacion, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 3. Devolver los antecedentes administrativos a la Entidad para los fines legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA TACKOEN MORDAZA PODESTA SOLARI MORDAZA 5028

ca Nº 001-2000-CE/MDLO, Informe Nº 025-2000/MDLO/ PVL del Programa del Vaso de Leche, Proveidos Nº 9562000 de la Oficina de Asesoria Legal, Nº 569-2000 de Direccion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 266-2000 del 29 de marzo del 2000, se declaro en Situacion de Urgencia el servicio de distribucion de Hojuelas de Quinua a cargo del Programa del Vaso de Leche, durante el periodo comprendido entre el 31 de marzo y el 28 de MORDAZA del 2000, periodo en el que se culminaria con el MORDAZA de Licitacion Publica Nº 001-2000-CE-MDLO - Item Nº 2, conforme a lo ordenado por la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolucion Nº 071/ 200.TC-S2; asimismo, se encargo a la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, en su calidad de organo encargado, a realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente a efectos de adquirir dicho producto hasta por una cantidad total de 11.4 Toneladas Metricas. Que, a traves del Memorandum Nº 022-2000-CE/MDLO el Presidente del Comite Especial encargado de conducir la Licitacion Publica Nº 001-2000-CE/MDLO senala que habiendose declarado desierta la primera Convocatoria de dicho MORDAZA de seleccion, en su Item Nº 2 (para la adquisicion de Hojuela de Quinua); la MORDAZA Convocatoria se ejecutara en el periodo comprendido entre el 28 de MORDAZA y el 30 de MORDAZA, solicitando se realicen las acciones administrativas y operativas para atender el servicio de suministro de dicho producto por el Programa del Vaso de Leche. Que, mediante Informe Nº 025-2000/MDLO/PVL, la Jefa del Programa del Vaso de Leche informa que el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de Hojuela de Quinua culminara en aproximadamente 4 semanas mas de lo programado inicialmente, tiempo durante el cual el Programa del Vaso de Leche quedaria desabastecido; por lo que se requiere que en forma urgente se realice la compra del mencionado producto para atender el Programa del Vaso de Leche desde el dia 30 de MORDAZA hasta el 31 de MORDAZA del 2000, por un total de 11.20 Toneladas Metricas. Que, la Oficina de Asesoria Legal, mediante Proveido Nº 956-2000, opina que a fin de solucionar el problema planteado y en virtud a lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley Nº 26850 procede declarar en situacion de urgencia el servicio de distribucion de Hojuela de Quinua por el plazo propuesto por la Jefatura del Programa del Vaso de Leche. Que, a traves del Proveido Nº 569-2000 el Despacho de Direccion Municipal ordena se proyecte la Resolucion de Alcaldia correspondiente. Que, la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado Nº 26850, en su Articulo 21º senala que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial o de operaciones productivas, o cuando la utilizacion de licitacion o concurso no cumpla funcion alguna, debido a que los bienes no admiten sustitutos o existiendo sustitutos, estos pueden afectar negativamente el servicio o MORDAZA productivo; Estando a lo informado, contando con el visto MORDAZA del Programa del Vaso de Leche, Oficina de Asesoria Legal, Oficina de Administracion, Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion y Direccion Municipal y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 47º, inciso 6), de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR EN SITUACION DE URGENCIA, el Servicio de Adquisicion de Hojuelas de Quinua a cargo del Programa del Vaso de Leche, durante el periodo comprendido entre el 29 de MORDAZA y el 30 de MORDAZA del 2000 por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales, en su calidad de organo encargado, a realizar el MORDAZA de seleccion correspondiente a efectos de adquirir el producto Hojuelas de Quinua para su distribucion durante el tiempo en que subsista la situacion de urgencia establecida en el articulo precedente, hasta por una cantidad total de 11.2 Toneladas Metricas. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5037

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia el servicio de adquisicion de hojuelas de quinua a cargo del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0395-2000 Los MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2000 VISTOS: El Memorandum Nº 022-2000-CE/MDLO del Comite Especial encargado de conducir la Licitacion Publi-

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