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Pág. 186958 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de mayo de 2000 Destituyen a servidor por su actuación como técnico judicial del Décimo Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de Lima QUEJA OCMA Nº 202-2000 Lima, veintitrés de mayo del dos mil. VISTA: la Queja OCMA número doscientos dos guión dos mil, seguida contra Jorge Alejandro Dávila Carbajal, por su actuación como Técnico Judicial del Décimo Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de Lima; por los fundamentos de la propuesta de destitución de Jefatura de Control de la Magistra- tura del Poder Judicial de fojas ciento noventicuatro y siguientes, su fecha veinticuatro de abril del presente año; y, CONSI- DERANDO: que del acta de intervención de fojas diez aparece que en presencia del representante del Ministerio Público, perso- nal de la Policía Nacional y de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, el servidor intervenido Jorge Alejandro Dávila Carbajal tenía en su poder la suma de trescien- tos nuevos soles, dinero que había sido entregado por el litigante Igor Castañeda Velásquez por la entrega de un certificado de depósito judicial depositado a su favor en el expediente penal en donde era parte agraviada y que se tramitaba ante la secretaría donde prestaba servicios el citado servidor; quien ha atentado contra la respetabilidad de este Poder del Estado, resultando de aplicación lo previsto en el Artículo doscientos once del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y haciendo uso de las facultades conferidas por las Leyes números veintiséis mil quinientos cuarentiséis, sus modificatorias y ampliatorias; SE RESUELVE: Imponer la medida disciplinaria de DESTI- TUCION a Jorge Alejandro Dávila Carbajal, por su actuación como Técnico Judicial del Décimo Juzgado Especializado en lo Penal del Distrito Judicial de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ 5775 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Vocal Provisional de la Ter- cera Sala Corporativa Laboral de la Corte Superior de Lima y juez suplente del Quinto Juzgado de Trabajo RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0084-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 19 de mayo del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su distrito judicial, por consiguiente puede designar, remover, promo- cionar y rotar según el requerimiento de necesidad de servicio a los magistrados Titulares, Provisionales y Suplentes, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, por lo que es pertinen- te realizar algunos cambios a nivel de las Salas Superiores y Juzgados de Primera Instancia con especialidad en lo laboral; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor SAMUEL ANCHANTE PEREZ, Juez Titular del Quinto Juzgado de Trabajo de Lima, como Vocal Provisional de Tercera Sala Corporativa Laboral de la Corte Superior de Lima, a partir del 23 de mayo del año en curso.Artículo Segundo.- DISPONER que doctora DORA RUN- ZER CARRION, Vocal Provisional de la Tercera Sala Corporativa Laboral, retorne en calidad de Juez Titular al Octavo Juzgado de Trabajo, a partir del 23 de mayo del año en curso. Artículo Tercero.- ROTAR a la doctora CARMEN ROXA- NA PARRA MANRIQUE, Juez Suplente del Octavo Juzgado de Trabajo designándola como Juez Suplente del Quinto Juzgado de Trabajo, a partir del 23 de mayo del año en curso. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaría Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Unidad de Sistemas de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, y de los Magistra- dos interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima 5747 Designan jueces suplentes de juzga- dos penales, civil, de familia y de paz letrado del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, de Lima, El Agustino, San Miguel y Villa María del Triunfo RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0085-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 19 de mayo del 2000 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 1137-CME-PJ, de fecha 17 de mayo del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de vista, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, dispuso la creación del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, de la provincia, depar- tamento y Distrito Judicial de Lima, autorizando su funcio- namiento y constituyéndolo de cinco Organos Jurisdicciona- les de Primera Instancia: Tres (3) Juzgados Especializados en lo Penal; Un (1) Juzgado Especializado en lo Civil y Un (1) Juzgado Especializado de Familia; Que, el Artículo Séptimo, de la citada Resolución Adminis- trativa, faculta a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas pertinentes para facilitar y viabilizar la puesta en marcha del indicado Módulo Básico, en lo pertinente al factor humano, esto es, atender el traslado de personal jurisdiccional con experiencia y calificado para realizar las labores de apoyo propias, así como designar a los señores Magistrados que asumirán la alta encarga- tura de administrar Justicia a nombre de la Nación, en el Nuevo Sistema del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigan- cho, instalado por primera vez en la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comisión Ejecutiva en coordinación con la Secretaría Ejecutiva, por lo que asume competencia administrativa, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organi- zación y funcionamiento de las dependencias jurisdiccionales que conforman su Distrito Judicial, bajo los postulados del Proceso de Reforma, como es el de acercar la justicia a la población más alejada de las sedes de Corte, mejorando el funcionamiento de los niveles de Juzgados de Paz Letrados y Juzgados de Primera Instancia Especializados, aumentando la productividad de los indicados órganos jurisdiccionales, reduciendo las barreras culturales del acceso a la justicia, mejorando y protegiendo de esta forma los derechos y liberta- des de la persona humana, lo cual será viable concentrando a todos los agentes del sistema de Administración de Justicia, a través de los Módulos Básicos de Justicia. Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial;