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Pág. 186962 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de mayo de 2000 Que, conforme a esta distribución, la Tercera, Quinta y Décimo Tercera Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, que despachan, respectivamente, las doctoras María del Carmen Vereau Alvarez, Rita Arleny Figueroa Vásquez y María Elena Peña Ramírez, se les asignó el Area Policial del Rímac, que comprende las Comisarías del Rímac y Ciudad y Campo del distrito del Rímac; y las Comisarías de Zárate, Caja de Agua, Comisaría de Mujeres Las Flores, La Huayro- na, Canto Rey, Santa Elizabeth y Bayovar, del distrito de San Juan de Lurigancho; Que, para el mejor cumplimiento de los alcances de la presente resolución, resulta conveniente que las Comisarías del Rímac y de Ciudad y Campo, sean reasignadas por su ubicación geográfica, a la Octava Fiscalía Provincial de Fami- lia de Lima, a cargo del doctor Angel Libaque Chenguayen; Que, para brindar condiciones adecuadas a los usuarios de las Fiscalías de Familia, en particular, durante las audien- cias de conciliación en casos de violencia familiar y otros, el Ministerio Público las ha dotado de amplias y modernas instalaciones en el edificio ex Progreso de la sede central, Av. Abancay 491, cuarto y quinto pisos, Lima, cuya inauguración está prevista para el día jueves 25 de mayo del 2000; Que, sin perjuicio del eficaz accionar descentralizado de las Fiscalías de Familia de Lima, ni del esfuerzo del Ministe- rio Público de implementar la nueva infraestructura para éstas, es necesario atender los requerimientos del Juzgado Especializado de Familia del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, en razón de lo cual, la Tercera, Quinta y Décimo Tercera Fiscalías Provinciales de Familia, deberán despachar, también, con este Juzgado; Que, estando al Acuerdo Nº 3827 adoptado por unani- midad en sesión vespertina de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que los doctores Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Angel Rafael Fernández Hernani Becerra, Fiscal Supremo Provi- sional, Miembros de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuentran presentes; y, en uso de las atribu- ciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, de la provincia y departamento de Lima, con competencia en el distrito del mismo nombre, que despachará con el Primer, Segundo y Tercer Juzgados Especializados en lo Penal de este módulo. Artículo Segundo.- Designar al doctor Hugo Domiciano Turriate Loayza, como Fiscal Provincial Penal Provisional del Distrito Judicial de Lima, para que despache el Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, dándose por concluido su nombramiento como Fiscal Adjunto Provincial Provisional de la Sexta Fiscalía Provincial Penal del Callao, materia de la Resolución Nº 069-95-MP-FN, de 31 de enero de 1995, así como su designación como apoyo a la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Tráfico Ilícito de Drogas con sede en Lima, materia de la parte pertinente del Artículo Cuarto de la Resolución Nº 216-97-MP-FN-CEMP, de 6 de enero de 1997; asimismo, destacar a los doctores Julio José Lanazca Ricalde y Ricardo Amílcar Martínez Rojo, Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales de Lima, a la Fiscalía Provincial Penal del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, dejándose sin efecto sus designaciones mate- ria del Artículo Tercero de la Resolución Nº 399-98-MP- CEMP de 4 de junio de 1998 y de la parte pertinente del Artículo Primero de la Resolución Nº 299-2000-MP-CEMP, de 8 de mayo de 2000, respectivamente. Artículo Tercero.- Disponer que la Primera Fiscalía Civil de Lima, a cargo de la doctora María Margarita Rentería Durand, Fiscal Provincial encargada, sin perjuicio de su actual competencia, despache con el Juzgado Especializado en lo Civil del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho. Artículo Cuarto.- Disponer que la Tercera, Quinta y Décimo Tercera Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, a cargo de las doctoras María del Carmen Vereau Alvarez, Rita Arleny Figueroa Vásquez y María Elena Peña Ramírez, respectivamente, despachen con el Juzgado Especializado de Familia del Módulo Básico de Justicia del distrito de San Juan de Lurigancho, sin perjuicio de su actual competencia; dejándose sin efecto para el caso de estas Fiscalías, el sistema de rotación dispuesto en el Artículo Tercero de la Resolución Nº 105-2000-MP-CEMP de 3 de febrero de 2000, las mismas que podrán realizar sus diligencias en el edificio ex Progreso de la sede central, Av. Abancay 491, cuarto y quinto pisos, Lima, así como en los ambientes del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho. Artículo Quinto.- Asignar a la Octava Fiscalía Provin- cial de Familia de Lima, a cargo del doctor Angel Libaque Chenguayen, competencia funcional prejudicial en las Comi-sarías de Rímac y Ciudad y Campo, además de las Comisarías asignadas mediante la parte pertinente del Artículo Segundo de la Resolución Nº 105-2000-MP-CEMP de 3 de febrero de 2000. Artículo Sexto.- Facultar al Fiscal Superior Encargado de Gestión de Gobierno de Lima, para que establezca el rol de turnos de las Fiscalías Provinciales de Familia del Módulo Básico de Justicia del distrito de San Juan de Lurigancho y adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sétimo.- Poner en conocimiento del Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, a fin que adopte las medidas pertinentes en cuanto al personal médico legal, auxiliar y administrativo de apoyo de las fiscalías materia de la presente resolución. Artículo Octavo.- Señalar que la presente resolución no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Pliego del Ministe- rio Público. Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la señora Presidenta del Congreso de la Repúbli- ca, señores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia, Ministro del Interior, señora Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, Te- niente General PNP Director Nacional de la Policía Nacional del Perú, General PNP Jefe de la Sétima Región PNP, Presi- dente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Lima, Fiscal Superior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en el Distrito Judicial de Lima y de los Fiscales mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 5771 Dan plena vigencia a resolución mediante la cual se dispuso que Fiscal Provincial atienda el Módulo Básico de Justicia de Ventanilla, Distrito Judicial del Callao RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 338-2000-MP-CEMP Lima, 22 de mayo de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Resolución Administrativa Nº 1138-CME-PJ, de 17 de mayo de 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, crea el Módulo Básico de Justicia de Ventani- lla, ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitu- cional del Callao, Distrito Judicial del Callao, autorizando su funcionamiento a partir de la publicación de dicha resolución, efectuada el día 20 de mayo del 2000; Que, mediante los Artículos segundo y tercero de la citada resolución administrativa, se ha reubicado en el Módulo Básico de Justicia de Ventanilla, el Juzgado Mixto de Venta- nilla, órgano jurisdiccional que tendrá competencia territo- rial en el distrito de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Resolución Nº 138-99-MP-CEMP de 2 de marzo de 1999, se dispuso que la doctora Olivia Mary Valencia Arpasi, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Ventanilla, atendería su Despacho y también la carga procesal del Módulo Básico de Justicia de Ventanilla, Distrito Judicial del Callao, a partir de su entrada en funcionamiento, por lo que resulta conveniente, dar plena vigencia a dicha resolución, en la parte pertinente del Artículo Primero, deján- dose sin efecto lo dispuesto en lo concerniente al doctor Miguel Angel Miñano Robles, Médico Legista;