Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2000 (13/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de MORDAZA de 2000

representacion de su comitente. En los demas casos, Aduanas pondra a disposicion de los usuarios de MORDAZA y Callao, en la Sede Central (Caja) y en provincias, en las respectivas Intendencias de Aduana. La reproduccion puede ser efectuada por cualquier medio de impresion, en original y MORDAZA, MORDAZA en papel MORDAZA de 60 gr/m2 como minimo, en formato A-4. 4. La Clasificacion Arancelaria, esta sujeta al pago equivalente al 1,111% de la UIT, segun lo establecido en la Resolucion de Superintendencia Nº 01606 del 3.12.93 (publicada el 9.12.93). 5. Las mercancias solicitadas a Clasificacion Arancelaria que deben presentar muestras son los siguientes: alimentos y bebidas, productos quimicos, medicina, minerales, papel y carton, libros y otras publicaciones, productos textiles, calzados, metales y sus manufacturas, bisuteria, joyeria, las dispuestas en forma de juegos o surtidos, asi como aquellas que Aduanas considere necesario. La cantidad, dimension o volumen de las muestras, se encuentran especificados en el procedimiento de Reconocimiento Fisico - Extraccion y Analisis de Muestras (INTAPE.00.03) Las muestras proporcionadas para la clasificacion arancelaria permanecen en la Division de Nomenclatura y Normas de Origen por un periodo de hasta un (1) mes de emitida la Resolucion de Clasificacion; las cuales son devueltas a pedido del Solicitante dentro de dicho periodo. 6. La Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, es la encargada de efectuar la clasificacion arancelaria de mercancias a las que hace referencia el presente procedimiento, mediante Resolucion de Intendencia Nacional que establece la Subpartida Nacional que le corresponde en el Arancel de Aduanas vigente, y que es de observancia obligatoria por todas las Intendencias de Aduana de la Republica. VII. DESCRIPCION A) MORDAZA DE LA SOLICITUD Sede Central: 1. El solicitante efectua en MORDAZA el pago por concepto de clasificacion arancelaria y cuando no es Agente de Aduanas, recaba ademas del comprobante de pago, el formulario de la Solicitud de clasificacion arancelaria. 2. El formulario de Solicitud de Clasificacion Arancelaria de Mercancias llenada conforme a las especificaciones establecidas en su correspondiente Cartilla de Instrucciones, acompanada con la informacion tecnica complementaria, muestra de la mercancia cuando corresponda y el comprobante de pago, se presenta al area de Tramite Documentario. 3. El personal responsable del area de Tramite Documentario recepciona la documentacion descrita en el numeral anterior, genera el numero de expediente y lo remite a la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. Intendencias de Aduanas de provincias: Las solicitudes de clasificacion arancelaria presentadas en Provincias, son canalizadas a traves de las Intendencias de Aduanas de su jurisdiccion, las mismas que siguen el procedimiento descrito en los numerales anteriores. Siendo el lugar de pago, el asignado para tal caso, por cada una de las Intendencias de Aduanas. B) INTENDENCIA NACIONAL DE TECNICA ADUANERA Clasificacion Arancelaria 1. Recibido el expediente de clasificacion por la Division de Nomenclatura y Normas de Origen, el Jefe de la Division procede a: a) designar al personal encargado de la clasificacion arancelaria, o b) cuando la naturaleza de la mercancia lo requiera, remite muestra de la misma al Laboratorio Central de Aduanas para su analisis fisico-quimico respectivo. Con los resultados del analisis, el Laboratorio elabora un informe tecnico, destacando las caracteristicas cualitativas, cuantitativas (composicion quimica), forma de

MORDAZA, MORDAZA de obtencion y usos de la mercancia. De ser necesario, el Laboratorio Central de Aduanas puede enviar la muestra a laboratorios externos para complementar su informe final, cuyo costo es asumido por el Solicitante. El informe se remite a la Division de Nomenclatura y Normas de Origen, acompanado de la muestra analizada. Llegado el Informe del Laboratorio Central de Aduanas a la Division de Nomenclatura y Normas de Origen, se procede de acuerdo al literal anterior. 2. El personal designado evalua las caracteristicas de la mercancia detalladas en la solicitud de clasificacion arancelaria, la informacion tecnica complementaria y el Informe Quimico cuando corresponda. En caso que crea necesaria alguna aclaracion o explicacion adicional de las caracteristicas de la mercancia, se comunica con el Coordinador senalado en el formulario de la Solicitud; y si esto no fuera suficiente, procede a notificar al solicitante para que presente mayor informacion documentada. 3. Una vez que el personal designado disponga de la informacion necesaria, procede a elaborar un Informe tecnico, el Proyecto de Resolucion de Intendencia Nacional de Aduanas (original y dos (02) copias) y su resumen que va a constituir el Indice de Criterio Nacional. El Informe Tecnico debe contener en forma detallada las caracteristicas fisicas, quimicas, mecanicas, electricas, etc.; procesos de obtencion o fabricacion, funcionamiento, usos o destinos, formas de MORDAZA o de comercializacion; asi como fotografias, dibujos, diagramas de la mercancia. Asimismo se indica la Subpartida Nacional asignada y los fundamentos que la sustentan. 4. El Proyecto de Resolucion de Intendencia Nacional de Aduanas es visado por el Jefe de Division de Nomenclatura y Normas de Origen y por el Gerente de Nomenclatura, Normas de Origen y Valoracion. Resolucion de Intendencia Nacional de Aduanas 1. El proyecto de Resolucion de Intendencia Nacional que determina la Clasificacion Arancelaria de una mercancia es remitido para consideracion del Intendente Nacional de Tecnica Aduanera, quien la aprueba con su firma en el original y primera copia. La MORDAZA MORDAZA lleva un sello con la inscripcion: Original Firmado por (nombre del Intendente) Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera. 2. Firmada la Resolucion: · El personal encargado, numera la Resolucion y concluye el expediente registrandolo en el SIGAD · El original se archiva en la Secretaria de la Intendencia Nacional · La primera MORDAZA lo remite la Secretaria de la Division de Nomenclatura y Normas de Origen al area de Tramite Documentario, para que este a su vez lo remita a la Direccion senalada en el punto 2.3 de la Solicitud de Clasificacion Arancelaria. · La MORDAZA MORDAZA y el cargo de recepcion de la Resolucion por parte del recurrente, se archiva en la Division de Nomenclatura y Normas de Origen. 3. La Secretaria de la Division de Nomenclatura y Normas de Origen difunde: · Via MORDAZA Notus, las Resoluciones de Clasificacion a las Aduanas de la Republica · Por medio de INTERNET, los Indices de Criterio Nacional a los usuarios en general C) APELACION Contra la Resolucion de Intendencia Nacional de Clasificacion Arancelaria, solo cabe la interposicion del Recurso de Apelacion dentro del plazo de quince (15) dias habiles contados a partir del dia siguiente de efectuada la notificacion de la Resolucion, por tratarse de un procedimiento no contencioso vinculado a la determinacion de la obligacion tributaria; asimismo se sigue el procedimiento indicado en el INRA-PG.05 en lo que corresponde. VIII. FLUJOGRAMA Clasificacion Arancelaria de Mercancias.

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