Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2000 (08/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 8 de MORDAZA de 2000

MITINCI
Designan Director Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales del CTAR de la Region MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 060-2000-ITINCI MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2000 Visto el Oficio Nº 483-2000-CTAR.LAMB/PE, del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA, proponiendo candidatos para la designacion en el cargo de confianza de Director Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso i) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, "Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales", es funcion del mismo, orientar y supervisar a las Direcciones Regionales Sectoriales dependientes de los Consejos Transitorios de Administracion Regional, de acuerdo a lo que dispone la legislacion en la materia; Que se encuentra vacante la plaza de Director Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, del Consejo Transitorio de Administracion Regional de MORDAZA, cargo considerado de confianza; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25515, el Decreto Ley Nº 25831 "Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales" y el Decreto Supremo Nº 011-96PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar a don MORDAZA MORDAZA BALAREZO MORDAZA, en el cargo de Director Regional de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, del Consejo Transitorio de Administracion Regional de la Region MORDAZA, quien lo desempenara con el caracter de confianza. Articulo 2º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 5091

Vistos, el Expediente Nº 003581-2000-MITINCI, presentado por la empresa INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C. solicitando la Autorizacion e Inscripcion en el Registro de personas juridicas para Reconstruir Maquinas Tragamonedas; y el Informe Nº 164-2000-MITINCI/VMT/DNT/DEJCMT/g.z.; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27153 se regula la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en su Articulo 10º, inciso c) que la reconstruccion de las maquinas tragamonedas debe ser realizada por el fabricante o una persona distinta, debidamente autorizada por la autoridad competente; Que, el Articulo 17º del Reglamento para la Explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0012000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que debe presentar el interesado para obtener la autorizacion y registro para reconstruir maquinas tragamonedas; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C. en el Expediente Nº 003581-2000-MITINCI, se advierte que esta ha cumplido con las disposiciones legales aplicables; De conformidad con la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, y estando a lo opinado mediante el Informe Nº 164-2000-MITINCI/VMT/DNT/ DE-JCMT/g.z.; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C. para reconstruir maquinas tragamonedas correspondientes a los modelos que se detallan en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27153 y el Decreto Supremo Nº 001-2000ITINCI. Articulo 2º.- Inscribase en el Registro de personas juridicas autorizadas para reconstruir maquinas tragamonedas, ante la Direccion Nacional de Turismo, a la empresa INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C. con el siguiente codigo: R007. Articulo 3º.- La reconstruccion de aquellos modelos de maquinas tragamonedas que no se encuentren autorizados ni registrados ante la Direccion Nacional de Turismo, no faculta su explotacion con posterioridad al 31 de MORDAZA del 2000. Articulo 4º.- INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C. debera incorporar una placa en las maquinas tragamonedas que reconstruya, la misma que se ubicara en un lugar de facil visibilidad, y debera contener la siguiente informacion: razon social, numero de registro otorgado por la Direccion Nacional de Turismo, la fecha de la reconstruccion y la indicacion expresa que INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C. no es el fabricante de las maquinas que reconstruye; su incumplimiento acarreara la cancelacion del registro otorgado. Articulo 5º.- El plazo de vigencia de la autorizacion otorgada a la empresa INDUSTRIAL MISSOURI S.A.C., es desde la entrada en vigencia de la presente Resolucion, hasta el 30 de MORDAZA del 2003. Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo

Disponen inscripcion de empresa en el Registro de personas juridicas autorizadas para reconstruir maquinas tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 108-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000

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