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Pág. 186999 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de mayo de 2000 CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley de materia, los Gobiernos Locales prestan diferentes servicios esenciales a la población de su jurisdicción; inclusive el manteni- miento de sus diferentes reparticiones, los mismos que son financiados exclusivamente con la recaudación tributaria y no tributaria, conforme a Ley; Que, el cumplimiento de las metas de recaudación anual, garantizan la prestación de servicios públicos esenciales a la población en general, ya que de lo contrario, se afectaría directamente la continuidad de los mismos; Que, dentro del programa de recaudación, durante el último ejercicio fiscal se celebró un contrato de servicios no personales para la fiscalización tributaria y no tributaria, de los predios de la Universidad Perua- na Unión, y que en ejecución del mencionado contrato, ha sido determinada preliminarmente una obligación tributaria y no tributaria del orden de S/. 2,605,236.00; Que, asimismo, conforme el acta de acuerdos de fecha 28 de diciembre de 1999, el Contrato de Servicios de Fiscalización Tributaria y no Tributaria, celebrado con la empresa ALPHA DEL S.A., ha quedado suspendi- do de mutuo acuerdo de manera indefinida; lo que a su vez determina la urgente necesidad de contratar de manera inmediata, los servicios de consultoría especiali- zados que prestaba dicha empresa a la municipalidad; Que, mediante el Informe Nº 145-99-DR-MDLCH de fecha 28.12.99, la Dirección de Rentas solicitó la contratación de una asesoría legal especializada en materia tributaria permanente para el presente ejerci- cio fiscal, con el propósito de impulsar de manera sostenida la recaudación tributaria, a fin de alcanzar las metas previstas que se ven grandemente afectadas por la existencia de un considerable número de recla- mos formulados por los contribuyentes, que deben ser resueltos de manera eficiente y oportuna; Que, el concurso permanente de la asesoría especiali- zada en materia tributaria requerida, resulta indispen- sable y de suma urgencia para dicha dependencia, puesto que a pesar de que la contratación fue autoriza- da, hasta la fecha no se ha concretado; Que, la Dirección de Rentas, mediante los informes de vistos, señala que debido al estado de los procesos fiscalizatorios iniciados y los nuevos que deban iniciar- se durante el presente ejercicio fiscal, por la compleji- dad de los mismos y por la magnitud de los recursos a ser determinados y recaudados durante el presente ejercicio fiscal, así como la indispensable prestación de una asesoría legal especializada en materia tributaria que requiere en su apoyo, la renovación y/o contrata- ción inmediata de los servicios de fiscalización y aseso- ría anteriormente mencionados, solicita sean declara- dos en una SITUACION DE URGENCIA, para permi- tir su contratación sin el requisito de selección por Concurso Público de Méritos, ya que su demora deter- minaría el incumplimiento de las metas de recauda- ción previstas para el presente ejercicio y consecuente- mente, de manera inminente y directa afectará la continuidad de los servicios esenciales que presta la Municipalidad a toda la población de la jurisdicción; Que, la contratación en referencia se realizará me- diante el procedimiento de adjudicación directa y opor- tunamente deberá ser aprobada por resolución de alcaldía, con conocimiento de este Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas; y de la Contraloría General de la República; Estando a mérito de lo expuesto, de conformidad con los Artículos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850; y, Sometido a votación en la forma reglamentaria, por mayoría; SE RESUELVE: 1.- Declarar EN SITUACION DE URGENCIA, la renovación y/o contratación de servicios especializados de Consultoría, de Fiscalización Tributaria y no Tributa-ria, y de una Asesoría Legal Especializada en materia Tributaria, a los que se contraen los considerandos de la presente Resolución de Concejo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 5383 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban iniciativa presentada por empresa para el suministro, admi- nistración y mantenimiento de la señalización y mobiliario urbano del distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 103-2000-ALC/MSI San Isidro, 11 de mayo del 2000 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO Vista la solicitud presentada por PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A., sobre aprobación de Iniciati- va Privada para el Suministro, Instalación, Explota- ción, Administración y Mantenimiento de la Señaliza- ción y Mobiliario Urbano del distrito; CONSIDERANDO: Que, con fecha 1.3.2000 PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A. solicita la aprobación de Ini- ciativa Privada de Proyecto de Suministro, Instala- ción, Explotación, Administración y Mantenimiento de la Señalización y Mobiliario urbano en el distrito; Que, mediante Informe Nº 056-00-28-DOM-DDU/ MSI la División de Obras Privadas, Anuncios y Ornato, señala que es factible la Iniciativa Privada de la referencia, considerando que el distrito debe adecuarse al avance tecnológico, dando un mejor ordenamiento y seguridad a la señalización y el mobiliario urbano, manteniendo la armonía pai- sajista del distrito acorde con sus zonas residencia- les, comerciales y financieras; Que, la propuesta económica comprende una inver- sión básica de US$ 1'307,000.00 (Un millón trescientos siete mil y 00/100 dólares americanos) consistente en: 200 postes de señalización vial metropolitano, 300 postes de señalización urbano local, 30 postes de infor- mación, 30 postes reloj-temperatura, 60 monolitos o totems, 80 paraderos y 30 kioscos de revistas; Que, el Artículo 12º de la Ordenanza Nº 098-MML de la Municipalidad de Lima que aprobó el "Reglamen- to de las Inversiones Privadas en obras de Infraestruc- tura y en Servicios Públicos Locales en la provincia de Lima", establece que las personas jurídicas nacionales o extranjeras podrán presentar ante las Municipalida- des concedentes, iniciativas que identifiquen el proyec- to a contratar y sus lineamientos generales tales como: la descripción de la obra a ejecutar o el servicio a explotar las posibilidades del financiamiento del pro- yecto, así como otros lineamientos que permitan su identificación con claridad; Estando a lo opinado según Informe Nº 228-2000- 11-OAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalida- des, Ley Nº 23853 y el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 098 de la Municipalidad Metropolitana de Lima;