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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2000 (24/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 186969 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de mayo de 2000 LA ALCALDESA DE SAN MARTIN DE PORRES VISTOS; El Informe Nº 07-2000-CPPAD/MDSMP, de fecha 16 de mayo del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relación a la falta grave de carácter disciplinario cometida por el servidor EMILIO RICARDO ZAVALA DIAZ, de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Notarial de fecha 1 de julio de 1999, el ingeniero Luis Enrique Ricci Ramírez, solicita se le haga efectivo el pago de sus honorarios profesionales correspondiente a los meses de abril a agosto de 1998, labor realizada según contrato de Locación de Servicios, aprobados mediante Resolución de Alcal- día Nº 381-98-AL/MDSMP, de fecha 6 de abril de 1998, y Resolu- ción de Alcaldía Nº 728-98-AL/MDSMP, de fecha 3 de agosto de 1998; y denuncia que al hacer el seguimiento correspondiente a la documentación que obra en sus archivos, se dio con la sorpresa que el dinero destinado a su pago había sido retirado por personal de Tesorería de la Municipalidad, dinero que no llegó a sus manos y que inclusive le habían falsificado su firma en dos recibos extendidos por su persona, correspondiente a los meses de abril y junio de 1998; Que, a raíz de la denuncia presentada por el ingeniero Luis Enrique Ricci Ramírez, el Jefe de la Unidad de Contabilidad mediante Informe Nº 202-99-UC/MDSMP, de fecha 12 de agosto de 1999, informa a la Dirección de Administración de Recursos, que los pagos que solicita el denunciante ya han sido cancelados, conforme se ve de los comprobantes de pagos Nºs. 4407, 4432, 4768, por el importe de S/. 10,121.58 nuevos soles, cuyas copias se adjunta, no existiendo ninguna documentación que de- muestren la cancelación de los honorarios requeridos, conforme se desprende del Informe Nº 84-2000-DEF/ MDSMP, de fecha 3 de marzo del 2000, remitido a la Dirección Municipal por la Directora de Economía y Fi- nanzas, licenciada MERCEDES CARDENAS FLORES, quien solicita se realice una investigación y se determine responsabilidades; Que, de los informes presentados se desprende que el dinero que le correspondía al indicado profesional, habría sido retirado por el entonces Cajero, servidor Emilio Ricardo Zavala Díaz, conforme aparece de los comproban- tes de pago Nºs. 04407 y 04432, donde aparece su firma y sello, quien se habría apropiado indebidamente de dinero de la Entidad en beneficio propio, hecho que constituye delito, sin perjuicio de la sanción administrativa discipli- naria que le corresponde; Que, los hechos descritos fueron analizados por la Comi- sión Permanente de Procesos Administrativos, y llegan a la conclusión que el servidor ha cometido la falta disciplinaria - utilización de bienes de la entidad en beneficio propio, uso de la función con fines de lucro e incurrir en actos de inmora- lidad; infringiendo el Artículo 28º Incs. f), h) y j) del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrati- va y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios, dentro del plazo señalado en su reglamento, ha cumplido con hacer la calificación de la denuncia, pronunciándose que procede la instauración de proceso administrativo disciplinario al servidor Emilio Ricardo Zavala Díaz, para que dentro de un debido proce- so y haciendo uso de su derecho de defensa, deslinde su responsabilidad; Estando al Informe de la Comisión Permanente de Proce- sos Administrativos Disciplinarios; y con la visación de la Dirección Municipal, Dirección de Administración de Recur- sos y la Oficina de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Dis- ciplinario al servidor EMILIO RICARDO ZAVALA DIAZ, de la Unidad de Trámite Documentario y Archivo, por los moti- vos expuestos en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo 2º.- NOTIFIQUESE al servidor procesado en forma personal y/o a través de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, de la presente resolución, para que dentro del término de cinco (5) días útiles, presente su descargo y las pruebas que considere necesarias para sudefensa, ante la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, para que pro- ceda de acuerdo a sus atribuciones en el término de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 5762 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 30-MSS Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 30-MSS, publicada en nuestra edición del día 18 de mayo de 2000, en la página 186766. 1) En los encabezados de los cuadros : DICE: Dependencia Autoridad Autoridad donde se que aprueba que resuelve No inicia el el trámite el recurso Regu- trámite de lado impugnación DEBE DECIR: Dependencia Autoridad Autoridad donde se que aprueba que resuelve No inicia el el trámite el recurso Regu- trámite de lado impugnación 2) En la página Nº 186781: DICE: Nº Denominación del Requisitos Derecho de pago Procedimiento (Soles) 4.32 PRE-DECLARATORIA 1.-Anexo C del FUO-Parte 1, por tripli- CARPETA : S/. 40.00 DE FABRICA cado, debidamente firmado por el Pro- pietario, y Responsable de Obra o Pro- yectista, con firmas legalizadas. Derecho de trámite : 2.- Comprobante de Pago por derecho 0.10 % del valor de la obra. de trámite e Insp. Ocular DEBE DECIR: Nº Denominación del Requisitos Derecho de pago Procedimiento (Soles) 4.32 PRE-DECLARATORIA 1.-Anexo C del FUO-Parte 1, por tripli- CARPETA : S/. 40.00 DE FABRICA cado, debidamente firmado por el Pro- pietario, y Responsable de Obra o Pro- yectista, con firmas legalizadas. Derecho de trámite : 2.- Comprobante de Pago por derecho 0.10 % del valor de la obra. de trámite e Insp. Ocular Inspección Ocular : S/. 104,00 3) En la página Nº 186781: DICE: Nº Denominación del Requisitos Derecho de pago Procedimiento (Soles) 4.33 CERTIFICADO DE FI- 1.- Declaración Jurada de haberse eje- Inspección Ocular : S/.104.00 NALIZACION DE cutado la obra de conformidad con CARPETA : S/. 40.00 OBRA Y ZONIFICA- Licencia de Obra y/o Construcción, sin Derecho de trámite: CION ninguna variación, firmado por el pro- 0.25 % del valor de obra (OBRAS SIN NINGU- pietario. Inspección Ocular : S/. 104.00 NA VARIACION) 2.- Comprobante de Pago a SERPAR de ser el caso, cancelado. 3.- Comprobante de Pago por derecho de trámite 4.- Comprobante de Pago por Inspec- (Pago mínimo: S/. 90.00) ción Ocular. DEBE DECIR: Nº Denominación del Requisitos Derecho de pago Procedimiento (Soles) 4.33 CERTIFICADO DE FI- 1.- Declaración Jurada de haberse eje- CARPETA : S/. 40.00 NALIZACION DE cutado la obra de conformidad con Derecho de trámite : OBRA Y ZONIFICA- Licencia de Obra y/o Construcción, sin 0.25 % del valor de obra CION ninguna variación, firmado por el pro- Inspección Ocular: S/. 104.00 (OBRAS SIN NINGU- pietario. NA VARIACION) 2.- Comprobante de Pago a SERPAR de ser el caso, cancelado. 3.- Comprobante de Pago por derecho (Pago mínimo: S/. 90.00) de trámite. 4.- Comprobante de Pago por Inspec- ción Ocular.