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Pág. 186585 NORMAS LEGALES Lima, sábado 13 de mayo de 2000 Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Administración de Recur- sos y la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disci- plinario al servidor EDI AMADO VILLACHICA CRUZ, de la Agencia Municipal Sol de Naranjal, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE al servidor procesado en forma personal y/o a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la presente resolución, para que dentro del término de cinco (5) días útiles, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para su defensa, ante la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DE LA CRUZ TUYA Teniente Alcalde Encargado de Alcaldía 5371 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 554-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 10 de mayo de 2000 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DE LA ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; el Informe Nº 005-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 4 de mayo del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relación a la falta grave de carácter disciplinario cometida por el servidor ESTBER RODRIGO VALVERDE POLO; y, CONSIDERANDO: Que, el servidor implicado el día 7 de diciembre de 1999, en horas de la mañana, hizo unas pintas en las paredes del Palacio Municipal con palabras lesivas a la dignidad de sus superiores y compañeros de labor, malogrando dichas pare- des, con lo que habría causado intencionalmente daños al local municipal, siendo observado por la Jefa de la Unidad de Servicios Generales y Mantenimiento, señora AGUSTINA CARMEN ALVARADO quien denunció el hecho y puso de conocimiento del Director de Administración de Recursos, adjuntando Fotografías que probarían los hechos cometidos por el servidor Estber Rodrigo Valverde Polo; Que, los hechos descritos fueron analizados por la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos, y llegan a la conclusión que el servidor habría cometido la falta discipli- naria -causar intencionalmente daños materiales al local municipal al realizar pintas en las paredes del local munici- pal; infringiendo el Artículo 28º Inc. i) del Decreto Legisla- tivo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, Decre- to Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado en su reglamento, ha cumplido con hacer la calificación de la denuncia, pronuncián- dose en forma unánime que procede abrir proceso administra- tivo disciplnario al servidor Estber Rodrigo Valverde Polo, para que dentro de un debido proceso y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; y, Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Administración de Recur- sos y la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disci- plinario al servidor ESTBER RODRIGO VALVERDE POLO, de la División de Limpieza Pública, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE al servidor procesado en forma personal y/o a través de la publicación en el Diario OficialEl Peruano, de la presente resolución, para que dentro del término de cinco (5) días útiles, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para su defensa, ante la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL DE LA CRUZ TUYA Teniente Alcalde Encargado de la Alcaldía 5372 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 555-2000-AL/MDSMP San Martín de Porres, 10 de mayo de 2000 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DE LA ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; El Informe Nº 010-2000-CPPAD/MDSMP de fecha 4 de mayo del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relación a la falta grave de carácter disciplinario cometida por la servido- ra GLADYS MARIETA MEDINA CRUCES de la División de Ecología; y, CONSIDERANDO: Que, a la servidora Gladys Marieta Medina Cruces se le imputa la presunta falta disciplinaria grave - reiterada resistencia al cumplimiento de las órdenes de su superior relacionados con su labor, incurrir en faltamiento de palabra en agravio de su superior, grave indisciplina, y negligencia en desempeño de sus funciones, conforme se desprende del Memorándum Nº 21-99-JDC/MDSMP de fecha 17 de junio de 1999, donde el Jefe de la División de Defensa Civil, señor JULIO JESUS SALINAS ZAPATA, amonesta a la indicada servidora Gladys Marieta Medina Cruces por sus continuas tardanzas y Faltas, así como la falta de voluntad para el trabajo, y mediante Informe Nº 79-99-JDC/MDSMP de fecha 17 de junio de 1999, comunicando de estos hechos al Jefe de la Unidad de Personal, poniéndola a disposición de la Uni- dad de Personal, y mediante Informe sumario Nº 004-99- JDC/MDSMP de fecha 11 de junio de 1999, se pone de conocimiento de la Dirección Municipal la falta cometida por la servidora Gladys Medina Cruces, adjuntando copia de documentos que fueron redactados por la indicada servido- ra, donde se observa su falta de ortografía y omisiones en la redacción, y mediante Informe Nº 911-99-UP/MDSMP de fecha 26 de julio de 1999, la Unidad de Personal con el visto bueno de la Dirección de Administración de Recursos, pone en conocimiento de la Alcaldía dichas faltas disciplinarias cometidas por la servidora Gladys Marieta Medina Cruces; Que, los hechos descritos fueron analizados por la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos, y llegan a la conclusión que la servidora ha cometido la falta grave de carácter disciplinario, que pueden ser sancionados con Cese temporal o Destitución, conforme lo establece el Artículo 28º Incs. b), c) y d) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado en su reglamento, ha cumplido con hacer la calificación de la denuncia, pronunciándose que procede la instauración de proceso administrativo disciplinario a la servidora GLADYS MARIETA MEDINA CRUCES, para que dentro de un debi- do proceso y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Pro- cesos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Administración de Recur- sos y la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Dis- ciplinario a la servidora GLADYS MARIETA MEDINA CRUCES, de la División de Ecología, por los motivos expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución.