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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2000 (13/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 186583 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 005-MDR de fecha 30 de marzo del 2000, en su Art. 12º, se estableció el 15 de mayo el vencimiento de la obligación de pago de la primera cuota de los arbitrios correspondiente al ejercicio Fiscal 2000; Que, mediante documento de visto, se establece que habiendo existido retraso en la emisión y encontrándose próxima la fecha del vencimiento del primer trimestre del pago de arbitrios, es necesario establecer una prórroga en la fecha de dicho vencimiento hasta el 31 de mayo del presente año; Estando a lo expuesto y con cargo a dar cuenta al concejo, y de conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Final de la Ordenanza Nº 005-MDR y Art. 47º numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, hasta el 31 de mayo del 2000, el plazo del vencimiento de la obligación de pago de la primera cuota de los arbitrios correspondientes al ejerci- cio 2000. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Municipal y Dirección de Administración Tributaria el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 5313 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban ceremonia de matrimonio civil masivo RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 604 San Juan de Lurigancho, 11 de abril de 2000 EL ALCALDE: Visto el Informe Nº 137-DSC-2000/MSJL, de la Dirección de Servicios a la Ciudad, en el cual nos informa sobre la ceremonia a realizarse el domingo 14 de mayo del presente año, a mérito de la gran demanda de parejas que tratan de regularizar su situación de convivencia y de la política de nuestra gestión municipal, abocada al desarrollo Socio- Legal de la familia Sanjuanina; CONSIDERANDO: Que, ante la grave situación de uniones sólo de hecho que existen entre las parejas del distrito; y dado que es política de nuestra gestión edilicia velar por la formali- zación en general de los habitantes de nuestra comuni- dad, así como el impulsar el bienestar de la familia a fin de que se desarrolle como la célula básica de nuestra sociedad; es que la gestión que me permito honrar y presidir ha visto por conveniente la realización del Primer Matrimonio Civil Masivo 2000, el cual tendrá lugar el día domingo 14 de mayo del presente año, a horas 11.00 de la mañana, en las instalaciones del Parque Ciudad De Los Niños, ubicado en la avenida Próceres de la Independen- cia cuadra 15 - San Juan de Lurigancho; con ocasión de que puedan aprovechar esta oportunidad para regulari- zar ante la ley su situación conyugal las parejas que actualmente se encuentran conviviendo; así como aqué- llas que por contar con escasos recursos económicos no pueden acceder a un matrimonio ordinario; Que con Informe Nº 079-DP-00/MDSJL de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Estadística, hacemos de cono- cimiento que se tienen previstas las partidas presupuesta- rias que permitan la cobertura de la realización del Matri- monio Civil Masivo, el mismo que se encuentra consignado de la siguiente manera: Centro de costo 2300 Dirección de Servicios a la Ciudad; actividad 2155, campaña Matrimonio Civil Masivo;Que según Informe Nº 021-00-RRCC/MSJL de la Divi- sión de Registros Civiles, se establece la Tarifa Unica y los requisitos indispensables que se deberán adjuntar de acuer- do al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente; Que, las Oficinas de la División de Registros Civiles ubicadas en el Palacio Municipal, la Agencia Municipal Nº 1 de Canto Grande y la Agencia Municipal Nº 3 de Mariscal Cáceres, podrán recepcionar la documentación requerida, debiéndose tomar en cuenta los requisitos indispensables, de los cuales la totalidad de los datos de las Libretas Electorales y las Partidas de Nacimientos coincidan; Que el Artículo 252º del Código Civil vigente, faculta al Alcalde a dispensar la publicación de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los requisitos establecidos en el Artículo 248º del mismo cuerpo legal; Y, con las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR Y EJECUTAR, la cere- monia del PRIMER MATRIMONIO CIVIL MASIVO 2000, el cual tendrá lugar el día domingo 14 de mayo del presente año, a horas 11.00 de la mañana, en las instalaciones del Parque Ciudad De Los Niños, ubicado en la avenida Próce- res de la Independencia cuadra 15 del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- Dispensar la publicación de los avisos de ley para el Matrimonio Civil Masivo; realizándose una única publicación en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma genérica qué día, a qué hora y en qué lugar se llevará a cabo el Matrimonio Civil Masivo. Artículo Tercero.- Autorizar la Asignación de una Partida Económica por la suma de S/. 5000.00 (CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para cubrir los gastos de Ceremonia, el cheque será girado a nombre del señor Daniel Jesús Quevedo Rasilla - Jefe de Registros Civiles. Artículo Cuarto.- Establecer una tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Masivo la suma de S/. 100.00 (CIEN Y 00/ 100 NUEVOS SOLES) que estará disgregado de la siguiente manera: . POR GASTOS ADMINISTRATIVOS Pagar en Caja de la Municipalidad por Expediente Matrimonial, Central o Agencias Municipales. :S/. 40.00 . CERTIFICADO PRENUPCIAL: Pagar en Caja de la Municipalidad, Central o Agencias Municipales por Examen Médico :S/. 60.00 Artículo Quinto.- Establecer los requisitos indispen- sables según se detallan: - Partida de Nacimiento de Ambos (originales y legibles). - DNI o Libretas Electorales de ambos (original y copia), con el último sello de votación. - Certificado Prenupcial (Médico), expedido por la Muni- cipalidad. - Expediente Matrimonial. - Declaración Jurada Simple de Domicilio. - Declaración Jurada Simple de Soltería. - Certificado de Soltería Consular (sólo en casos de extranjeros). - La Partida de Nacimiento y el Certificado de Soltería para extranjeros, tienen que ser visados por el Consulado Peruano del País del contrayente, luego ser inscritos en el Ministerio de Relaciones Exteriores, conjuntamente con la respectiva traducción. Artículo Sexto.- Recepcionar los Expedientes Matri- moniales a partir de la expedición de la presente Resolución hasta el día viernes 12 de mayo del año en curso en la Oficina principal de Zárate, la Agencia Municipal Nº 1 de Canto Grande y la Agencia Municipal Nº 3 de Mariscal Cáceres. Artículo Sétimo.- Encargar a las Direcciones de Admi- nistración y Participación y Desarrollo Vecinal el fiel cum- plimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. RICARDO CHIROQUE PAICO Alcalde 5311