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Pág. 186410 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de mayo de 2000 Especificar: Nombre Cargo Calificación Experiencia Otros 8.RELACIÓN DE INSTRUMENTOS Y/O SISTEMAS DE MEDIDA Especificar: Nombre Modelo / Tipo Rango / exactitud Ensayo en que se utiliza Frecuencia de calibración Otros Se deberá adjuntar copia de los Certificados de Calibra- ción vigentes de los instrumentos y/o sistemas de medida, conforme inciso c) del Artículo 9º del Reglamento. 9. ESTIMADO DEL NÚMERO DE EVALUACIONES QUE PODRÍA EFECTUAR AL MES. RESUMEN EJECUTIVO ASUNTO : PREPUBLICACIÓN DEL REGLAMEN- TO DE EMPRESAS METRÓLOGICAS El Proyecto de “Reglamento de Autorización de Empre- sas Metrológicas” constituye una propuesta para impulsar la acreditación de Laboratorios de Calibración a través de un régimen transitorio, que permita a las empresas ingre- sar progresivamente al Sistema de Acreditación. Los Laboratorios de Calibración constituyen una pieza clave del sistema de evaluación de conformidad de un país, ya que permiten a los laboratorios de ensayo -que se emplean como insumo de la certificación- contar con equi- pos, instrumentos y materiales adecuados para el análisis de los productos. Existe una suerte de organización piramidal en la evaluación de la calidad de los productos que se inicia con la calibración, ésta contribuye a asegurar la confiabilidad de los servicios de ensayo, los que a su vez determinarán en gran medida la confiabilidad de la certificación del produc- to. Debido al escaso número de Laboratorios de Calibra- ción acreditados, la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales inició la evaluación de un sistema transitorio para impulsar la acreditación de este tipo de entidades, ya que el Sistema Nacional de Acreditación ha logrado acoger principalmente Laboratorios de Ensayo, pese a contar con un marco regulatorio para los servicios de calibración. La falta de Laboratorios de Calibración se ha tornado más crítica por la creciente demanda del sector público de servicios de calibración acreditados y la ausencia de un marco normativo que permita dar una respuesta a dicha demanda en el más breve plazo sin afectar con ello la coherencia del Sistema. Uno de los principales problemas observados para la acreditación de Laboratorios de Calibración es el cumpli- miento de los requisitos de calidad que ésta exige: Manual de Calidad y Manual de Procedimientos de acuerdo a la Guía ISO/IEC25, ya que los requisitos de orden técnico, tales como equipos y personal generalmente son más asequibles a empresas que vienen prestando estos servi- cios o aquéllas que deseen incursionar en este mercado. Durante el primer trimestre del presente año se eva- luaron diversas posibilidades para impulsar la acredita- ción de laboratorios concluyendo en la necesidad de contar con un régimen transitorio de autorización, que flexibilice los requisitos de calidad que exige la acreditación. Se observó que existían servicios de calibración más sencillos que se realizaban en campo y no requerían de la implemen- tación de un Banco de Laboratorios. Estos servicios fueron seleccionados para el régimen transitorio, que serviría como plan piloto para incentivar la acreditación. Entre las principales medidas que se proponen dentro de este régimen transitorio se encuentran: 1. Eliminación del Manual de Calidad.- A diferencia del sistema de acreditación, el régimen de autorización no prevé la implementación de un sistema de calidad confor- me a la Guía ISO/IEC 25 aplicable a Laboratorios de Calibración. La eliminación de este requisito tiene a su vez efectos directos en la complejidad del Manual de Procedi-mientos y en la evaluación de la empresa, ya que al no existir propiamente un sistema de calidad, el manual de procedimientos se torna más sencillo, y a su vez no se requieren servicios de auditorías para evaluarla, lo cual reduce sustancialmente los costos de la autorización. 2. Simplificación del Manual de Procedimientos.- Con respecto al sistema de acreditación, este requisito se man- tiene con modificaciones sustanciales, ya que los procedi- mientos exigibles son mínimos y vinculados generalmente con la competencia técnica de las empresas: atención de solicitudes, mantenimiento de patrones, emisión de infor- mes metrológicos, entre otros. Como una ayuda adicional para la elaboración de los Procedimientos exigidos, el Servicio Nacional de Metrolo- gía ha preparado una Guía para la Elaboración del Manual de Procedimientos, que puede servir como referencia. 3. Determinación del Alcance de la Autorización.- El proyecto prevé un alcance determinado en función a la existencia de las normas metrológicas peruanas, a diferen- cia del sistema de acreditación que deja libre la fijación del alcance al momento de postular a la acreditación. No obstante se establece la posibilidad de ampliar el alcance considerando que en algunos casos el sector públi- co requiere de servicios metrológicos respaldados por el Sistema de Acreditación y es necesario contar un marco general dentro del cual éstos deban ser prestados, ya que en el corto plazo no es posible contar con Laboratorios de Calibración. La Prepublicación del Reglamento tiene por finalidad recoger las observaciones de todos los agentes económicos involucrados con ella: empresas interesadas en prestar estos servicios o empresas que ya los vienen prestando y desean obtener un reconocimiento de su competencia técnica, organismos públicos, entidades acreditadas, entre otros. Lima, 4 de mayo de 2000 FORMULARIO PARA PRESENTAR COMENTARIOS A DOCUMENTO DE TRABAJO ELABORADO POR INDECOPI I. DATOS DEL DOCUMENTO MATERIA DE COMEN- TARIO • Título del documento: Reglamento de Empresas de Servicios Metrológicos • Fecha de Prepublicación: II. DATOS DE LA PERSONA QUE FORMULA COMENTARIOS •Identificación :.......................................................... .......................................................... •Dirección :.......................................................... .......................................................... •Teléfono :.......................................................... •Telefax :.......................................................... •Correo Electrónico :.......................................................... III. EXTENSION DE LOS COMENTARIOS Número de páginas que se adjuntan: .......................................................... IV. DECLARACION JURADA La persona que suscribe la presente declara bajo jura- mento, que: •Conoce a cabalidad el texto del Documento de Trabajo elaborado por el Indecopi, materia de comentario. •Ha cumplido con las pautas establecidas para la pre- sentación de comentarios y sugerencias. •La presentación que hace ante el Indecopi mediante la presente, se efectúa de buena fe. En ..........., a los ......... días del mes de ...... de 2000 Firma ............................... 5031PREPUBLICACION Pág. 4